Medidas de ejecución
Las medidas de ejecución tienen por objeto obligar a las entidades supervisadas a cumplir los requerimientos establecidos en la normativa prudencial o en las decisiones de supervisión. A diferencia de las sanciones, las medidas de ejecución no tienen por objeto castigar conductas inadecuadas y solo se aplican en caso de incumplimiento continuado.
¿Qué medidas de ejecución puede imponer el BCE?
Pagos periódicos coercitivos
Los pagos periódicos coercitivos son una medida de ejecución fundamental que el BCE puede aplicar directamente. En el contexto de la supervisión bancaria, se trata de importes que las entidades de crédito supervisadas deben abonar en caso de incumplir continuadamente sus obligaciones establecidas en la normativa prudencial o en las decisiones de supervisión del BCE.
Su objetivo es asegurar el cumplimiento lo antes posible. La entidad afectada debe pagar un importe —de hasta el 5 % de su volumen de negocio medio diario— por cada día de incumplimiento durante un período máximo de seis meses (transcurrido el cual pueden adoptarse medidas adicionales).
De conformidad con el artículo 132 del Reglamento Marco del MUS, el BCE publica los importes totales de los pagos periódicos coercitivos impuestos en el marco de sus funciones de supervisión, el tipo y la naturaleza del incumplimiento y la entidad supervisada de que se trate.
Pagos periódicos coercitivos impuestos por el BCE
| Fecha de la decisión del BCE | Entidad supervisada | Importe total (en euros) | Más información | Estado de la decisión |
|---|---|---|---|---|
29/10/2025 | ABANCA Corporación Bancaria S.A. | 187.650 | Publicación Nota de prensa | Recurrible ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea |
Otras medidas de ejecución
El BCE también puede adoptar las medidas de ejecución disponibles en la legislación que incorpora la normativa de la UE al derecho nacional de los Estados miembros participantes en la supervisión bancaria europea.
Examen administrativo
Las decisiones del BCE que imponen medidas de ejecución están sujetas al examen del Comité Administrativo de Revisión si la entidad supervisada lo solicita.