En esta página, los términos «banco» y «entidad de crédito» se usan indistintamente.
En el marco de la supervisión bancaria europea, el BCE es la autoridad competente en materia de autorizaciones bancarias. Ello incluye:
Para la adopción de las decisiones sobre autorizaciones, el BCE aplica el código normativo único de la Autoridad Bancaria Europea (ABE) y, cuando resulte pertinente, la legislación nacional.
Código normativo único de la ABE
Las autoridades nacionales competentes desempeñan un papel importante en estos procesos de autorización: son las receptoras de las solicitudes de autorización y cooperan estrechamente con el BCE en su evaluación. El BCE también colabora con los supervisores nacionales para asegurar un enfoque coherente y criterios estrictos en todos los países. Las expectativas supervisoras están definidas en guías públicas.
El proceso de autorización fomenta la confianza en el sistema financiero puesto que garantiza que los bancos que entren en el mercado tengan la capacidad necesaria para operar: solo las entidades sólidas que cumplan todos los requisitos legales establecidos pueden obtener una autorización. El mismo proceso y conjunto de criterios se aplican a todos los bancos, tanto a los que cuentan con modelos de negocio más tradicionales como a aquellos cuyos modelos de negocio se basan en la innovación tecnológica. Las autorizaciones no deben obstaculizar la competencia ni la innovación.
Tras la entrada en vigor del marco jurídico aplicable a las empresas de inversión (Reglamento y Directiva sobre las empresas de servicios de inversión), se ha modificado la definición de «entidad de crédito» del RRC y ahora comprende las empresas de inversión clasificadas como de importancia sistémica. Se incluyen las empresas de inversión:
Las empresas de servicios de inversión que se consideren de importancia sistémica deberán solicitar una autorización bancaria el día en que cumplan los criterios, como muy tarde. La fecha límite para la aplicación del Reglamento relativo a las empresas de servicios de inversión y para la transposición al Derecho nacional de la Directiva relativa a las empresas de servicios de inversión es el 26 de junio de 2021. A partir de esta fecha, las empresas de inversión podrán tener autorización de entidad de crédito y estar sujetas a la supervisión bancaria europea. Las clasificadas como entidades significativas serán supervisadas directamente por el BCE, y las clasificadas como entidades menos significativas serán supervisadas por los supervisores nacionales, bajo la vigilancia del BCE. En esta función de vigilancia, el objetivo del BCE es garantizar la aplicación coherente de los estándares de supervisión comunes en todo el sistema y colabora estrechamente con los supervisores nacionales para armonizar en mayor medida la aplicación de las disposiciones que regulan la supervisión bancaria.
En su evaluación de las solicitudes de autorización, el BCE examina principalmente cuatro áreas:
El BCE evalúa las solicitudes en colaboración con los supervisores nacionales competentes.
Normalmente transcurren entre seis y doce meses hasta que se adopta un decisión. La legislación de la UE dispone que debe adoptarse una decisión en un plazo de seis meses a partir de la recepción de una solicitud completa, que podrá ampliarse hasta un máximo de doce meses. Algunas legislaciones nacionales establecen plazos más cortos.
* cuando resulte aplicable
** o denegación del supervisor nacional
El BCE debe aprobar la adquisición o el incremento de una «participación cualificada» en una entidad de crédito existente. Una participación se considera «cualificada» si representa al menos el 10 % del capital de la entidad de crédito o de sus derechos de voto o si permite ejercer una influencia significativa sobre la entidad. La legislación aplicable establece umbrales adicionales (por ejemplo, 20 %, 30 % o 50 % de las acciones o de los derechos de voto o que la entidad pase a ser su filial). El proceso de aprobación tiene por objeto garantizar que las participaciones cualificadas en las entidades de crédito solo puedan ser adquiridas por accionistas adecuados y, con ello, el buen funcionamiento del sistema bancario.
La supervisión, explicada: ¿Qué es una participación cualificada?
Los criterios evaluados por el BCE son los siguientes:
El BCE evalúa las solicitudes en colaboración con los supervisores nacionales competentes.
Las participaciones cualificadas deberán autorizarse o denegarse en un plazo de sesenta días hábiles a partir de la recepción de una solicitud completa. El plazo podrá ampliarse treinta días hábiles, hasta un máximo de noventa días hábiles. Cuando una solicitud de participación cualificada coincida con la aprobación de una sociedad financiera (mixta) de cartera, podrá suspenderse adicionalmente el período de evaluación de dicha solicitud hasta que se apruebe la sociedad financiera (mixta) de cartera.
