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Prólogo de Mario Draghi, presidente del BCE

Cinco años después de su nacimiento, las ventajas de la supervisión bancaria europea ya son evidentes. Las prácticas supervisoras han convergido y hemos pasado de 19 modelos nacionales a un solo modelo europeo. Además, la mayor armonización de las normas y el incremento de la transparencia han propiciado una mayor igualdad de condiciones para las entidades de crédito de la zona del euro.

Los supervisores gozan ahora de una visión más global del sistema bancario. Las entidades de crédito de toda la zona del euro se están comparando con numerosos bancos semejantes, lo que permite tener referencias comparativas útiles sobre los modelos de negocio y los perfiles de riesgo. Al mismo tiempo, resulta más sencillo vigilar los vínculos transfronterizos y los efectos de contagio y gracias a ello podemos conocer mejor no solo los riesgos de cada entidad, sino también el riesgo sistémico originado en el sector bancario.

Estas ventajas han sido decisivas para reforzar la capacidad de resistencia del sector bancario europeo. Las entidades han incrementado sus ratios de CET1 desde el 11,3 % que registraban a finales de 2014 hasta el 14,1 % en 2018. Se han logrado avances en la reducción de los activos problemáticos, con un descenso de los préstamos dudosos próximo a los 300 mm de euros en ese período. También la financiación y la liquidez son ahora más estables que en el pasado.

Los bancos todavía tienen ante sí algunos retos importantes. La rentabilidad continuó siendo reducida en 2018, lo que afecta a la capacidad de las entidades para conceder crédito a la economía. Entre 2016 y 2018, los bancos con mejores resultados de la zona del euro compensaron la caída de los márgenes de intermediación otorgando más crédito, mientras que las entidades con peor evolución recurrieron al desapalancamiento.

Mediante la reducción del exceso de capacidad y de los costes elevados se mejora la rentabilidad. Con ese mismo objetivo, es necesario continuar rebajando el volumen remanente de préstamos dudosos, así como las pérdidas ocultas y la incertidumbre asociada a la valoración de determinados activos financieros complejos, incluidos, entre otros, los activos de nivel 3. En lo sucesivo, las entidades de crédito, los supervisores y los reguladores deben seguir trabajando conjuntamente para abordar estas cuestiones y velar, al mismo tiempo, por que las entidades observen normas estrictas de gestión de riesgos.

Es igualmente importante establecer un marco institucional y regulatorio coherente que permita una fuerte integración transfronteriza. La mayor integración del sector bancario favorecería la concentración transfronteriza e intensificaría la compartición de riesgos a través de canales privados en la zona del euro, creando así un entorno macroeconómico más estable. Los reguladores y los supervisores deberían seguir trabajando en pos de un marco prudencial más unificado que dificulte poner límites al capital regulatorio y a la liquidez (ring-fencing).

Estos esfuerzos van de la mano del necesario proceso de culminación de la unión bancaria. La supervisión bancaria europea debe apoyarse en un marco de resolución sólido y en un sistema de garantía de depósitos eficaz para que la integridad del mercado único bancario siga sin cuestionarse.

Entrevista introductoria con Andrea Enria, presidente del Consejo de Supervisión

Usted asumió el cargo de presidente del Consejo de Supervisión en enero de 2019. ¿Cómo prevé afrontar este importante cometido?

En primer lugar, debo decir que Danièle Nouy, Sabine Lautenschläger y todos nuestros colegas —tanto del BCE como de las autoridades nacionales competentes (ANC)— han realizado un magnífico trabajo construyendo una organización que funciona bien. Por tanto, no tengo que reinventar la rueda. Lo que hay que hacer es mantener elevados estándares de supervisión, aplicando el enfoque riguroso y exigente que se definió en la fase de creación.

El establecimiento de un mecanismo único de supervisión ha sido un gran avance, pero debemos reconocer que todavía no tenemos un mercado bancario europeo verdaderamente integrado. Para progresar en este proyecto hará falta eliminar barreras legislativas, algo que, claramente, no nos compete. Sin embargo, pienso que debemos hacer cuanto esté en nuestras manos para avanzar hacia la unión bancaria como una jurisdicción única —jurisdicción única en lo que respecta a la regulación y la supervisión bancarias—, que sentaría las bases para un verdadero mercado interior para las entidades de crédito europeas.

Una cosa que debemos tener presente es para quién trabajamos: los ciudadanos, los depositantes, los inversores, los prestatarios europeos y la economía en general. Nuestra labor debe redundar en su beneficio y es ante ellos ante quienes hemos de rendir cuentas. Esto es algo que me tomo muy en serio y considero que hay buenas razones para ser tan transparentes como sea posible. Los ciudadanos deben ser capaces de entender lo que hacemos y qué beneficios les reporta. Por su parte, las entidades de crédito han de poder comprender y prever nuestras políticas y medidas, y lo mismo es aplicable a los inversores. En el paradigma actual prima la recapitalización interna (bail-in): si un banco tiene problemas, sus inversores tendrán que asumir pérdidas y, precisamente por eso, deben conocer mejor los riesgos que corren.

Nada más comenzar su mandato tuvo que ocuparse de un banco en una situación problemática. ¿Cómo ha sido su primera experiencia con el nuevo marco europeo para la gestión de crisis?

Lo que más me impresionó fue el compromiso de nuestros empleados, que, sin excepción, trabajaron intensamente durante todo el período navideño. Todos sabían lo que estaba el juego y cuánto pueden llegar a afectar las dificultades de un banco a la vida de los ciudadanos. Eso es lo que cuenta en una crisis. Todos los procesos funcionaron correctamente y todas las autoridades implicadas hicieron un buen trabajo conjunto.

Con todo, hay cierto margen de mejora. Cuando los supervisores afrontamos una crisis, tenemos que trabajar dentro de los límites que fija la regulación vigente, y esta sigue variando de un país a otro. La Directiva de Reestructuración y Resolución Bancaria (DRRB), por ejemplo, no se ha transpuesto de forma homogénea a las legislaciones nacionales y, además, cada país tiene sus propias leyes de insolvencia. Por lo tanto, las herramientas que podemos emplear en una crisis no son las mismas en todos los países. Tampoco tenemos siempre la certeza de que se pueda lograr una salida ordenada del mercado en todos los casos, lo que constituye un problema, sobre todo cuando se trata de entidades de crédito transfronterizas. La falta de mecanismos de liquidez en procesos de resolución es otra cuestión que se ha subrayado recientemente. Por lo tanto, todavía queda trabajo por hacer para prepararnos para futuras crisis.

En los meses venideros, el próximo gran cambio en el horizonte es la salida del Reino Unido de la Unión Europea. ¿Qué opina usted?

El Brexit me parece un acontecimiento muy triste, entre otras razones porque estudié en el Reino Unido y después viví 12 años en Londres. Precisamente basándome en esa experiencia, también puedo decir que la Unión Europea no siempre se retrata fielmente en el Reino Unido. Muchas personas parecen sobreestimar los costes —y subestimar los beneficios— de una Europa unida.

En cuanto al sector bancario, el Brexit nos deparará gran cantidad de cambios. Un número considerable de bancos se trasladarán a la zona del euro, lo que transformará el panorama bancario y plantea abundantes interrogantes, entre ellos, cómo regular y supervisar a sucursales o empresas de inversión de terceros países. Los bancos, los reguladores y los supervisores se han visto obligados a realizar numerosos preparativos para el Brexit y, cuando se consume la salida del Reino Unido, aún tendremos mucho que hacer. No obstante, estoy seguro de que estaremos a la altura, también gracias a nuestra efectiva colaboración con las autoridades de supervisión del Reino Unido.

