Preguntas frecuentes...
...sobre el Mecanismo Único de Supervisión
El Mecanismo Único de Supervisión (MUS) es un nuevo marco para la supervisión bancaria en Europa. Está integrado por el BCE y por los supervisores nacionales de los países de la UE participantes. Sus objetivos principales son:
- velar por la seguridad y la solidez del sistema bancario europeo
- potenciar la integración y la estabilidad financieras en Europa
El MUS representa un importante hito en la creación de una unión bancaria en la UE.
Un mecanismo de supervisión verdaderamente europeo debilita el vínculo entre entidades de crédito y Estados, lo que contribuye a restablecer la confianza en el sector bancario europeo.
La reciente crisis financiera ha demostrado la rapidez e intensidad con que los problemas del sector financiero de un país pueden propagarse a otro, especialmente en una unión monetaria, y cómo esos problemas pueden afectar de forma directa a los ciudadanos de todos los países.
Sin perjuicio del marco jurídico vigente, el BCE ha asumido la nueva competencia de supervisión bancaria por varias razones:
- Independencia: como institución de la UE independiente, el BCE se encarga de la supervisión bancaria desde una perspectiva europea, lo que debilita el círculo vicioso entre entidades de crédito y Estados.
- Conocimientos técnicos: el BCE ha acumulado conocimientos especializados para el análisis de las instituciones y los mercados financieros. Por tanto, dispone de los medios y, junto con los supervisores nacionales, de la capacidad técnica para desempeñar esta compleja tarea.
- Separación de funciones: conforme a los principios organizativos establecidos en los actos jurídicos aplicables, el BCE lleva a cabo la supervisión de manera independiente de la política monetaria.
El Reglamento Marco del MUS define la estructura jurídica de la cooperación con los supervisores nacionales, también denominados autoridades nacionales competentes (ANC), dentro del Mecanismo Único de Supervisión (MUS). Regula las relaciones entre el BCE y los supervisores nacionales e incluye normas directamente aplicables a las entidades de crédito.
Se han establecido diversos mecanismos para la rendición de cuentas por parte del BCE en relación con sus funciones de supervisión. Estos incluyen:
- la presentación de informes periódicos al Parlamento Europeo, al Consejo de la UE, a la Comisión Europea, al Eurogrupo y a los parlamentos nacionales de los Estados miembros participantes
- la auditoría del Tribunal de Cuentas Europeo
- el control jurídico del Tribunal de Justicia de la UE
Los aspectos prácticos del ejercicio de la rendición de cuentas democrático se establecen en un Acuerdo Interinstitucional entre el BCE y el Parlamento Europeo y en un Memorando de Entendimiento entre el BCE y el Consejo de la UE.
Rendición de cuentasLas competencias de supervisión y de política monetaria se ejercen separadamente y los órganos rectores del BCE analizan las cuestiones de política monetaria y de supervisión en reuniones diferentes.
Asimismo, la separación organizativa del personal que participa directamente en las tareas de política monetaria evita posibles conflictos de intereses.
...sobre los trabajos preparatorios
El Mecanismo Único de Supervisión (MUS) empezó a funcionar el 4 de noviembre de 2014.
El 15 de octubre de 2013, el Consejo de la UE adoptó el Reglamento sobre el Mecanismo Único de Supervisión, una vez concluidas las negociaciones con el Parlamento Europeo. El Reglamento del MUS entró en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la UE. Conforme a lo previsto en dicho Reglamento, el MUS debía estar plenamente operativo en el plazo de un año desde la entrada en vigor del Reglamento.
Se han creado nuevas estructuras organizativas, que se han integrado en la organización general. Asimismo, se han elaborado procedimientos internos y se ha contratado al personal necesario para llevar a cabo las nuevas funciones.
La evaluación global fue una «revisión de la salud financiera» de las entidades de crédito significativas de la zona del euro y de los países participantes. Constó de dos pilares complementarios:
- un análisis de la calidad de los activos
- una prueba de resistencia
- Transparencia: todos los interesados debían poder obtener información sobre la situación de sus entidades de crédito
- Corrección: los problemas identificados debían corregirse en los casos necesarios
- Refuerzo de la confianza: todos los interesados debían tener la seguridad de que las entidades de crédito son fundamentalmente solventes y fiables
La evaluación, que comenzó en octubre de 2013 y duró doce meses, incluyó las 130 entidades de crédito de mayor tamaño de la zona del euro. Constituyó un paso importante en la preparación del Mecanismo Único de Supervisión y tuvo tres objetivos principales: Evaluación global
...sobre supervisión bancaria
Desde noviembre de 2014, el BCE desempeña en exclusiva funciones clave en la supervisión prudencial de las entidades de crédito. Está facultado, entre otras cosas, para:
- conceder y retirar licencias a las entidades de crédito de los países participantes
- evaluar adquisiciones y ventas de participaciones en entidades de crédito
- velar por el cumplimiento de los requerimientos prudenciales establecidos en la normativa bancaria de la UE y, si es necesario, establecer otros más estrictos para proteger la estabilidad financiera de las entidades
Los países de la zona del euro
Los países de la zona del euro participan de forma automática.
Cooperación estrecha con países no pertenecientes a la zona del euro
Los Estados miembros de la UE cuya moneda no es el euro pueden decidir participar en el Mecanismo Único de Supervisión (MUS) mediante el establecimiento de una «cooperación estrecha» entre sus supervisores nacionales y el BCE.
Cooperación con países no participantes en el MUS
En el caso de los países de la UE que no participan en el MUS y de otros países no pertenecientes a la UE, el BCE y los supervisores nacionales podrán concluir memorandos de entendimiento en los que se describa su forma de cooperación para el desempeño de las tareas de supervisión.
