Las autoridades supervisoras deben comunicar sistemáticamente sus expectativas, hipótesis analíticas y metodologías, lo que las hace más previsibles y asegura la rendición de cuentas de las autoridades, facilita el cumplimiento por parte de las entidades supervisadas y garantiza la igualdad de condiciones. Los documentos sobre políticas supervisoras que el BCE utiliza para estos fines pueden clasificarse en dos categorías: documentos sobre orientaciones supervisoras e informes de supervisión.
Los documentos del BCE sobre orientaciones supervisoras ofrecen transparencia sobre la forma en que el BCE lleva a cabo su trabajo de supervisión y explican sus expectativas supervisoras en relación con las entidades supervisadas.
El Manual de Supervisión del MUS describe la estructura organizativa de la supervisión bancaria europea y presenta las metodologías y los procesos para el desempeño de las funciones de supervisión. También explica la cooperación con otras autoridades supervisoras, tanto de la UE como de otras jurisdicciones.
Las guías de supervisión definen los criterios y los procedimientos que se aplican en los distintos ámbitos del trabajo de supervisión, por ejemplo, para la concesión de autorizaciones bancarias o para evaluar la idoneidad de los miembros del Consejo propuestos. También pueden describir el enfoque del BCE en relación con diversas cuestiones clave referentes al conjunto del mercado, como el tratamiento de los préstamos dudosos o los riesgos climáticos y medioambientales.
Las cartas sobre supervisión se dirigen a los responsables de las entidades supervisadas y contienen orientaciones no vinculantes sobre cuestiones y riesgos prudenciales actuales.
Los informes de supervisión del BCE se refieren principalmente a actividades pasadas y complementan los documentos sobre orientaciones supervisoras. Describen las principales actividades supervisoras realizadas en el marco de la supervisión bancaria europea y resumen sus conclusiones:
En estos informes se presentan los resultados agregados de los análisis exhaustivos anuales de las entidades supervisadas.
En estos informes no periódicos se presentan los resultados de las revisiones supervisoras específicas, como, por ejemplo, los informes sobre las prácticas de comunicación del riesgo o sobre los planes de recuperación de las entidades.
Este informe ofrece una visión general de las actividades de la supervisión bancaria europea y destaca las tendencias clave del sector bancario que afectan al cumplimiento de los requerimientos prudenciales. Como parte de sus obligaciones de rendición de cuentas, el BCE debe publicar un informe anual. El informe anual se remite al Parlamento Europeo, al Consejo, a la Comisión Europea y al Eurogrupo, además de a los parlamentos nacionales.
Informe anual sobre las actividades de supervisión
En 2014 el BCE presentó al Parlamento Europeo cuatro informes trimestrales sobre los avances en la ejecución práctica de la marcha de la supervisión bancaria europea, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Interinstitucional suscrito por ambas instituciones.