El Mecanismo Único de Supervisión (MUS) es el sistema de supervisión bancaria europea integrado por el BCE y por las autoridades de supervisión nacionales de los países participantes.
Los objetivos principales de la supervisión bancaria europea son:
La supervisión bancaria europea es uno de los dos pilares de la unión bancaria en la UE, junto con el Mecanismo Único de Resolución.
La reciente crisis financiera ha mostrado la rapidez e intensidad con que pueden propagarse los problemas del sector financiero, especialmente en una unión monetaria, y cómo esos problemas pueden afectar directamente a los ciudadanos de toda Europa.
El objetivo de la supervisión bancaria europea es restablecer la confianza en el sector bancario europeo e incrementar la resistencia de los bancos.
En cuanto institución de la UE independiente, el BCE se encarga de la supervisión bancaria desde una perspectiva europea, para ello:
El BCE, en colaboración con los supervisores nacionales, es responsable del funcionamiento eficaz y coherente del MUS.
El BCE es competente para:
El BCE supervisa directamente las 115 entidades de crédito significativas de los países participantes, que representan casi el 82 % del total de los activos bancarios en esos países.
El carácter significativo de las entidades se decide en función de una serie de criterios.
Criterios para determinar el carácter significativo
Los equipos conjuntos de supervisión (ECS) se encargan de la supervisión ordinaria de las entidades de crédito significativas. Cada entidad significativa tiene asignado un ECS, formado por expertos del BCE y de los supervisores nacionales.
Equipos conjuntos de supervisión
Las entidades no consideradas significativas se denominan «menos significativas» y continúan bajo la supervisión de sus autoridades nacionales en estrecha colaboración con el BCE.
El BCE puede decidir en todo momento ejercer la supervisión directa de cualquiera de ellas para asegurar una aplicación coherente de estándares de supervisión elevados.
Los países de la zona del euro participan automáticamente en la supervisión bancaria europea.
También pueden participar otros países de la UE que aún no han adoptado el euro. Para ello sus supervisores nacionales establecen una «cooperación estrecha» con el BCE. Bulgaria y Croatia se incorporaron a la supervisión bancaria europea estableciendo una cooperación de este tipo en octubre de 2020.
Decisión del BCE sobre los procedimientos que regulan la cooperación estrecha
El BCE y los supervisores nacionales de los países de la UE que no participan en la supervisión bancaria europea pueden establecer en un memorándum de entendimiento sus modalidades de cooperación en materia de supervisión.