Opciones de búsqueda
Home Medios El BCE explicado Estudios y publicaciones Estadísticas Política monetaria El euro Pagos y mercados Empleo
Sugerencias
Ordenar por

Adopción de decisiones

En su calidad de supervisor bancario europeo, el BCE puede adoptar decisiones de supervisión que son vinculantes para las entidades de crédito en el contexto del Mecanismo Único de Supervisión.

Entre ellas se incluyen:

  • la fijación de los requerimientos de capital micro y macroprudenciales
  • la determinación del carácter significativo de las entidades supervisadas
  • la concesión o revocación de licencias bancarias
  • la evaluación de adquisiciones bancarias y ventas de participaciones cualificadas
  • la imposición de medidas de ejecución y sanciones a entidades significativas

¿Cómo se adoptan las decisiones?

El Consejo de Supervisión, en tanto que órgano interno del BCE, elabora proyectos de decisiones, que el Consejo de Gobierno adopta conforme al procedimiento de no objeción. Si el Consejo de Gobierno no opone objeciones en un plazo determinado, se entiende que la decisión ha sido adoptada.

Asimismo, el Consejo de Gobierno adopta otras decisiones sobre el marco general (por ejemplo, el Reglamento Marco del MUS) sin aplicar el procedimiento de no objeción.

Principio de separación

A fin de evitar conflictos de interés entre las competencias de política monetaria y de supervisión, el BCE garantiza la separación de objetivos, adopción de decisiones, procesos y funciones, lo que conlleva una separación estricta de las reuniones del Consejo de Gobierno.

Todas las páginas de esta sección

Whistleblowing