¿Qué otros desafíos deben afrontar los bancos?

Desde luego, los retos que afrontan las entidades de crédito no son pocos. Tienen que seguir saneando sus balances, tienen que replantear sus modelos de negocio, tienen que mejorar su gobernanza y tienen que garantizar su resolubilidad. Y estos son solo los desafíos del pasado y del presente.

En el futuro, los bancos también habrán de vigilar estrechamente lo que ocurra en los mercados. Hace tiempo que la liquidez es abundante y barata, lo que, unido a los magros beneficios, ha llevado a muchas entidades a asumir mayores riesgos. Pero deberían tener cuidado, porque conviene no dar por supuestas las elevadas valoraciones de los activos y las primas de riesgo comprimidas. En algún momento, la situación puede cambiar, y el cambio puede ser muy repentino. Las primas de riesgo y por plazo podrían subir bruscamente y perjudicar a los bancos de muchas formas, con posibles efectos sobre sus beneficios, su liquidez y su capital. Es probable que los riesgos de financiación y de mercado sean más significativos en adelante. Los supervisores nos tomamos muy en serio estos riesgos, y los bancos deberían hacer lo mismo.

Acaba de mencionar la gobernanza como un ámbito que las entidades de crédito deben mejorar. ¿Hasta qué punto es importante?

Actualmente, las entidades de crédito disponen de más capital —y de mejor calidad— y de más liquidez, y vuelven a depender de fuentes de financiación más estables. Sin embargo, todo esto sirve de poco si un banco adolece de una mala gobernanza, líderes sin visión de futuro y una cultura problemática. Los responsables de las entidades tienen que tener en cuenta dos cosas. Los beneficios a corto plazo no deberían determinar las operaciones bancarias, puesto que lo que importa es la viabilidad de los bancos a largo plazo. La sostenibilidad es fundamental. Además de ser inaceptables desde el punto de vista social, los beneficios a corto plazo que se generan causando un perjuicio a largo plazo a los consumidores, accionistas y contribuyentes tampoco interesan a los propios bancos, tal como han puesto de manifiesto los recientes escándalos y casos de blanqueo de capitales.

Existe la creencia generalizada de que corren tiempos difíciles para los bancos. ¿Qué podemos aprender de las entidades de crédito que, pese a ello, están prosperando?

En la zona del euro, existen ciertamente algunos bancos que están logrando mejores resultados que sus semejantes. ¿Qué tienen estos bancos en común? A primera vista, no mucho: son todos muy distintos entre sí. No parece que exista una estrategia «de oro» para llegar a ser rentables, pero tener una estrategia sí es fundamental. Lo único que tienen en común las entidades que triunfan es que destacan en lo que denominamos «dirección estratégica». Son capaces de formular una estrategia y de ponerla en práctica. No se trata solo de lo que hacen, sino también de cómo lo hacen: esa es la lección que nos dan.

También debemos reconocer que en los mercados bancarios europeos sigue habiendo un problema estructural: muchas entidades de crédito han sido rescatadas, pero no tantas han llegado a salir del mercado. En consecuencia, Europa todavía parece estar sobrebancarizada, lo que se refleja en la rentabilidad. En otros sectores, la concentración ha sido clave para eliminar el exceso de capacidad acumulado en el período anterior al comienzo de la crisis.

Hablando de los cambios en la estructura del mercado, ¿qué opinión le merece la digitalización? ¿Le parece un reto, una oportunidad o ambas cosas?

El cambio tecnológico siempre es un proceso complejo y difícil de predecir, pero creo que también brinda oportunidades. La digitalización puede ayudar a las entidades de crédito a ser más eficientes y a activar nuevas fuentes de ingresos; también les permite racionalizar y acelerar los procesos y ofrecer a sus clientes un mejor servicio y nuevos productos. Si las entidades consiguen aprovechar estas oportunidades, saldrán beneficiadas, pero si no actúan, lo harán otros —ya sean nuevas empresas fintech pequeñas y ágiles o gigantes tecnológicos consolidados—. Ahí reside el reto para los bancos.

Desde luego, no es competencia de los reguladores y los supervisores proteger a los bancos ya establecidos frente a competidores más eficientes. Ahora bien, todavía tenemos que afrontar nuevos riesgos —el más obvio, el ciberriesgo—, que debemos vigilar muy de cerca y valorar si nos exigen que adaptemos las normas. Al mismo tiempo, la digitalización puede ayudar a los reguladores y los supervisores a ser más eficientes y a reducir los costes del cumplimiento normativo, sobre todo para las empresas más pequeñas y menos complejas. En otras palabras, también existen oportunidades para nosotros.

La adaptación de las normas ha sido el tema más destacado desde la crisis. ¿Qué opina sobre la reforma regulatoria? ¿Considera que ha ido demasiado lejos, como sostienen algunos, o que se ha quedado corta?

La reforma era necesaria. La crisis había puesto de manifiesto numerosas deficiencias del marco regulatorio, y teníamos que subsanarlas. A mi juicio, el paquete de reformas elaborado a nivel del G-20 está equilibrado: ha mejorado notablemente la seguridad y la solidez de las entidades de crédito, por medio de requerimientos calibrados e introducidos de manera progresiva para evitar efectos no deseados sobre el crédito y el crecimiento real. Algunas jurisdicciones aplicaron requerimientos más estrictos que los fijados por la normativa internacional en algunos ámbitos y ahora están replanteándose sus decisiones. En general, considero que debemos resistir las presiones para relajar los requerimientos en épocas de bonanza. Como he dicho antes, los bancos —al igual que los reguladores— deben huir de planteamientos cortoplacistas. Tenemos que pensar en la estabilidad del sistema a largo plazo y evitar que la regulación sea procíclica.

Dicho esto, no cabe duda de que el código normativo revisado es bastante complejo, así que se impone vigilar sus efectos y realizar los ajustes que se estimen necesarios. Pero ahora la prioridad debe ser finalizar la implementación de las reformas de manera homogénea en todo el mundo.

En Europa, el paquete bancario está a punto de completarse y configurará el panorama regulatorio en los próximos años. ¿Está satisfecho con el resultado?

El paquete bancario es un conjunto de normas legales muy importante, entre otras cosas porque incorpora las normas de Basilea al derecho de la Unión. Aunque la valoración general es positiva, en ciertos aspectos la legislación propuesta se desvía de las normas internacionales. Es el caso de algunos detalles técnicos de la ratio de apalancamiento, la ratio de financiación estable neta y las nuevas normas para las carteras de negociación de las entidades de crédito. Por consiguiente, las condiciones a escala global no serán todo lo iguales que podrían haber sido.

Volviendo a la Unión Europea, considero que el paquete bancario podría haber sido más ambicioso en la persecución del objetivo de un sector bancario verdaderamente integrado, como mínimo en el seno de la unión bancaria. Si aspiramos a lograr una jurisdicción única para la banca, debemos superar el instinto de protección interna (ring-fencing). Los grupos bancarios han de poder asignar libremente su capital regulatorio y su liquidez dentro de la zona del euro. Lamentablemente, el paquete bancario mantiene con un alcance estrictamente nacional las exenciones del cumplimiento de los requerimientos de capital y liquidez en los grupos bancarios. Espero que los legisladores reconsideren este planteamiento en el futuro próximo, a medida que se siga avanzando hacia la culminación de la unión bancaria.

¿Qué otros pasos deben darse para acercarse a un sistema bancario verdaderamente europeo?

