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Organización de la supervisión y de la vigilancia de las entidades menos significativas

El BCE supervisa a las entidades significativas conjuntamente con las respectivas autoridades nacionales competentes (ANC). En el caso de las entidades menos significativas, solo vigila la supervisión que llevan a cabo dichas ANC. El BCE las apoya en su supervisión diaria y promueve la coherencia de sus enfoques supervisores, teniendo también en cuenta el principio de proporcionalidad. No obstante, ejerce una serie de responsabilidades directas en relación con la supervisión de las entidades menos significativas, por ejemplo, en materia de autorizaciones.

¿Qué son las entidades menos significativas?

Todas las entidades supervisadas se clasifican por defecto como menos significativas. Solo pasan a ser significativas —y, por tanto, a estar bajo la supervisión directa del BCE— si cumplen al menos uno de los criterios establecidos en el Reglamento del Mecanismo Único de Supervisión (MUS). Los criterios de significatividad se refieren, entre otras cosas, al tamaño de la entidad, a su importancia para la economía de su país de origen o de la UE en su conjunto, y al carácter significativo de sus actividades transfronterizas. La mayoría de las entidades menos significativas son entidades de crédito de pequeño tamaño cuyos activos no superan los 30.000 millones de euros.

De conformidad con el Reglamento Marco del MUS, si una entidad menos significativa ha sido clasificada como entidad significativa, el BCE especificará la fecha en que asumirá su supervisión directa. Lo comunicará a la entidad supervisada al menos un mes antes de iniciar la supervisión directa (una semana en caso de aplicarse el criterio de asistencia financiera pública). El BCE asumirá la supervisión directa no más tarde de 12 meses desde la fecha de notificación de la decisión sobre la significatividad.

En el caso contrario, es decir, cuando una entidad significativa se reclasifica como menos significativa, el BCE comunicará a la entidad su decisión de poner fin a la supervisión directa al menos un mes antes de la fecha especificada. Las decisiones se adoptan anualmente durante la evaluación de la significatividad, pero también pueden ser ad hoc.

En caso de que una entidad menos significativa pase a ser significativa, se realizará un análisis de la calidad de los activos y una prueba de resistencia supervisora como parte de un examen de la solidez financiera de las entidades que pasan a la supervisión directa del BCE. Estos dos ejercicios prudenciales se considerarán ejercicios de supervisión independientes.

El papel del BCE y de las ANC

Las entidades menos significativas son supervisadas por sus ANC, bajo la vigilancia del BCE, mientras que las entidades significativas están sujetas a la supervisión directa del BCE. Para saber si una entidad está clasificada como significativa o menos significativa y, por tanto, quién la supervisa, puede consultarse la lista de entidades supervisadas publicada por el BCE. El BCE evalúa el carácter significativo de cada entidad al menos una vez al año.

El BCE es responsable del funcionamiento eficaz y coherente del conjunto del sistema europeo de supervisión bancaria, integrado por el BCE y por las ANC de los países participantes. En su función de vigilancia, el BCE coopera estrechamente con las ANC para armonizar en mayor medida la aplicación de las disposiciones que regulan la supervisión bancaria, asegurando al mismo tiempo la aplicación uniforme de las normas supervisoras en todo el sistema, lo que contribuye a asegurar la igualdad de trato para todas las entidades. En casos excepcionales, el BCE puede asumir la supervisión directa de las entidades menos significativas para garantizar la aplicación coherente de estándares de supervisión estrictos.

Autorizaciones

El BCE tiene competencia exclusiva para conceder autorizaciones a las entidades de crédito establecidas en los países participantes en el MUS.

Desempeñamos esta tarea en estrecha colaboración con las ANC e independientemente de que las entidades deban clasificarse como significativas o menos significativas. El BCE y la ANC pertinente también colaboran para evaluar y decidir las adquisiciones propuestas de participaciones cualificadas en entidades de crédito, y ambas están facultadas para iniciar la revocación de una autorización bancaria.

El BCE también es responsable de conceder la aprobación o la exención a las sociedades financieras (mixtas) de cartera matrices en el contexto de las entidades significativas, mientras que las ANC pertinentes desempeñan esta función en relación con las entidades menos significativas.

Por último, el BCE colabora con las ANC pertinentes en lo que respecta a las notificaciones relacionadas con el pasaporte de las entidades significativas y menos significativas. La decisión definitiva sobre el pasaporte corresponde al BCE o a la ANC en función de la condición significativa o menos significativa de la entidad solicitante.

Más información sobre los procedimientos de autorización en nuestra sección sobre Autorizaciones.

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