* cuando resulte aplicable
** o alta dirección, si se ha delegado
Tanto el BCE como el supervisor nacional competente están facultados para iniciar la revocación de una autorización en determinadas circunstancias. La autorización podrá revocarse si una entidad de crédito cesa sus actividades o deja de cumplir los requisitos establecidos.
La legislación de la UE no prevé un plazo para la adopción de una decisión. El plazo depende de las circunstancias de cada caso y los requisitos legales o procesales previstos en la legislación aplicable.
Revocación iniciada por el BCE
* cuando resulte aplicable
Revocación iniciada por el supervisor nacional
* frecuentemente a solicitud de la entidad
** resulte aplicable
*** o alta dirección, si se ha delegado
El órgano de administración de una entidad de crédito ha de estar capacitado para el ejercicio de sus responsabilidades y su composición debe contribuir a garantizar una gestión eficaz y un proceso de adopción de decisiones equilibrado. Para ello, el BCE evalúa la idoneidad individual y colectiva de los miembros de los órganos de administración de las entidades de crédito.
Garantizar la idoneidad de los órganos de administración no solo mejora la seguridad y la solidez de las entidades individuales, sino que también fortalece el conjunto del sector bancario, al tiempo que contribuye a aumentar la confianza de los ciudadanos en las personas que gestionan el sector financiero de la zona del euro.
El BCE tiene en cuenta cinco criterios en la evaluación de idoneidad:
Cuando los nombramientos formen parte de un procedimiento de autorización o de adquisición de una participación cualificada, la evaluación de idoneidad se integra en la evaluación general para la autorización o la adquisición de una participación cualificada.
Se aplican los plazos establecidos en la legislación nacional.
* o alta dirección, si se ha delegado
Muchas entidades supervisadas están controladas por una empresa matriz. Es importante que los supervisores también sigan de cerca esta sociedad matriz, en particular si se considera una sociedad financiera de cartera o una sociedad financiera mixta de cartera por derecho propio. Se considerará que una sociedad matriz es una sociedad financiera de cartera si más del 50 % de su patrimonio neto, activos consolidados, ingresos, personal u otro indicador que el supervisor bancario estime pertinente están asociados con filiales que sean entidades de crédito o entidades financieras.
Esto garantiza la supervisión efectiva de las entidades controladas por otra sociedad, así como una visión coordinada de todo el grupo (el grupo supervisado).
Por tanto, tras la introducción de la DRC V, las sociedades financieras (mixtas) de cartera matrices también están sujetas a un proceso de aprobación. Una vez aprobada, la sociedad matriz asume la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de los requisitos prudenciales consolidados en todo el grupo supervisado. En el pasado, la filial de la entidad de crédito era responsable de garantizar el cumplimiento de los requisitos prudenciales en base consolidada. La sociedad financiera (mixta) de cartera matriz también puede quedar exenta de aprobación si se cumplen las condiciones establecidas en la legislación y otra sociedad asume esa responsabilidad dentro del grupo.
Cuando el BCE sea el supervisor de un grupo bancario significativo, será responsable de aprobar o eximir estas sociedades financieras (mixtas) de cartera matrices. En algunos casos, el BCE adoptará una decisión conjunta con otra autoridad competente no perteneciente al MUS. La aprobación o exención de las sociedades matrices de grupos bancarios menos significativos es responsabilidad de las autoridades nacionales de supervisión que supervisan estos grupos.
Información sobre el papel del BCE en la aprobación de sociedades financieras (mixtas) de cartera) (Disponible solo en inglés)
Los criterios que deben cumplir las sociedades financieras (mixtas) de cartera matrices para obtener una aprobación son los siguientes:
Si se cumplen estos criterios, el BCE concede la aprobación y vigila que se cumplan de forma continuada. Si considera que los criterios no se cumplen o que han dejado de cumplirse, puede imponer medidas de supervisión a la matriz para garantizar o restablecer la supervisión efectiva y el cumplimiento de los requisitos.
La sociedad financiera (mixta) de cartera matriz debe cumplir todos los criterios siguientes para obtener una exención:
El BCE evalúa detenidamente si se cumplen estos criterios y solo concede exenciones cuando se cumplen todos los criterios anteriores.
Si el BCE tiene la intención de denegar la aprobación o la exención, lo notificará al solicitante en un plazo de cuatro meses a partir de la recepción de una solicitud completa. En cualquier caso, el BCE tomará una decisión en un plazo de seis meses a partir de la recepción de la solicitud.