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El Sistema Europeo de Supervisión Financiera (SESF)

El Sistema Europeo de Supervisión Financiera (SESF) es una red articulada sobre tres Autoridades Europeas de Supervisión (AES), la Junta Europea de Riesgo Sistémico y los supervisores nacionales. Su función principal es garantizar una supervisión financiera coherente y apropiada en el conjunto de la UE.

En su calidad de supervisor bancario europeo, el BCE colabora estrechamente con las AES, y especialmente con la Autoridad Bancaria Europea (ABE).

El SESF se ocupa tanto de la supervisión macroprudencial como de la supervisión microprudencial.

Supervisión macroprudencial

La supervisión macroprudencial comporta la vigilancia del sistema financiero en su conjunto. Su principal objetivo es prevenir o mitigar los riesgos para el sistema financiero.

La Junta Europea de Riesgo Sistémico

La Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS) tiene asignada la competencia sobre la supervisión macroprudencial del sistema financiero de la UE.

Aunque no forma parte del BCE, la JERS tiene su sede en las oficinas del BCE en Fráncfort del Meno, Alemania, que le facilita además su secretaría.

Funciones

Las funciones principales de la JERS son:

  • recopilar y analizar la información pertinente para identificar los riesgos sistémicos
  • emitir avisos cuando dichos riesgos sistémicos se consideren significativos
  • emitir recomendaciones para la adopción de medidas correctoras en respuesta a los riesgos detectados
  • realizar el seguimiento de la respuesta dada a los avisos y recomendaciones
  • cooperar y coordinarse con las AES y otros foros internacionales

Composición

El presidente del BCE lo es también de la JERS.

La JERS está integrada por representantes de los bancos centrales nacionales de los países de la UE y los presidentes de las tres Autoridades Europeas de Supervisión.

La Junta Europea de Riesgo Sistémico

Supervisión microprudencial

La supervisión microprudencial se refiere a la supervisión de las entidades individuales, como entidades de crédito, empresas de seguros y fondos de pensiones.

Las Autoridades Europeas de Supervisión

Las AES son

  • la Autoridad Bancaria Europea (ABE)
  • la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ)
  • la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM)

Funciones

Las AES se ocupan fundamentalmente de armonizar la supervisión financiera en la UE mediante la elaboración de un código normativo único, un conjunto de normas prudenciales para las instituciones financieras. Las AES contribuyen a la aplicación consistente del código normativo para crear una situación de igualdad de condiciones. Asimismo, se les ha encomendado la evaluación de los riesgos y las vulnerabilidades del sector financiero.

Composición

Cada autoridad tiene un presidente que la representa. No obstante, la adopción de las decisiones operativas corresponde a sus respectivas Juntas de Supervisores, integradas por representantes de los supervisores nacionales de cada país.

Órganos conjuntos

Sala de Recurso

La Sala de Recurso es un órgano independiente responsable de las apelaciones que presenten los afectados por las decisiones de las tres AES.

Está compuesta por seis miembros y seis suplentes, nombrados por las AES.

Comité Mixto

El Comité Mixto de las AES asegura la coherencia intersectorial en la elaboración y aplicación del código normativo único.

Los representantes de las tres AES participan en las reuniones del Comité Mixto, asegurando así la cooperación y un intercambio periódico de información.

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