Los grupos bancarios que incluyen varias entidades individuales se consideran una única entidad.
Supervisión directa
El BCE supervisa directamente 109 entidades de crédito significativas, que representan casi el 82 % del total de los activos bancarios de los países participantes.
Supervisión indirecta
El BCE supervisa indirectamente a las entidades menos significativas de los países participantes, cuyo número es de aproximadamente 2.600. No obstante, el BCE puede decidir en todo momento ejercer la supervisión directa de cualquiera de ellas para asegurar una aplicación coherente de estándares de supervisión elevados.
Registro de entidades supervisadas directamentePara decidir si una entidad tiene carácter significativo se tienen en cuenta los siguientes criterios:
- su tamaño
- la importancia para la economía del país en que se ubica o para el conjunto de la UE
- la relevancia de sus actividades transfronterizas
- si ha solicitado o recibido ayuda financiera directamente del Mecanismo Europeo de Estabilidad o de la Facilidad Europea de Estabilidad Financiera
En cada país participante, al menos las tres entidades de crédito más importantes, independientemente de su tamaño absoluto, están bajo la supervisión directa del BCE.
Le rogamos que comunique al BCE cualquier supuesta infracción de la normativa de la UE en relación con las funciones de supervisión del BCE. Esto incluye cualquier infracción supuestamente cometida por las entidades de crédito supervisadas, por los supervisores nacionales o por el BCE. La información facilitada será tratada con la más estricta confidencialidad.
Comunicar una infracción
Funciones como la protección del cliente o la lucha contra el blanqueo de capitales siguen siendo competencia de las autoridades nacionales. Las infracciones de la legislación en estos ámbitos deben comunicarse al supervisor nacional.
...sobre aspectos organizativos
Consejo de Supervisión
Para garantizar la separación de las funciones de supervisión y de política monetaria, el Consejo de Supervisión planifica y desempeña las tareas de supervisión del BCE. Esto incluye la propuesta de decisiones de supervisión para su adopción por el Consejo de Gobierno del BCE.
Nuevas unidades de gestión
El establecimiento del Mecanismo Único de Supervisión (MUS) ha requerido cambios en la estructura organizativa del BCE, incluida la creación de nuevas unidades de gestión. Cuatro nuevas Direcciones Generales y una Secretaría se dedican exclusivamente a la supervisión bancaria.
Servicios comunes
El MUS también recibe apoyo de funciones y servicios ya existentes en el BCE, como tecnologías de la información, recursos humanos, presupuesto, estadística, comunicación, servicios jurídicos y administración.
Estructura organizativa del BCE
El Consejo de Supervisión, con el apoyo del Comité Director, se encarga de planificar y ejecutar las tareas de supervisión del BCE. Esto incluye la preparación y propuesta de decisiones para su adopción por el Consejo de Gobierno del BCE. Si el Consejo de Gobierno, principal órgano rector del BCE, no opone objeciones a los proyectos de decisiones propuestos por el Consejo de Supervisión, estas se consideran adoptadas. Los equipos conjuntos de supervisión (ECS) se encargan de la supervisión ordinaria de las entidades de crédito significativas.
Adopción de decisiones
Composición de los ECS
Los equipos conjuntos de supervisión (ECS) son una de las principales formas de cooperación entre el BCE y los supervisores nacionales. Para cada entidad significativa se ha formado un equipo compuesto por personal del supervisor nacional encargado de esa entidad y por empleados del BCE. El equipo es coordinado por el BCE con la asistencia de un subcoordinador de cada supervisor nacional.
Funciones de los ECS
Los ECS se encargan de la supervisión ordinaria de las entidades significativas. Sus funciones principales son realizar análisis de riesgos respecto de la entidad o grupo supervisados y proponer el programa de supervisión y las medidas supervisoras apropiadas.
Los supervisores nacionales, también denominados autoridades nacionales competentes (ANC), cooperan estrechamente con el BCE. Preparan y aplican las decisiones adoptadas por el BCE y supervisan directamente a las entidades de crédito menos significativas de los países participantes, que no están sujetas a la supervisión directa del BCE. No obstante, el BCE puede decidir en todo momento ejercer la supervisión directa de cualquiera de ellas para asegurar una aplicación coherente de estándares de supervisión elevados.
Las ANC también se encargan de la protección del cliente y de la lucha contra el blanqueo de capitales, funciones que quedan fuera de las competencias de supervisión del BCE.
...sobre la protección del cliente
El BCE supervisa a las entidades de crédito de la zona del euro y de los países que han decidido participar en el Mecanismo Único de Supervisión. Tareas como la protección del cliente y la lucha contra el blanqueo de capitales no están incluidas entre las competencias de supervisión del BCE y, por tanto, siguen correspondiendo a los supervisores nacionales.
Si desea presentar una queja sobre su entidad bancaria, diríjase directamente a ella o a las autoridades encargadas de la protección del cliente en su país.
No. Por motivos legales, el BCE no puede divulgar información ni datos sobre entidades supervisadas específicas.
Reglamento del MUS, art. 27(1)
Directiva de Requerimientos de Capital IV, art. 53 (1)-(3)
Deberá dirigirse directamente a su entidad bancaria.
El Mecanismo Único de Supervisión (MUS) está facultado para pedir a las entidades de crédito que aumenten sus reservas como medida precautoria en caso de problemas. Puede conceder o revocar licencias bancarias y, en algunos casos, sancionar a las entidades si incumplen las normas. El MUS se propone aumentar la solidez de las entidades de crédito y su capacidad de resistencia frente a perturbaciones externas, como crisis financieras, contribuyendo así a mantener la solvencia de las entidades y la seguridad de sus ahorros.
Si desea formular más preguntas, escriba a la dirección info@ecb.europa.eu o llame al teléfono +49 69 1344 1300.