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Comité Administrativo de Revisión

El Comité Administrativo de Revisión lleva a cabo exámenes administrativos internos de las decisiones de supervisión adoptadas por el BCE para asegurar la conformidad de esas decisiones con las normas y procedimientos aplicables.

Estos exámenes pueden ser solicitados por cualquier persona física o jurídica afectada directamente por una decisión de supervisión del BCE.

El examen del Comité Administrativo de Revisión se ciñe a la «conformidad procedimental y material» de la decisión impugnada con el Reglamento del MUS, sin perjuicio del margen de discrecionalidad que corresponde al BCE.

En la práctica, este Comité revisa si se ha respetado el procedimiento establecido, si la decisión está debidamente motivada, si cumple la legislación vigente, si existe algún error manifiesto en la evaluación, si la decisión es manifiestamente desproporcionada y si el BCE ha hecho un uso indebido de sus facultades.

El resultado del examen es un dictamen no vinculante dirigido al Consejo de Supervisión, en el que se propone la anulación de la decisión inicial o su sustitución por otra de contenido idéntico o modificado para su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno conforme al procedimiento de no objeción.

Preguntas frecuentes sobre el Comité Administrativo de Revisión Comité Administrativo de Revisión: revisión rápida, con costes bajos y confidencial de las decisiones de supervisión, Supervision newsletter, mayo de 2019 Comité Administrativo de Revisión: ocho años de experiencia en el examen de las decisiones de supervisión del BCE Guía sobre los costes del examen administrativo interno

Composición

Los cinco miembros y los dos suplentes son nombrados para períodos de cinco años renovables. Tienen experiencia profesional en materia de supervisión y conocimientos especializados en el ámbito bancario y no pueden ser miembros en activo del personal del BCE, de los supervisores nacionales, ni de ninguna otra institución u organismo nacional o de la UE.

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