Es evidente que, mientras no se disponga de una red de seguridad verdaderamente europea, las autoridades nacionales continuarán siendo reacias a permitir la gestión integrada del capital y la liquidez dentro de grupos transfronterizos que operen en la unión bancaria. La creación de un mecanismo de respaldo para el Fondo Único de Resolución ha supuesto un cierto avance, pero el debate político sobre el establecimiento del tercer pilar de la unión bancaria —el sistema europeo de garantía de depósitos— continúa plagado de dificultades. Creo que la polarización entre los «partidarios de la reducción de riesgos», que sostienen que los riesgos han de reducirse antes de que se cree un sistema de garantías comunes, y los «partidarios de la compartición de riesgos», que defienden que ha llegado la hora de establecer un sistema de garantía de depósitos integrado, es engañosa, puesto que estos dos objetivos están interrelacionados. Por lo tanto, la Unión Europea debería hacer lo que se le da bien y proponer una hoja de ruta clara en la que se reconozca la estrecha relación que existe entre los elementos pendientes de reforma. De esta manera, podríamos avanzar en todos ellos al unísono.

1 Aplicación del modelo de supervisión del MUS

1.1 Las entidades de crédito: riesgos principales y resultados generales

Principales riesgos del sector bancario

En 2018, la expansion generalizada de la economía de la zona del euro respaldó la rentabilidad y los balances de los bancos

La Supervisión Bancaria del BCE, en estrecha colaboración con los supervisores nacionales, llevó a cabo su ejercicio anual de identificación y evaluación de riesgos y, con arreglo a él, actualizó el mapa de riesgos del MUS, que describe los principales riesgos a los que se enfrentan las entidades de crédito de la zona del euro en los próximos dos a tres años. Durante el período de referencia, la expansión generalizada de la economía de la zona del euro respaldó la rentabilidad y los balances de los bancos, lo que ayudó a mejorar la capacidad de resistencia del sector bancario de la zona y a mitigar algunos de los riesgos asociados, en particular los ligados a los préstamos dudosos (NPL, por sus siglas en inglés) heredados y al entorno de bajos tipos de interés. Sin embargo, el nivel agregado actual de préstamos dudosos en la zona del euro es aún excesivamente elevado en comparación con los niveles internacionales.

Por otro lado, la incertidumbre geopolítica y el riesgo de correcciones de precios en los mercados financieros se han acentuado desde 2017. Además, la creciente digitalización está agudizando los riesgos relacionados con los sistemas de TI (a menudo obsoletos) y con la ciberseguridad de las entidades de crédito (véase gráfico 1).

Gráfico 1

Mapa de riesgos del MUS para 2019

Fuentes: BCE y autoridades de supervisión nacionales.
Notas: La probabilidad y el impacto de los factores de riesgo se basan en los resultados de una evaluación cualitativa. En la evaluación se identifican los principales sucesos que podrían materializarse y afectar negativamente al sistema bancario de la zona del euro a corto o medio plazo (entre dos y tres años).

La incertidumbre geopolítica es un riesgo creciente

El período de referencia fue testigo de una escalada de la incertidumbre geopolítica relacionada, entre otras cosas, con la situación política en algunos países de la zona del euro, el aumento del proteccionismo comercial y desarrollos adversos en determinadas economías emergentes, factores todos ellos que podrían tener repercusiones negativas sobre los mercados financieros y sobre las perspectivas económicas de la zona del euro. En relación con el Brexit, se mantiene la incertidumbre sobre si habrá un acuerdo de retirada en la fecha en que el Reino Unido abandone la Unión Europea y, por tanto, sobre si se aplicará un período de transición, lo que significa que las entidades de crédito y los supervisores han de estar preparados para todos los escenarios posibles.

Las entidades de crédito redujeron significativamente sus niveles de préstamos dudosos heredados

Pese a la significativa mejora de la calidad de los activos en los últimos años, los elevados niveles de préstamos dudosos continúan siendo motivo de preocupación para un número considerable de entidades de crédito de la zona del euro. Gracias a la aplicación de estrategias de reducción de estos préstamos, dichas entidades han avanzado ya sustancialmente en la reducción de sus volúmenes de préstamos dudosos heredados, y la ratio de NPL de las entidades significativas ha caído del 8 % en 2014 al 4,2 % en el tercer trimestre de 2018. Sin embargo, el nivel agregado de préstamos dudosos sigue siendo alto actualmente, y se necesitan más esfuerzos para resolver adecuadamente este problema en la zona del euro.

Debe vigilarse estrechamente el posible crecimiento de los préstamos dudosos en el futuro

Asimismo, la búsqueda continua de rentabilidad por parte de las entidades de crédito podría aumentar la posibilidad de que crezcan los préstamos dudosos en el futuro. Los bancos de la zona del euro indicaron que se habían relajado los criterios de concesión de crédito durante 2018, aunque a menor ritmo en el último trimestre del año[1]. Además, parece que están dirigiéndose hacia sectores de mayor riesgo y aceptando niveles de protección más bajos. La emisión de préstamos apalancados en la zona del euro alcanzó nuevos máximos en 2017 y la proporción de préstamos covenant-lite (préstamos con cláusulas contractuales laxas) con respecto al volumen total emitido se situó en el nivel histórico más alto.

La creciente digitalización está incrementando los riesgos tecnológicos y de ciberdelincuencia

La ciberdelincuencia y las disrupciones tecnológicas representan un reto creciente para las entidades de crédito en un entorno tendente a la digitalización. Los bancos están sometidos cada vez a más presión para invertir y modernizar sus infraestructuras tecnológicas básicas, con el fin de aumentar la eficiencia, mejorar la calidad de la experiencia de los clientes y competir con las fintech y las grandes tecnológicas. Además, se enfrentan a un número de ciberamenazas que va en aumento.

Ha aumentado el riesgo de correcciones de precios en los mercados financieros

La búsqueda de rentabilidad a escala global, la holgura de liquidez y la compresión de las primas de riesgo han agravado el riesgo de una corrección brusca de los precios en los mercados financieros, que se ve agudizado también por el elevado nivel de incertidumbre geopolítica. En términos medios, la sostenibilidad de la deuda pública ha mejorado en la zona del euro, respaldada por el favorable momento del ciclo. Sin embargo, los desequilibrios en los saldos acumulados continúan siendo altos en varios países, lo que les hace vulnerables a una posible reevaluación del riesgo soberano.

La rentabilidad de las entidades de crédito mejoró, pero sigue siendo moderada

La positiva evolución económica durante el período de referencia sustentó los niveles de rentabilidad de las entidades de crédito, que, no obstante, continúan siendo moderados. Pese a que el prolongado período de reducidos tipos de interés ha favorecido a la economía, también ha ejercido presión sobre los márgenes de intermediación de los bancos. En conjunto, las entidades significativas prevén un repunte del margen de intermediación en 2019 y 2020. Sin embargo, muchas esperan que sus beneficios sigan siendo bajos en términos de rentabilidad de los recursos propios en los próximos años.

Las entidades significativas de la zona del euro se sometieron a las pruebas de resistencia de 2018 con ratios de capital más elevadas

Los resultados de las pruebas de resistencia a escala de la UE de 2018, que han sido coordinadas por la Autoridad Bancaria Europea (ABE), muestran que los 33 bancos más grandes supervisados directamente por el BCE han aumentado su capacidad de resistencia en los dos últimos años. Como consecuencia de sus esfuerzos para resolver el problema de los activos heredados y acumular capital sistemáticamente, se han sometido a las pruebas de resistencia con una base de capital media mucho más elevada, situándose el capital de nivel 1 ordinario (CET1) en el 13,7 %, frente al 12,2 % registrado antes de las pruebas de resistencia de 2016.

Un escenario más severo y una metodología más estricta se tradujeron en una mayor disminución del capital en el escenario adverso

Para las 33 entidades de crédito de mayor tamaño supervisadas directamente por el BCE, en el escenario adverso se producía una disminución agregada del CET1 plenamente implementado (fully loaded)[2] de 3,8 puntos porcentuales, 0,5 puntos porcentuales más que en las pruebas de resistencia de 2016. Esta caída incluye un impacto de 0,3 puntos porcentuales correspondiente a la primera aplicación de la NIIF 9, que entró en vigor el 1 de enero de 2018, y refleja también la utilización de un escenario macroeconómico más severo y una metodología más sensible al riesgo que en 2016. Todos estos factores contrarrestan los efectos positivos de la mejora de la calidad de los activos tras la reducción con éxito de los préstamos dudosos.

Los resultados de las pruebas de resistencia muestran que las entidades de crédito tienen, en general, una mayor capacidad de resistencia, pero persisten las vulnerabilidades

Pese a la mayor disminución del capital, la ratio de capital agregada después de aplicar los supuestos de tensión era más elevada que en el escenario adverso de 2016 y se situaba en el 9,9 %, frente al 8,8 %. Esto confirma que la capacidad de resistencia de las entidades participantes frente a perturbaciones macroeconómicas ha mejorado. Sin embargo, las pruebas también han puesto de manifiesto vulnerabilidades en algunos bancos concretos, que serán objeto de seguimiento por parte de los supervisores en 2019.

Los resultados de las pruebas de resistencia del BCE muestran que otras 54 entidades no incluidas en la muestra de la ABE están ahora mejor capitalizadas

Además de las 33 entidades de crédito incluidas en la muestra de la ABE, el BCE sometió a sus propias pruebas de resistencia a otras 54 entidades que se encuentran bajo su supervisión directa y que no formaron parte de dicha muestra. Los resultados de las pruebas revelan que estos 54 bancos también están ahora mejor capitalizados, lo que aumenta su capacidad para absorber perturbaciones financieras. Gracias a la continua acumulación de capital en los últimos años, se sometieron a la prueba con una ratio de CET1 media más elevada —el 16,9 %, frente al 14,7 % en 2016—. Después de la prueba, la ratio de CET1 final media era también más alta —el 11,8 %, frente al 8,5 % en 2016[3]—.

Recuadro 1
Las pruebas de resistencia de 2018

Diseño general de las pruebas de resistencia de 2018 y participación del BCE

Al igual que en años anteriores, el BCE estuvo involucrado en la preparación y la ejecución de las pruebas de resistencia a escala de la UE de 2018, que coordinó la ABE. Como parte del trabajo preparatorio, el BCE participó en el diseño de la metodología de las pruebas, así como del escenario base y del escenario adverso. Este último se elaboró junto con la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS) y la ABE, en estrecha colaboración con las autoridades nacionales competentes (ANC). Asimismo, gracias a la fructífera colaboración con expertos de la ABE y de las ANC, el BCE generó los parámetros de referencia oficiales del riesgo de crédito para las pruebas de resistencia. Se espera que las entidades de crédito apliquen estos parámetros a aquellas carteras para las que no dispongan de modelos de riesgo de crédito adecuados.

Tras la puesta en marcha de las pruebas de resistencia a escala de la UE, el 31 de enero de 2018, el BCE, conjuntamente con las ANC, llevó a cabo el proceso de control de calidad de las entidades de crédito que se encuentran bajo su supervisión directa. El objetivo principal de esta tarea era asegurar que las entidades estuvieran aplicando correctamente la metodología común desarrollada por la ABE. De las 48 entidades de crédito sometidas a las citadas pruebas de resistencia, 33 son supervisadas directamente por la Supervisión Bancaria del BCE y representan el 70 % de los activos del sector bancario de la zona del euro. El viernes 2 de noviembre de 2018, la ABE publicó los resultados individuales de las 48 entidades participantes, junto con información detallada de sus balances y sus exposiciones al cierre de 2017[4].

Además, el BCE sometió a sus propias pruebas de resistencia a 54 entidades que supervisa directamente, pero que no estaban incluidas en la muestra de la ABE. Anteriormente en 2018, el BCE también realizó una prueba de resistencia a cuatro entidades de crédito griegas que se encuentran bajo su supervisión directa. Aunque se siguieron la misma metodología, escenarios y proceso de control de calidad que en las pruebas de la ABE, en esta prueba se aplicó un calendario acelerado para concluir el ejercicio antes de que finalizara el tercer programa de ajuste económico para Grecia del Mecanismo Europeo de Estabilidad.

Escenarios

El escenario adverso para las pruebas de resistencia de 2018 se basó en un conjunto coherente de perturbaciones macrofinancieras susceptibles de materializarse en un contexto de crisis, que incluían una contracción del PIB del 2,4 %, una caída de los precios inmobiliarios del 17 % y un descenso repentino de las cotizaciones del 31 % en la zona del euro en su conjunto. El escenario reflejó los principales riesgos sistémicos identificados en el momento de la puesta en marcha del ejercicio, es decir: i) un reajuste brusco y significativo de las primas de riesgo en los mercados financieros mundiales; ii) una retroalimentación negativa entre la escasa rentabilidad bancaria y el bajo crecimiento del PIB nominal; iii) preocupación acerca de la sostenibilidad de la deuda pública y privada, y iv) riesgos de liquidez en el sector financiero no bancario con posibles efectos de contagio al sistema financiero en general.

Factores determinantes de los resultados de las pruebas de resistencia de 2018

Un factor determinante clave de la disminución del capital en el escenario macroeconómico adverso fueron los deterioros crediticios, que se explican en su mayor parte porque el escenario macroeconómico era más severo que en las pruebas de resistencia de 2016, aunque los niveles de préstamos dudosos tuvieron una influencia menor que en las pruebas de dicho año, debido a la mejora de la calidad de los activos de los balances bancarios. Un segundo factor determinante fue una perturbación del diferencial de financiación, que se vio contrarrestada parcialmente por el efecto positivo de los tipos de interés a largo plazo más elevados. Un tercer factor clave fue el impacto de las perturbaciones de los precios de mercado y de la liquidez sobre las carteras a valor razonable. El efecto total de la revaloración de estas carteras fue más acusado en las entidades de importancia sistémica mundial (EISM), que, sin embargo, pudieron compensar en gran medida las pérdidas con unos ingresos de clientes elevados. El impacto de las tensiones del escenario adverso sobre las reservas de liquidez y la incertidumbre del modelo también afectó más a las EISM que a otras entidades. Otro factor determinante fueron las significativas tensiones que afectan a los ingresos netos por comisiones.

Integración de las pruebas de resistencia en el trabajo de supervisión ordinario

Tanto los resultados cualitativos de las pruebas de resistencia (es decir, la calidad y la puntualidad de la información remitida por las entidades) como los cuantitativos (es decir, la caída del capital y la capacidad de resistencia de los bancos frente a condiciones adversas en los mercados) se han utilizado para el proceso de revisión y evaluación supervisora (PRES) anual. En el contexto del PRES, los resultados de las pruebas de resistencia también se han tenido en cuenta al determinar la demanda de capital supervisor.

Prioridades supervisoras del MUS

El Consejo de Supervisión del BCE discute y aprueba las prioridades supervisoras del MUS, que establecen las áreas en las que se centrará la atención de la supervisión en un año determinado. Se basan en una evaluación de los principales riesgos a los que se enfrentan las entidades supervisadas, teniendo en cuenta los acontecimientos más recientes en el panorama económico, regulatorio y supervisor. Las prioridades, que se revisan cada año, son una herramienta esencial para coordinar las actuaciones supervisoras en las entidades de crédito con la debida armonización, proporcionalidad y eficiencia, contribuyendo así a la igualdad de condiciones y a un mayor impacto supervisor (véase figura 1).

Figura 1

Prioridades supervisoras en 2019

Fuente: BCE.
1) Préstamos dudosos.

2) Revisión específica de modelos internos.
3) Procesos de evaluación de la adecuación del capital interno y de la liquidez interna.
4) En 2018 se llevó a cabo la prueba de resistencia para toda la UE.
5) Las actividades planificadas incluyen una campaña de inspecciones in situ sobre el riesgo de valoración y un análisis horizontal consistente en un ejercicio de recopilación de datos para dotar a los ECS de información más granular sobre activos complejos valorados a valor razonable, como los clasificados como nivel 2 y 3.

Resultados generales de las entidades de crédito significativas en 2018

Tras mejorar en 2017, la rentabilidad de las entidades de crédito de la zona del euro se mantuvo más o menos estable en 2018

La rentabilidad de las entidades de crédito de la zona del euro se mantuvo más o menos estable en 2018, después de mejorar en 2017. La rentabilidad anualizada de los recursos propios de las entidades significativas solo varió ligeramente, situándose en un promedio del 6,9 %, frente al 7 % de 2017 y al 5,4 % de 2016. Sin embargo, esta estabilidad general del nivel de rentabilidad oculta diferencias considerables entre entidades. Además, la ratio entre la cotización y el valor en libros de muchos bancos cotizados sigue situándose por debajo de uno, lo que indica que es necesario seguir mejorando para satisfacer las expectativas de los inversores.

En 2018, dos factores principales afectaron a los beneficios agregados de las entidades de crédito. Tras aumentar en 2017, los beneficios de explotación antes de deterioros de valor cayeron considerablemente —un 7,1 %— en los nueve primeros meses de 2018. Este descenso se vio compensado en gran medida por la acusada disminución de los deterioros de valor (−31,8 % con respecto a 2017).

La caída de los beneficios de explotación antes de deterioros de valor obedeció principalmente a la reducción de los resultados por operaciones financieras (−50 %)[5] con respecto a los tres primeros trimestres de 2017. En cambio, los ingresos netos por comisiones continuaron mejorando y se situaron un 1,4 % por encima del valor registrado en los tres primeros trimestres de 2017, mientras que, en ese mismo período, el margen de intermediación se mantuvo prácticamente estable (−0,1 %).

Gráfico 2

Estabilidad de la rentabilidad (anualizada) de los recursos propios en 2018: caída de los beneficios de explotación antes de deterioros de valor compensada por la disminución de los deterioros de valor

(partidas expresadas en porcentaje de los recursos propios)

Fuente: Supervisory Banking Statistics del BCE.
Nota: Los datos de todos los años se muestran en cifras acumuladas del segundo trimestre, anualizadas.

La estable evolución del margen de intermediación enmascara dos tendencias subyacentes, ya que el aumento de los volúmenes de crédito se vio contrarrestado por una disminución de los márgenes de intereses. Los volúmenes de crédito se incrementaron un 2,8 % entre el tercer trimestre de 2017 y el mismo trimestre de 2018, y los préstamos que registraron el crecimiento más dinámico fueron los concedidos a instituciones financieras (préstamos a entidades de crédito: +3,7 %; préstamos a otras instituciones financieras: +12,1 %) y a sociedades no financieras (+3,3 %). En los tres primeros trimestres de 2018, el margen de intermediación mejoró aproximadamente en la mitad de las entidades significativas y se redujo en la otra mitad.

Los gastos de explotación aumentaron un 2 % en los tres primeros trimestres de 2018 con respecto al mismo período de 2017, pese a las medidas de reestructuración adoptadas recientemente por varias entidades de crédito de la zona del euro.

1.2 Trabajo relativo a los préstamos dudosos (NPL)

1.2.1 La situación en Europa

El volumen de préstamos dudosos se ha reducido desde 2015…

El volumen de préstamos dudosos (NPL) de los balances de las entidades significativas se situó en 628 mm de euros en el tercer trimestre de 2018, frente a la cifra de 1 billón de euros registrada a principios de 2015. Entre el tercer trimestre de 2017 y el mismo trimestre de 2018, estos préstamos disminuyeron en 131 mm de euros, y la ratio bruta de NPL cayó 1 punto porcentual, hasta situarse en el 4,2 %. La disminución de los préstamos dudosos se ha acelerado en los dos últimos años y ha sido especialmente rápida en países con elevadas ratios de NPL.

Sin embargo, el nivel agregado de préstamos dudosos en el sector bancario europeo continúa siendo alto en términos internacionales, y el saneamiento de los balances llevará más tiempo.

… pero el nivel agregado continúa siendo elevado en términos internacionales

El trabajo relativo a los préstamos dudosos fue una de las prioridades supervisoras más importantes de la Supervisión Bancaria del BCE en 2018 y, en 2019, seguirá siendo un área de atención, en la que se aprovecharán los logros conseguidos hasta el momento mediante la interactuación con las entidades afectadas para definir expectativas supervisoras para cada una dentro de un marco armonizado. El objetivo es asegurar que se continúa avanzando en la reducción de los riesgos acumulados y alcanzar una cobertura consistente de los NPL ya existentes y los NPL nuevos a medio plazo.

En relación con las estadísticas sobre préstamos dudosos, el BCE publica trimestralmente estadísticas supervisoras sobre el sector bancario (Supervisory Banking Statistics[6]), que incluyen datos sobre la calidad de los activos de las entidades significativas. El cuadro 1 muestra la reducción de los niveles de NPL entre 2017 y 2018.

Cuadro 1

Préstamos y anticipos dudosos: importes y ratios por período de referencia

(mm de euros; porcentaje)

Fuente: BCE.
Notas: En el cuadro se recogen las entidades significativas al máximo nivel de consolidación para las que se dispone de información común sobre la adecuación del capital (COREP) y de información financiera (FINREP). Concretamente, había 114 entidades significativas en el tercer trimestre de 2017, 111 en el cuarto trimestre de 2017 y 109 en el primer, segundo y tercer trimestre de 2018. El número de entidades por período de referencia refleja los cambios resultantes de las modificaciones que se introducen en la lista de entidades significativas tras las evaluaciones realizadas por la Supervisión Bancaria del BCE, generalmente cada año, y las fusiones y adquisiciones.

1) Los préstamos y anticipos que figuran en los cuadros de calidad de los activos se presentan por su importe bruto en libros. Como en FINREP, las exposiciones mantenidas para negociar no se incluyen, mientras que sí se incluyen los saldos en efectivo en bancos centrales y otros depósitos a la vista. De acuerdo con la definición de la ABE, préstamos dudosos o NPL son aquellos préstamos y anticipos distintos de los mantenidos para negociar que cumplen al menos uno de los siguientes criterios: a) que sean exposiciones significativas vencidas hace más de 90 días; b) que se considere improbable que el deudor cumpla íntegramente sus obligaciones crediticias sin la ejecución de la garantía real, con independencia de que existan o no importes vencidos o del número de días transcurridos desde el vencimiento de los importes. La ratio de cobertura es el cociente entre los deterioros de valor acumulados de los préstamos y anticipos y el volumen de NPL.

Las ratios de NPL varían considerablemente dentro de la zona del euro

Dentro de la zona del euro, las ratios de NPL siguen variando significativamente de un país a otro, como muestra el cuadro 2. Las entidades significativas griegas, chipriotas y portuguesas tienen las ratios de NPL más elevadas (sus medias ponderadas se situaban en el 43,4 %, el 20,7 % y el 14,5 %, respectivamente, en el tercer trimestre de 2018). Si se analiza la tendencia, la ratio de NPL disminuyó de forma considerable, en términos interanuales, en las entidades significativas de Chipre (−13,3 pp), Eslovenia (−5,3 pp), Irlanda (−3,7 pp), Portugal (−3,6 pp), Grecia (−3,2 pp) e Italia (−2,5 pp). En el tercer trimestre de 2018, el mayor volumen de NPL correspondía a las entidades significativas italianas (153 mm de euros), seguidas de las francesas (130 mm de euros), las españolas (95 mm de euros) y las griegas (90 mm de euros).

