Rendición de cuentas
Como principal autoridad de supervisión bancaria europea, debemos ser capaces de explicar nuestras decisiones de supervisión. Un marco global de rendición de cuentas garantiza que estas decisiones sean transparentes, legítimas e independientes y estén sujetas a un adecuado examen.
Rendimos cuentas del desempeño de nuestras funciones supervisoras en el Mecanismo Único de Supervisión (MUS), el sistema de supervisión bancaria en Europa.
Nuestro marco de rendición de cuentas
De acuerdo con el artículo 20 del Reglamento del MUS, la Supervisión Bancaria del BCE rinde cuentas ante el Parlamento Europeo, donde están representados los intereses de los ciudadanos de la UE, y ante el Consejo de la UE, que representa a los Gobiernos de todos los Estados miembros de la UE, así como a través de otros canales.
Concedemos gran importancia al mantenimiento y la plena aplicación del marco de rendición de cuentas, descrito con mayor detalle en:
- un Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo y el BCE
- un Memorándum de Entendimiento entre el Consejo de la UE y el BCE
- un Memorándum de Entendimiento entre el Tribunal de Cuentas Europeo y el BCE
A lo largo de los años hemos ampliado nuestras interacciones con el Parlamento Europeo más allá de los requisitos del Acuerdo Interinstitucional, demostrando nuestro compromiso con la rendición de cuentas.
Declaraciones de los miembros del Consejo de Supervisión
Los miembros del Consejo de Supervisión presentan anualmente una declaración de intereses. Estas declaraciones contienen información sobre su actividad profesional anterior, actividades privadas, cargos oficiales e intereses económicos, así como cualquier actividad profesional remunerada de su cónyuge o pareja que pueda suscitar dudas acerca de un posible conflicto de intereses.