El BCE mantiene una lista de todas las entidades de crédito significativas sujetas a su supervisión directa y las entidades de crédito menos significativas sujetas a su supervisión indirecta.
La lista de entidades supervisadas se actualiza periódicamente y refleja las decisiones sobre la significatividad de las entidades de crédito que han entrado en vigor hasta la fecha de la última actualización.
Introducción de la lista (incluida su base jurídica)
El BCE revisa anualmente la significatividad de todas las entidades de crédito sujetas a la supervisión bancaria europea. Asimismo, realiza evaluaciones ad hoc durante el año en caso necesario, por ejemplo en el contexto de la concesión y la revocación de autorizaciones, o de los cambios en la estructura de un grupo.
Criterios para determinar el carácter significativo
La revisión anual de 2020 ha dado lugar a los siguientes cambios en la lista de entidades significativas:
Información detallada sobre los cambios resultantes de la revisión anual
Además de la revisión anual, tras la decisión de Bulgaria y Croacia de incorporarse a la supervisión bancaria europea en 2020, cinco entidades de crédito búlgaras y ocho entidades croatas han pasado a clasificarse como significativas. Por otra parte, el cambio metodológico llevado a cabo para evitar la duplicación ha dado lugar a la exclusión de tres entidades de crédito de la lista de entidades significativas.
El Reglamento Marco del MUS establece los siguientes tipos de entidades de crédito sujetas a supervisión: