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Adopción de decisiones

En su calidad de supervisor bancario de la Unión Europea, el BCE puede adoptar decisiones de supervisión que son vinculantes para las entidades de crédito en el contexto del Mecanismo Único de Supervisión.

Estas decisiones incluyen:

  • el establecimiento de requerimientos prudenciales
  • la aprobación de reducciones de fondos propios
  • la fijación de los requerimientos de capital micro y macroprudenciales (colchones)
  • el carácter significativo o menos significativo de las entidades supervisadas
  • la concesión o revocación de licencias bancarias
  • la evaluación de adquisiciones y ventas de participaciones cualificadas
  • la idoneidad de los miembros del órgano de administración en sus funciones tanto de dirección como de supervisión
  • la imposición de medidas de ejecución y sanciones a entidades significativas

El BCE está sujeto a las garantías procedimentales, es decir, debe motivar sus decisiones y conceder a los destinatarios el derecho a ser oídos y el derecho de acceso a todos los documentos obtenidos, elaborados o recopilados por él durante el procedimiento de supervisión (el «expediente de supervisión»).

El deber de motivar sus decisiones

Las decisiones de supervisión del BCE deben ir acompañadas de un razonamiento claro que exponga los motivos de hecho y de Derecho y las consideraciones supervisoras en que se basa la decisión.

Derecho a ser oído

Los destinatarios de proyectos de decisiones del BCE que puedan afectarles negativamente tienen la oportunidad de presentar comentarios sobre esas decisiones antes de su adopción. Además de permitir que los destinatarios respondan al análisis fáctico y jurídico del BCE, este derecho garantiza que el proceso de adopción de decisiones del BCE se base en un conjunto completo de información. En principio, los destinatarios disponen de un plazo dos semanas, que, en circunstancias particulares, podría reducirse a tres días hábiles.

Derecho de acceso al expediente de supervisión

Como parte de su derecho de defensa, las partes en un procedimiento de supervisión del BCE tienen derecho a acceder al expediente de supervisión antes de que se adopte una decisión que pueda afectarles negativamente. El acceso al expediente es posible desde el inicio del procedimiento de supervisión hasta que la decisión sea definitiva. Este derecho está sujeto a la protección de los secretos comerciales de terceros y no se aplica a la información confidencial.

¿Cómo se adoptan las decisiones?

El Consejo de Supervisión, órgano interno del BCE, elabora los proyectos de decisiones, que el Consejo de Gobierno adopta conforme al procedimiento de no objeción. Si el Consejo de Gobierno no opone objeciones en un plazo determinado, se entiende que la decisión ha sido adoptada.

Asimismo, el Consejo de Gobierno adopta otras decisiones sobre el marco general (por ejemplo, el Reglamento Marco del MUS) sin aplicar el procedimiento de no objeción.

Principio de separación

A fin de evitar conflictos de interés entre las funciones de política monetaria y de supervisión, el BCE garantiza la separación de objetivos, procesos de adopción de decisiones y tareas. 

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