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Seguimiento continuo de modelos

El objetivo del seguimiento continuo de modelos es verificar que las entidades cumplen de forma continuada los requerimientos regulatorios relativos a los modelos internos que utilizan para calcular sus requerimientos mínimos de fondos propios.

La autoridad competente evalúa de forma continuada si las entidades utilizan técnicas de modelos internos correctamente desarrolladas y actualizadas.

Las actividades de seguimiento continuo de modelos suelen incluir:

  • una evaluación del cumplimiento por las entidades de las medidas supervisoras impuestas en las decisiones del BCE, de los planes de ejecución y de cualquier otra medida supervisora que se les imponga en relación con los modelos
  • un análisis de los resultados de la validación de los modelos internos de riesgo de crédito y un análisis de los resultados y las series temporales de las pruebas de backtesting de los modelos internos de riesgo de mercado
  • una evaluación de los resultados del ejercicio anual de benchmarking de la ABE para los modelos internos de riesgo de crédito y riesgo de mercado
  • una evaluación de las modificaciones y ampliaciones no importantes de los modelos

Los equipos conjuntos de supervisión (ECS) son los principales encargados del seguimiento continuo de los modelos. Las instrucciones y plantillas son enviadas generalmente por los ECS a las entidades de crédito (por ejemplo, para los resultados y las series temporales de las pruebas de backtesting de los modelos internos de riesgo de mercado) o son establecidas por la ABE en sus normas técnicas de ejecución (por ejemplo, para los ejercicios de benchmarking sobre riesgo de crédito y riesgo de mercado). Pueden consultarse más detalles sobre la presentación de información sobre validación en el apartado siguiente.

Presentación de informes de validación de modelos internos

La validación interna es un elemento fundamental en la evaluación de la fiabilidad y precisión de los modelos internos de las entidades significativas. También es importante para que el BCE evalúe el cumplimiento de los modelos con la regulación.

Para asegurar la igualdad de condiciones, el BCE requiere que las entidades significativas presenten datos específicos sobre la validación de los modelos internos que utilizan para calcular los requerimientos de capital por riesgo de crédito. Esta información no sustituye a los procesos de validación interna propios de las entidades, sino que constituye un conjunto común mínimo de datos que deben remitir anualmente al BCE junto con sus informes de validación interna.

Las entidades significativas autorizadas a utilizar el método basado en calificaciones internas (IRB) para calcular sus requerimientos de capital por riesgo de crédito deben remitir al BCE información sobre sus modelos de probabilidad de incumplimiento (PD), pérdida en caso de incumplimiento (LGD) y factor de conversión del crédito (CCF) y sobre los criterios de asignación que aplican a las exposiciones de financiación especializada. Esta información conlleva medidas y pruebas estadísticas similares a las que utilizan habitualmente estas entidades, que han de llevarse a cabo sobre un conjunto estandarizado de muestras de validación.

Documentos relacionados

A continuación se presentan todos los documentos relacionados con este proceso, junto con las plantillas que las entidades significativas deben cumplimentar y enviar al BCE.

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