El BCE impone una tasa anual de supervisión a las entidades de crédito supervisadas para cubrir los gastos que efectúa en relación con la supervisión bancaria.
Las tasas anuales totales se calculan a partir de los gastos efectivamente realizados, que se conocen después del cierre de las cuentas del año correspondiente. Esto significa que el importe total de las tasas anuales de supervisión y la Decisión del BCE al respecto se publicarán en marzo del año siguiente, al mismo tiempo que el Informe Anual del BCE sobre las actividades de supervisión.
La tasas correspondientes a 2020 se exigirán en 2021 y la facturación tendrá lugar en el segundo trimestre de 2021.
El capítulo 6 del Informe Anual del BCE sobre las actividades de supervisión contiene información sobre los gastos efectuados y la dotación de personal relacionados con las tareas supervisoras del BCE y en él se describe el marco de tasas de supervisión en el período de referencia. También presenta el importe estimado de los costes anuales para el siguiente período de la tasa.
Informe Anual del BCE sobre las actividades de supervisión
El importe total de las tasas anuales de supervisión cubre los gastos del BCE en relación con sus tareas supervisoras para el período de la tasa relevante, es decir, el año de referencia. Se compone de:
El importe total de las tasas anuales de supervisión también incluye:
Los gastos anuales de la supervisión bancaria del BCE comprenden principalmente los costes directamente relacionados con sus tareas de supervisión:
Cada categoría de tareas también incluye los gastos indirectamente relacionados con las tareas supervisoras el BCE, como los servicios comunes prestados por las funciones de apoyo del BCE (por ejemplo, equipamiento y mantenimiento, gestión de recursos humanos y servicios de TI).
El importe total exigido por el BCE debe cubrir los gastos que efectúe el BCE en relación con sus tareas de supervisión en el período de la tasa correspondiente, y no excederá de dichos gastos. Hasta el período de la tasa de 2019 (incluido), la tasa exigida por el BCE para el período de la tasa se basaba en una estimación de gastos que daba como resultado un superávit o un déficit entre el importe recaudado y los gastos efectivamente incurridos. El superávit o déficit del año precedente se deducía o sumaba al importe total de las tasas de supervisión del año siguiente. En consecuencia, aunque la tasa del período de 2020 se exigirá una vez conocidos los gastos efectuados, el superávit correspondiente al período de la tasa de 2019 aún deberá deducirse de la tasa de 2020.
A finales de 2019, los gastos realizados por el BCE para sus tareas de supervisión ascendieron a 537,0 millones de euros, cifra un 4 % inferior a la estimada, generándose un superávit de 22,0 millones de euros con respecto a los gastos anuales estimados para ese año. Este superávit se deducirá del importe total a cobrar en 2020.
A partir del período de la tasa de 2021, dejarán de existir estos déficit o superávit.
Cada entidad o grupo bancario supervisados debe abonar una tasa por el año, o la parte del año, en que han sido supervisados. Si se produjera un cambio en la situación de la entidad o grupo bancario después de que el BCE haya expedido el aviso de tasa individual, el ajuste se reflejará en el importe total de las tasas anuales de supervisión del siguiente período de la tasa. Se consideran cambios de situación la autorización de nuevas entidades supervisadas, la revocación de autorizaciones o el cambio de clasificación, de significativa a menos significativa o viceversa.
El BCE adopta todas las medidas necesarias para el cobro de tasas de supervisión a las entidades de crédito y grupos bancarios supervisados. Los intereses recibidos por impagos y los importes no cobrables se tienen en cuenta para determinar el total de las tasas anuales de supervisión del año sucesivo.
Aún no se conocen otros ajustes relacionados con anteriores períodos de la tasa, por lo que no se tienen en cuenta en la estimación de la tasa anual de supervisión de 2020.
Para el período de la tasa de 2020, el importe total estimado de la tasa anual de supervisión es de aproximadamente 581,7 millones de euros (véase el cuadro a continuación), lo que representa un incremento de 5,7 millones respecto del total de 576,0 millones de euros exigido en 2019.
A diferencia del déficit resultante de la estimación para 2018, la estimación para 2019 dio lugar a un superávit de 22,0 millones de euros, que será traspasado al período de la tasa de 2020. El período de la tasa de 2020 será el último que se verá afectado por un superávit o un déficit procedente del importe estimado para el anterior período de la tasa exigida por el BCE.
Gastos anuales estimados 2020 |
Gastos anuales estimados 2019 |
Gastos anuales estimados 2018 |
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Importe total de las tasas de supervisión* | 581,7 | 576,0 | 474,8 |
Gastos estimados | 603,7 | 559,0 | 502,5 |
Superávit/déficit del año anterior | -22,0 | 15,3 | -27,9 |
Otros ajustes | Pendientes de determinar | 1,7 | 0,2 |
* Todos los importes en millones de euros. Los totales pueden no coincidir debido al redondeo.
El aumento del gasto se debe a la supervisión directa de entidades significativas. Las perspectivas en relación con las tasas de supervisión bancaria en 2020 pueden consultarse en la sección 6.1 del Informe Anual sobre las actividades de supervisión del BCE 2019.
El importe que se recupera mediante las tasas anuales de supervisión depende del carácter significativo o menos significativo de la entidad o grupo bancario supervisado, es decir, del nivel de escrutinio que ejerce el BCE.
Tasas entidades significativas en 2020 |
Tasas entidades menos significativas en 2020 |
Total |
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Importe total de las tasas de supervisión* | 521,27 | 60,5 | 581,7 |
Gastos anuales estimados | 544,3 | 59,4 | 603,7 |
Superávit/déficit del período anterior | -23,1 | 1,1 | -22,0 |
Otros ajustes | Pendientes de determinar | Pendientes de determinar | Pendientes de determinar |
* Todos los importes en millones de euros. Los totales pueden no coincidir debido al redondeo.