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¿Cómo se determina el requerimiento de Pilar 2?

El requerimiento de Pilar 2 es una exigencia de capital específica para cada entidad de crédito que complementa el requerimiento mínimo regulatorio (conocido como de Pilar 1) y cubre los riesgos infravalorados o no cubiertos por este.

La Supervisión Bancaria del BCE sigue un enfoque de cuatro pasos para determinar el requerimiento de Pilar 2 de cada entidad en función de los diferentes tipos de riesgo. Todos los pasos son igualmente importantes. Conjuntamente dan como resultado un primer requerimiento holístico de Pilar 2 basado en una evaluación global del perfil de riesgo de la entidad. Ese resultado se combina después con un análisis más detallado de cada factor de riesgo para obtener el requerimiento definitivo de Pilar 2 y su composición por tipo de riesgo.

Paso 1

En el paso 1, el equipo conjunto de supervisión (ECS) de la entidad determina un requerimiento inicial de Pilar 2, teniendo en cuenta los resultados de los elementos 1, 2 y 3 del proceso de revisión y evaluación supervisora (PRES):

  • la evaluación del modelo de negocio y de la rentabilidad;
  • la evaluación del gobierno interno y de la gestión de riesgos;
  • la evaluación de los riesgos para el capital sobre la base de los diferentes tipos de riesgo (riesgo de crédito, riesgo de mercado, riesgo operacional y riesgo de tipo de interés en la cartera de inversión [IRRBB]).

En este paso, el ECS selecciona el requerimiento inicial de Pilar 2 adecuado de entre un conjunto de posibles valores sobre la base de la evaluación del riesgo global para el capital de la entidad. En esta evaluación se aplican ponderaciones por riesgos de Pilar 2 a las puntuaciones obtenidas en los elementos del PRES mencionados y juicio experto para tener en cuenta la situación específica de la entidad, incluida la fiabilidad de su proceso de evaluación de la adecuación del capital interno (ICAAP).

Este requerimiento inicial de Pilar 2 es solo un punto de partida y puede diferir del requerimiento definitivo que se decida finalmente para la entidad. Pueden producirse cambios como resultado de las evaluaciones de cada tipo de riesgo que se llevarán a cabo en los pasos siguientes.

Paso 2

En el paso 2, el ECS desglosa el requerimiento inicial de Pilar 2 en diferentes recargos para cada tipo de riesgo. Se trata de obtener una base de recargos iniciales para los riesgos relacionados con el modelo de negocio, el gobierno interno y la gestión de riesgos de la entidad, así como para los riesgos para su capital.

El desglose por tipo de riesgo tiene en cuenta la información del ICAAP de la entidad y su requerimiento de Pilar 1. Con ello se pretende evitar que los riesgos ya cubiertos en el Pilar 1 se contabilicen dos veces.

Dada la variedad de prácticas de las entidades en relación con el ICAAP, el ECS puede decidir discrecionalmente cómo refleja su evaluación del ICAAP de la entidad en el nivel general del requerimiento de Pilar 2 y su composición por tipo de riesgo.

El ICAAP es un elemento cada vez más importante de este proceso, dado el interés del BCE en mejorar las prácticas al respecto. Para saber más sobre cómo el BCE está promoviendo la mejora de los mecanismos utilizados por las entidades en relación con el ICAAP, véase el informe titulado ECB report on banks’ ICAAP practices y el artículo publicado en la Supervision Newsletter.

Paso 3

En el paso 3, el ECS realiza una comprobación de los recargos iniciales por tipo de riesgo obtenidos en el paso 2. Para ello tiene en cuenta diferentes fuentes de información, como los indicadores clave de riesgo, los resultados del ICAAP de la entidad, el análisis de entidades comparables y las conclusiones de las inspecciones in situ y de los análisis exhaustivos. En este paso se considera toda la información disponible a fin de asegurar que los recargos individuales por tipo de riesgo cubran suficientemente todos los riesgos relevantes y sean coherentes en todas las entidades con actividades similares.

Para comprobar los recargos iniciales se utilizan herramientas específicas que reúnen la información procedente de las distintas fuentes y permiten un análisis comparativo horizontal exhaustivo.

Paso 4

En el paso 4, el ECS determina los recargos definitivos por tipo de riesgo que dan lugar al requerimiento definitivo de Pilar 2. Sobre la base del resultado del paso 3, el ECS aplica su juicio experto para decidir el tamaño adecuado de cada recargo a la luz de los factores de riesgo del Pilar 2.

Al valorar los recargos definitivos por tipo de riesgo, el ECS se centra en la situación específica de la entidad. Por ejemplo, el recargo por riesgo de crédito podría reflejar deficiencias detectadas en una inspección in situ reciente. Los recargos individuales también podrían ajustarse para eliminar cualquier posible doble contabilización en caso de que un mismo factor de riesgo se haya considerado simultáneamente en varios tipos de riesgo, o para tener en cuenta otras medidas supervisoras ya adoptadas para abordar la situación específica de la entidad.

Comunicación

El BCE comunica a las entidades de crédito las principales preocupaciones y determinantes de los requerimientos de Pilar 2 en la decisión del PRES. También los presenta de forma resumida en la carta que acompaña a dicha decisión, con el objetivo de reforzar la atención y la transparencia en relación con las preocupaciones supervisoras más importantes y los principales factores de riesgo considerados para calcular el requerimiento de Pilar 2 de la entidad.

¿Prevemos revisar nuestra metodología?

La metodología que utilizamos para calcular los requerimientos de Pilar 2 cumple las Directrices de la ABE sobre el PRES. Trabajamos constantemente para mejorarla con el fin de aumentar su sensibilidad a cada tipo de riesgo. Para ello realizamos actualizaciones periódicas de la metodología sobre la base de las enseñanzas extraídas en cada ciclo del PRES y de las nuevas investigaciones sobre el posible impacto de factores de riesgo individuales específicos en el capital de las entidades. Además, nos hemos comprometido a llevar a cabo una revisión estructural de la eficacia y eficiencia de nuestra metodología de cálculo de los requerimientos de Pilar 2 en un futuro próximo. Dada la complejidad del tema, muy probablemente necesitaremos todo 2024 para completar la revisión.

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