Cuadro 2

Préstamos y anticipos dudosos – importes y ratios por países (período de referencia: tercer trimestre de 2018)

(mm de euros; porcentajes; puntos porcentuales)

Fuente: BCE.
Notas: Entidades significativas al máximo nivel de consolidación para las que se dispone de información común sobre la adecuación del capital (COREP) y de información financiera (FINREP).

C: el valor no se incluye por motivos de confidencialidad.
1) Los préstamos y anticipos que figuran en los cuadros de calidad de los activos se presentan por su importe bruto en libros. Como en FINREP, las exposiciones mantenidas para negociar no se incluyen, mientras que sí se incluyen los saldos en efectivo en bancos centrales y otros depósitos a la vista.
2) El incremento de la ratio de NPL en Lituania obedeció a un cambio en el método de consolidación de una entidad significativa.
3) No hay entidades significativas al máximo nivel de consolidación en Eslovaquia.

1.2.2 El papel de la Supervisión Bancaria del BCE en la estrategia global para resolver la cuestión de los préstamos dudosos en la UE

La Supervisión Bancaria del BCE ha desarrollado un marco de supervisión de préstamos dudosos

Gestionar los riesgos relacionados con los elevados volúmenes de préstamos dudosos es importante para la economía en su conjunto, ya que estos préstamos lastran la rentabilidad y absorben recursos valiosos de las entidades, restringiendo su capacidad para conceder nuevos préstamos. Los problemas del sector bancario pueden expandirse rápidamente a otras partes de la economía y afectar a las perspectivas de empleo y de crecimiento. Por tanto, el BCE, en línea con su mandato de ayudar a velar por la seguridad y solidez del sistema bancario europeo, recomienda que las entidades de crédito tomen más medidas para hacer frente a sus volúmenes de préstamos dudosos.

La Supervisión Bancaria del BCE ha desarrollado un marco de supervisión de préstamos dudosos, que incluye tres elementos estratégicos que, o bien sirven para dar respuesta directamente a los NPL heredados, o bien tienen como objetivo impedir la creación de nuevos NPL en el futuro:

  • Guía sobre préstamos dudosos para todas las entidades significativas, que señala las expectativas supervisoras cualitativas en relación con la gestión y la reducción de los préstamos dudosos.
  • Un marco para abordar los volúmenes de préstamos dudosos en el contexto del diálogo supervisor, que incluye: i) una evaluación de las estrategias propias de reducción de NPL de las entidades de crédito, y (ii) expectativas supervisoras específicas a nivel de cada entidad, con el fin de asegurar que se doten las provisiones adecuadas para los préstamos dudosos heredados.
  • Apéndice a la Guía sobre préstamos dudosos, que describe las expectativas supervisoras cuantitativas para promover la cobertura de los nuevos préstamos dudosos en el momento oportuno.

El grupo de trabajo especializado en NPL concluyó su trabajo en 2018

El marco fue desarrollado por un grupo de trabajo especializado, integrado por representantes de las ANC y del BCE, con la participación de la ABE en calidad de observadora. Un grupo de alto nivel sobre NPL, presidido por Sharon Donnery (subgobernadora del Banc Ceannais na hÉireann/ Central Bank of Ireland), dirigió las labores del grupo de trabajo especializado. Entre 2015 y 2018, el grupo de alto nivel se reunió 16 veces para debatir propuestas para desarrollar e implementar un marco de supervisión de préstamos dudosos. La presidenta reportó al Consejo de Supervisión en 14 ocasiones y al Consejo de Gobierno en cinco. Habiendo cumplido su mandato, el grupo de trabajo se disolvió a finales de 2018 y la aplicación del marco de supervisión de préstamos dudosos se transfirió con éxito a las funciones operativas de la Supervisión Bancaria del BCE.

Una estrategia global para gestionar los volúmenes de préstamos dudosos requiere la acción de todas las partes involucradas, incluidas la UE y las autoridades públicas nacionales

Sin embargo, resolver el reto de los préstamos dudosos va mucho más allá de las actuaciones supervisoras. Las autoridades nacionales y las instituciones europeas han de aunar fuerzas para solucionar esta cuestión. Esta fue también una de las conclusiones principales del informe del BCE sobre el inventario de las prácticas nacionales relativas a los préstamos dudosos, cuya versión más reciente se publicó en junio de 2017. Además, fue reconocida por el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros en julio de 2017, cuando los ministros de Finanzas acordaron un Plan de acción para hacer frente a los préstamos dudosos en Europa. El plan de acción establece la necesidad de actuar en tres áreas: la supervisión bancaria, las reformas de los marcos aplicables a la insolvencia y al cobro de deudas, y el desarrollo de mercados secundarios. En noviembre de 2018, la Comisión publicó el Tercer informe de situación sobre el plan de acción, en el que se indicaba que se había avanzado sustancialmente en su implementación. La Supervisión Bancaria del BCE ha participado activamente en numerosas iniciativas sobre NPL en las tres áreas mencionadas anteriormente, incluidas las señaladas en el plan de acción, en estrecha colaboración con las partes responsables de llevarlas a cabo.

En este contexto, la Supervisión Bancaria del BCE se coordinó estrechamente con las instituciones europeas pertinentes, como la Comisión Europea, en relación con la necesidad de asegurar la complementariedad de i) la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 575/2013 en lo que respecta a la cobertura mínima de pérdidas derivadas de exposiciones dudosas, y ii) el Apéndice a la Guía del BCE sobre préstamos dudosos para entidades de crédito.

Asimismo, la Supervisión Bancaria del BCE prestó apoyo a la ABE en la emisión de directrices relativas a la gestión de exposiciones dudosas y reestructuradas o refinanciadas, y de directrices relativas a la divulgación de información sobre exposiciones dudosas y reestructuradas o refinanciadas. Estas directrices generales deberían ser aplicadas por todas las entidades de crédito de la UE. Las entidades menos significativas deberían aplicarlas con arreglo al principio de proporcionalidad, según se establece en las mismas. Además, el BCE, en estrecha colaboración con la ABE y la Junta Única de Resolución (JUR), prestó asistencia a los servicios de la Comisión Europea en la preparación de un plan técnico para la creación de sociedades nacionales de gestión de activos, que se publicó en marzo de 2018.

Por último, la Supervisión Bancaria del BCE continuó trabajando estrechamente con la ABE para mejorar los criterios de concesión de nuevos préstamos. También participó en el grupo de trabajo de la JERS que elaboró el informe sobre enfoques macroprudenciales para los préstamos dudosos (Macroprudential approaches to non-performing loans), que se centra en el papel que puede desempeñar la política macroprudencial para prevenir aumentos sistémicos de los préstamos dudosos.

1.2.3 Elementos principales del enfoque supervisor aplicado por la Supervisión Bancaria del BCE a los préstamos dudosos

Estrategias de reducción de NPL de las entidades de crédito – avances y evaluación

En marzo de 2017, el BCE publicó su Guía sobre préstamos dudosos («Guía sobre NPL») para entidades de crédito. Como continuación de esta guía, se pidió a las entidades significativas con mayores niveles de préstamos dudosos y de activos reestructurados o refinanciados que remitieran a la Supervisión Bancaria del BCE sus estrategias de reducción de estos préstamos y activos. A este respecto, la Guía sobre NPL constituye la base del diálogo supervisor permanente con las distintas entidades. Las propias entidades de crédito son las responsables de ejecutar estrategias de NPL adecuadas y de gestionar sus carteras de NPL utilizando diversas opciones estratégicas, como la gestión interna o externa o la venta de estas carteras.

