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Recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2

La recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2 es una recomendación específica para cada entidad de crédito que indica el nivel de capital que el BCE espera que las entidades mantengan por encima de sus requerimientos de ratio de apalancamiento obligatorios.

La ratio de apalancamiento de una entidad de crédito se calcula dividiendo su capital de nivel 1 por la medida de la exposición total correspondiente a la ratio de apalancamiento, que incluye sus activos y partidas fuera de balance, con independencia de su grado de riesgo. El requerimiento de una ratio de apalancamiento del 3 % pasó a ser de obligado cumplimiento para todas las entidades el 28 de junio de 2021.

La recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2 se determina en el marco del proceso de revisión y evaluación supervisora y, a diferencia del requerimiento de ratio de apalancamiento de Pilar 2, no es jurídicamente vinculante.

¿Cómo determinan los supervisores la recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2 para cada entidad?

La Supervisión Bancaria del BCE establece la recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2 para cada entidad en función de sus resultados en las pruebas de resistencia periódicas a escala de la UE utilizando un sistema de categorías de dos fases.

Fase 1

En la fase 1, los supervisores agrupan las entidades en cuatro categorías en función de la caída de sus ratios de apalancamiento en la prueba de resistencia. A cada categoría le corresponde un intervalo de la recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2.

Fase 2

En la fase 2, los supervisores fijan la recomendación de ratio de apalancamiento Pilar 2 para algunas entidades, por ejemplo, si su ratio de apalancamiento proyectada cae por debajo del requerimiento general de ratio de apalancamiento.

El requerimiento general de ratio de apalancamiento es la suma de:

  • el requerimiento de ratio de apalancamiento del 3 % aplicable a todas las entidades;
  • el requerimiento de ratio de apalancamiento de Pilar 2 específico de cada entidad que la Supervisión Bancaria del BCE determine; y
  • el colchón de ratio de apalancamiento para entidades de importancia sistémica mundial (EISM), que es el 50 % del colchón para EISM que las autoridades macroprudenciales determinen. Por ejemplo, si el colchón para EISM de una entidad es del 1,5 %, su colchón de ratio de apalancamiento para EISM será del 0,75 %.

La recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2 se establece dentro del intervalo de la categoría asignada a la entidad, o en casos excepcionales, fuera de él, teniendo en cuenta las circunstancias individuales de la entidad, como su perfil de riesgo y el año en el que su ratio de apalancamiento se situó en su nivel más bajo en la prueba de resistencia.

Intervalos de la recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2 para cada categoría (2023)

* No se ha establecido un límite máximo para la recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2.
Nota: recomendación de Pilar 2 (Pillar 2 guidance en inglés)

Fuente: Supervisión Bancaria del BCE

El sistema de categorías establece una relación clara entre los niveles de la recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2 y los resultados de la prueba de resistencia. Sin embargo, como muestra el gráfico, el nivel de la recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2 no iguala la caída de la ratio de capital de la entidad. Por ejemplo, una entidad cuya ratio de apalancamiento caiga 1,5 puntos porcentuales será clasificada en la segunda categoría y, en consecuencia, probablemente se le asignará una recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2 de entre el 0,20 % y el 0,70 %. Como se ha mencionado anteriormente, la recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2 se establece para algunas entidades, por ejemplo si su ratio de apalancamiento proyectada cae por debajo del requerimiento general de ratio de apalancamiento en condiciones de tensión.

Para las entidades que no participan en la prueba de resistencia, los supervisores determinan la recomendación de ratio de apalancamiento de Pilar 2 sobre la base de una evaluación prospectiva del posible impacto de escenarios adversos en su ratio de apalancamiento.

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