Opciones de búsqueda
Home Medios El BCE explicado Estudios y publicaciones Estadísticas Política monetaria El euro Pagos y mercados Empleo
Sugerencias
Ordenar por
  • ARTÍCULO DE OPINIÓN

El BCE aumenta el nivel de control sobre la gobernanza bancaria

Artículo de opinión de Yves Mersch, miembro del Comité Ejecutivo del BCE y vicepresidente del Consejo de Supervisión del BCE, publicado en varios medios de comunicación europeos el 1 de octubre de 2020

1 de octubre de 2020

La integridad y competencia de los altos cargos de las entidades de crédito es una de las líneas de defensa más importantes frente al fraude y a la mala gestión. Por desgracia, esta línea no siempre es la más sólida. La responsabilidad de asegurar la idoneidad de sus altos cargos corresponde, en primer lugar, a las entidades de crédito. El BCE lleva a cabo el «control de calidad» final para las entidades de crédito más grandes de la zona del euro. Es lo que en la jerga supervisora se conoce como evaluación de idoneidad y una de nuestras tareas más complejas como supervisores.

Solo el año pasado, el BCE evaluó la idoneidad de 2.967 personas para más de cien grupos bancarios. Este año esperamos cifras similares.

Pero no son solo los números lo que hace tan difícil esta tarea. Evaluamos los perfiles de los altos cargos sobre la base de los criterios establecidos en una Directiva europea de 2013. Más concretamente, examinamos sus perfiles con arreglo a la transposición de dichos criterios a las legislaciones nacionales. Sin embargo, el modo en que los Estados miembros han transpuesto, o incluso no transpuesto (aún), esta Directiva difiere. Entre otras cosas, la Directiva requiere que los altos cargos de las entidades de crédito tengan la «oportuna reputación» y posean los conocimientos, competencias y experiencia indispensables para el ejercicio de sus funciones. Deberán actuar en todo momento con honestidad, integridad e independencia de ideas, y poder dedicar tiempo suficiente al desempeño de sus funciones.

Conceptos como reputación, independencia de ideas y dedicación de tiempo suelen interpretarse de forma distinta en las diferentes legislaciones nacionales. Por ejemplo, ¿qué tipo de conducta indebida podría afectar a la idoneidad de una persona para ejercer o seguir ejerciendo un alto cargo en una entidad? ¿En qué medida deberían tenerse en cuenta las actuaciones judiciales pendientes? ¿Hasta qué punto es relevante una condena penal anterior? Asimismo, las diferentes normas nacionales establecen distintos plazos —cortos, largos o incluso ninguno— para las evaluaciones de idoneidad, y mientras que algunas requieren la aprobación supervisora antes del nombramiento, otras solo exigen dicha aprobación una vez realizado este.

Para ayudarnos a tener en cuenta estas diferencias nacionales y asegurar la conformidad con los criterios establecidos en la Directiva, el BCE, conjuntamente con los supervisores bancarios nacionales, ha elaborado una interpretación común de los criterios de idoneidad en los casos en los que tal interpretación ha sido posible y jurídicamente viable. Esto nos ha permitido superar algunos de los obstáculos más importantes, pero no es suficiente.

Ahora vamos a dar un paso más. El BCE cubrirá las lagunas existentes realizando evaluaciones de idoneidad más estrictas y más intrusivas. Pondremos aún más énfasis en cómo esperamos que los altos cargos influyan en la solidez y estabilidad de las entidades. Si nuestra evaluación concluye que una persona no es idónea para el cargo para el que ha sido propuesta, emitiremos una decisión negativa conforme a las normas de la UE. También examinaremos más atentamente cualquier hecho relevante que pueda afectar negativamente a la reputación de la persona en cuestión, como condenas penales anteriores o procedimientos judiciales o administrativos en curso.

Este aumento gradual del nivel de exigencia se acompañará de una mayor transparencia sobre nuestras expectativas en relación con los altos cargos de las entidades de crédito. El BCE publicará una nueva versión de la Guía para la evaluación de la idoneidad, en la que examinaremos más detenidamente la responsabilidad individual de los miembros del consejo de administración: los miembros que hayan cometido alguna irregularidad, o que cierren los ojos ante las irregularidades cometidas por otros miembros, ya no podrán esconderse tras la responsabilidad colectiva del consejo. La Guía también aclarará cuándo y en qué circunstancias la aparición de nuevos hechos materiales podría motivar una revisión de la idoneidad de los miembros actuales.

Se mejorarán la eficiencia y accesibilidad del proceso de evaluación mediante un portal electrónico que las entidades podrán utilizar para presentar sus solicitudes de evaluación de idoneidad de los futuros altos cargos. El BCE animará a las entidades a enviar sus solicitudes antes de que las personas propuestas asuman sus cargos a fin de poder adelantar las evaluaciones supervisoras. Al mismo tiempo, el BCE ha reforzado sus procesos de adopción de decisiones creando un departamento específico de evaluaciones de idoneidad y un comité de ejecución y sanciones para fortalecer la independencia y asegurar las garantías del proceso.

El sector bancario europeo aún no está adecuadamente integrado en algunas áreas. Una de ellas son las normas sobre la idoneidad de los altos cargos de las entidades de crédito. Cada vez son menos tolerables la gobernanza inadecuada y la disparidad de criterios en las normas nacionales. La transposición incompleta y desigual de la legislación de la UE al ámbito nacional no debería socavar los esfuerzos del BCE para lograr normas de gobernanza aún más estrictas en las entidades de crédito europeas. Este proceso se beneficiaría indudablemente de una mayor armonización de la legislación nacional, que provendría idealmente de un reglamento de la UE directamente aplicable.

CONTACTO

Banco Central Europeo

Dirección General de Comunicación

Se permite la reproducción, siempre que se cite la fuente.

Contactos de prensa
Denuncia de infracciones