Dichas estrategias de NPL deben contener objetivos, fijados por los propios bancos y remitidos a los ECS, para reducir los préstamos dudosos a nivel de cartera en un plazo de tres años. En el capítulo 2 de la Guía sobre NPL se presentan buenas prácticas para formular estrategias de reducción de NPL y se facilita una lista de herramientas para su ejecución, que incluyen medidas de reestructuración y refinanciación, reducciones activas de la cartera, cambios de tipo de exposición y opciones jurídicas. También se pone de manifiesto que las entidades de crédito deben asegurarse de que su estrategia de NPL «no incluya una única opción estratégica, sino una combinación de estrategias y opciones para lograr mejor los objetivos a corto, medio y largo plazo». La combinación ideal de dichas herramientas depende de las características de la cartera de cada entidad y del entorno de mercado y jurídico en el que opera. Es importante señalar que la dirección de cada entidad de crédito debe aplicar su propio criterio al elegir la combinación de herramientas, basándose en un examen exhaustivo. El BCE no ha expresado ninguna preferencia por unas herramientas de reducción de NPL sobre otras.

La función de los equipos conjuntos de supervisión (ECS) es revisar, cuestionar y seguir los progresos de las entidades de crédito en relación con sus objetivos de reducción de NPL. Esta función está plenamente incorporada en su trabajo de supervisión normal y forma parte integrante del PRES. Los ECS evalúan las estrategias centrándose en tres aspectos principales: i) el nivel de ambición, ii) la credibilidad de la estrategia, y iii) la gobernanza. Las evaluaciones se basan en exámenes muy detallados de las carteras de exposiciones dudosas brutas y de activos adjudicados de los bancos, que pueden englobarse bajo el término «activos dudosos».

Las entidades de crédito con niveles más elevados de préstamos dudosos tienen que remitir trimestralmente información específica sobre los NPL a los ECS, detallando los factores determinantes de la reducción de sus NPL. Los ECS utilizan estos informes trimestrales para realizar un seguimiento de los progresos de las entidades y contrastarlos con los objetivos de reducción marcados en sus estrategias, tanto en términos totales como a nivel de cartera. Además, vigilan los avances con respecto a los objetivos fijados en términos tanto brutos como netos de provisiones para asegurar que el análisis siga un enfoque holístico. Como parte de su interacción periódica con los ECS, las entidades de crédito deben preparar y remitir un informe de implementación dos veces al año.

El objetivo del informe de implementación es verificar cómo están cumpliendo los bancos con sus estrategias de NPL, desde una perspectiva tanto cuantitativa como cualitativa. El progreso cuantitativo puede medirse a partir de la información trimestral sobre NPL y detallarse para identificar los factores concretos que han propiciado la reducción de los préstamos dudosos, como reembolsos, ventas, saneamientos, etc. Por tanto, las entidades se centrarán no solo en analizar la reducción total de sus NPL, sino también en señalar los factores que la han determinado a nivel de cartera y las razones que explican que los resultados hayan sido mejores o peores de lo esperado. El motivo es que existe una fuerte relación entre la trayectoria y las capacidades futuras de los bancos en relación con la reducción de los préstamos dudosos.

Para documentar estos aspectos cuantitativos, se recomienda que las entidades de crédito lleven a cabo un análisis y revisión específicos de clases y carteras de activos problemáticos, que incluyan su impacto en el capital a nivel de cartera. También deben asegurarse de que sus estrategias de NPL se actualicen constantemente, teniendo en cuenta toda esta información y estos análisis para garantizar que sean creíbles, adecuadas y factibles.

Los aspectos cualitativos del progreso de las entidades de crédito en esta materia también son muy importantes. Por tanto, su estrategia de NPL debe incluir también un plan operativo bien definido que sirva de base para los hitos, acciones y objetivos cualitativos de la estrategia. Al revisar su progreso cualitativo, los bancos deberán identificar, de forma proactiva, cualquier posible impedimento para ejecutar la estrategia con éxito. En este sentido, los distintos factores determinantes de las reducciones de los préstamos dudosos requieren cosas diferentes. La cura de préstamos, por ejemplo, exige un marco operativo sólido, recursos adecuados y un marco global de reestructuración y refinanciación, mientras que para la venta de carteras se necesitan datos de buena calidad, una infraestructura tecnológica sofisticada, gestores experimentados y asesores financieros adecuados. Los ECS revisan los aspectos cualitativos de las estrategias de las entidades y les informan sobre las deficiencias identificadas.

La Guía sobre NPL se centra significativamente en la importancia de contar con unidades de gestión de NPL especializadas, con políticas y procedimientos claros y con un conjunto bien definido de productos de reestructuración y refinanciación. También pone de relieve la necesidad de que los órganos de administración estén muy involucrados y comprometidos con el problema de los préstamos dudosos. Por tanto, las entidades de crédito han de revisar sus estructuras de gobierno interno y sus procedimientos operativos relativos a la gestión de los NPL; por ejemplo, los órganos de administración han de hacer plenamente suyo el problema.

Prestar más atención a la cura, la gestión y la reestructuración puede contribuir a fomentar prácticas de riesgo de crédito más prudentes que, con el tiempo, podrían ayudar a las entidades de crédito a aplicar a sus actividades crediticias unos estándares y una gobernanza más acordes con el riesgo.

En los últimos años, las entidades de crédito han avanzado mucho, en general, en sus estrategias de NPL, como pone de manifiesto la significativa disminución de los volúmenes de préstamos dudosos en muchos países y bancos europeos. No obstante, los niveles de NPL siguen siendo elevados. Por ello, los ECS continúan interactuando con las entidades y cuestionándolas cuando es necesario para asegurarse de que siguen avanzando. Si los bancos a nivel individual no cumplen sus propios objetivos, deben aplicar medidas correctoras suficientes y adecuadas a su debido tiempo.

Las entidades de crédito están utilizando diversas soluciones para reducir sus volúmenes de NPL, que varían entre entidades y países. Entre ellas se incluyen la reestructuración y la refinanciación y los reembolsos asociados, las ventas de carteras, los saneamientos y las adjudicaciones. Algunos países prefieren unas soluciones antes que otras debido a sus circunstancias particulares. Sin embargo, también parece haber distintos enfoques, incluso dentro de un mismo país, dependiendo de las circunstancias específicas de los bancos.

El proceso de la estrategia de NPL forma ahora parte integrante de los procesos de las entidades con altos niveles de préstamos dudosos y de los procesos supervisores de la Supervisión Bancaria del BCE. Por tanto, el trabajo relativo a esta prioridad supervisora continuará en 2019.

Expectativas supervisoras a nivel de cada entidad de crédito sobre la dotación de provisiones para el volumen de NPL

Los nuevos pasos en el enfoque supervisor relativo al volumen de NPL crean un marco coherente para abordar esta cuestión en el contexto del diálogo supervisor

El 11 de julio de 2018, el BCE anunció nuevos pasos en la definición de su enfoque supervisor para hacer frente al volumen de préstamos dudosos (es decir, las exposiciones clasificadas como dudosas según la definición de la ABE del 31 de marzo de 2018). El enfoque crea un marco coherente para abordar la cuestión, en el contexto del diálogo supervisor, a través de la definición de expectativas supervisoras a nivel de cada entidad de crédito, cuyo fin es lograr que se doten las provisiones adecuadas para los préstamos dudosos heredados y reforzar así la capacidad de resistencia del conjunto del sistema bancario de la zona del euro.

Con este enfoque, la Supervisión Bancaria del BCE ha mantenido más contactos con cada entidad para definir sus expectativas supervisoras. Esta evaluación se basó en las ratios actuales de NPL de cada banco, sus principales características financieras, su estrategia de reducción de NPL (en su caso) y una comparación con bancos semejantes, con el objetivo de asegurar un tratamiento coherente. También tuvo en cuenta los datos más recientes y la capacidad de las entidades para absorber provisiones adicionales.

Todas las entidades significativas sujetas a la supervisión directa del BCE han sido evaluadas con el objetivo de fijar expectativas específicas para cada una. El fin es asegurar que se avance de forma continua en la reducción de los riesgos heredados en cada entidad de crédito y lograr el mismo nivel de cobertura de los volúmenes y de los flujos de préstamos dudosos a medio plazo.

Finalización del Apéndice a la Guía sobre NPL

Publicación del apéndice tras un extenso diálogo público con todas las partes interesadas pertinentes

A principios de 2018, el BCE finalizó su Apéndice a la Guía del BCE sobre préstamos dudosos para entidades de crédito, tras la consulta pública celebrada entre el 4 de octubre y el 8 de diciembre de 2017. El 15 de marzo de 2018, el BCE publicó el apéndice junto con un detalle de los comentarios recibidos durante la consulta y un informe al respecto en el que figuran sus respuestas a dichos comentarios.

El apéndice complementa las orientaciones cualitativas sobre NPL, publicadas el 20 de marzo de 2017, y especifica las expectativas supervisoras del BCE en relación con niveles prudentes de provisiones para NPL nuevos. No tiene carácter vinculante y sirve como punto de partida para el diálogo supervisor entre las entidades de crédito significativas y la Supervisión Bancaria del BCE. El apéndice se refiere a los préstamos clasificados como dudosos —según la definición de la ABE— después del 1 de abril de 2018.

El trasfondo del apéndice es que, en línea con la Directiva de Requerimientos de Capital (DRC IV), los supervisores deben evaluar y tratar los riesgos específicos de cada entidad que aún no estén cubiertos, o que lo estén solo en una medida insuficiente, por los requerimientos prudenciales obligatorios definidos en el Reglamento de Requerimientos de Capital (RRC) (o «normas del Pilar 1»). En particular, el marco prudencial existente requiere que los supervisores evalúen y determinen si las provisiones de las entidades son adecuadas y se han dotado oportunamente desde una perspectiva prudencial. El apéndice expone las expectativas de la Supervisión Bancaria del BCE a este respecto y, por tanto, aclara el punto de partida para el diálogo supervisor. Como en el caso de otras expectativas supervisoras, el apéndice complementa cualquier legislación vinculante, como la propuesta de Reglamento por el que se modifica el RRC en lo que respecta a la cobertura mínima de pérdidas derivadas de exposiciones dudosas. Por tanto, para su elaboración, el BCE colaboró estrechamente con las instituciones europeas pertinentes, como la Comisión Europea.

Figura 2

Esquema de las expectativas supervisoras cuantitativas presentadas en el apéndice sobre NPL

Fuente: BCE.

Las expectativas supervisoras presentadas en el apéndice tienen en cuenta la medida en que los NPL cuentan con garantías. Para las exposiciones no garantizadas y las partes no garantizadas de exposiciones parcialmente garantizadas, se espera una cobertura del 100 % en un plazo de dos años a partir de la clasificación como dudosas. En el caso de las exposiciones íntegramente garantizadas y las partes garantizadas de exposiciones parcialmente garantizadas, se espera una cobertura del 100 % en un plazo de siete años a partir de la clasificación como dudosas, siguiendo una senda progresiva. Las expectativas relativas a las exposiciones garantizadas se ajustan al principio prudencial de que la cobertura del riesgo de crédito debe poder ser ejecutable en el momento oportuno.

El apéndice debe aplicarse mediante el diálogo supervisor con cada entidad

La aplicación práctica del apéndice debe formar parte del diálogo supervisor, en el que los ECS discuten con cada entidad de crédito las divergencias con las expectativas sobre provisiones prudenciales del apéndice. Posteriormente, y teniendo en cuenta la situación concreta de cada entidad, la Supervisión Bancaria del BCE decidirá, caso por caso, si es pertinente aplicar medidas supervisoras y, si procede, cuáles. El resultado de este diálogo se incorporará por primera vez al PRES en 2021. Hasta entonces las entidades deben prepararse y revisar sus políticas y criterios de concesión de créditos a fin de reducir la aparición de NPL nuevos, especialmente ahora que la situación económica es benigna.

1.3 Desarrollo adicional de la metodología del PRES

1.3.1 El ICAAP y el ILAAP desempeñarán un papel más importante en la evaluación supervisora

Se espera que, en el futuro, el ICAAP y el ILAAP desempeñen un papel incluso más importante en el PRES, incentivando a las entidades de crédito para que sigan mejorando sus procesos internos

Las perturbaciones financieras en el sector bancario suelen verse amplificadas o incluso estar causadas por la inadecuación de la cantidad y de la calidad del capital y de la liquidez de las entidades de crédito. Dos procesos básicos, el proceso de evaluación de la adecuación del capital interno (ICAAP) y el proceso de evaluación de la adecuación de la liquidez interna (ILAAP), son esenciales para reforzar la capacidad de resistencia de las entidades. Los requerimientos relativos al ICAAP y al ILAAP se establecen en la DRC IV.

Tanto el ICAAP como el ILAAP pretenden fomentar que las entidades midan y gestionen sus riesgos para el capital y la liquidez de una manera estructurada, utilizando enfoques específicos para cada una. Su objetivo no es simplemente producir un informe en beneficio de los supervisores, sino que se trata de valiosos procesos internos globales de las entidades para identificar, evaluar y gestionar y cubrir eficazmente el riesgo para el capital y el riesgo de liquidez en todo momento. Las entidades de crédito son responsables de aplicar el ICAAP y el ILAAP de manera proporcionada, es decir, estos procesos tienen que ser acordes, entre otros aspectos, con el modelo de negocio, el tamaño, la complejidad y el grado de riesgo de la entidad, así como con las expectativas de mercado.

Como se indica en las prioridades supervisoras del MUS, el ICAAP y el ILAAP son instrumentos clave para que las entidades gestionen la adecuación de su capital y su liquidez y, por ello, requieren atención específica por parte de los supervisores. Como parte del PRES, la calidad y los resultados de estos procesos se tienen en cuenta al establecer las medidas relativas al capital y a la liquidez y las medidas cualitativas. Unos buenos ICAAP e ILAAP reducen la incertidumbre de las entidades y de los supervisores acerca de los riesgos reales a los que se expone una entidad. Además, refuerzan la confianza de los supervisores en la capacidad de la entidad para asegurar la adecuación de su capital y su liquidez y, por tanto, continuar siendo viable.

En el futuro, el ICAAP y el ILAAP desempeñarán un papel incluso más destacado en el PRES, incentivando a las entidades de crédito para que sigan mejorando sus procesos internos. Entre otras cosas, los aspectos tanto cualitativos como cuantitativos del ICAAP cobrarán más importancia en la determinación de los requerimientos de fondos propios de Pilar 2 para cada tipo de riesgo.

1.3.2 Finalización de las guías para entidades de crédito sobre gestión del capital y de la liquidez

Se recomienda a las entidades de crédito que utilicen las guías para cerrar brechas y subsanar deficiencias en su gestión del capital y de la liquidez cuanto antes

En sus recientes evaluaciones del PRES, la Supervisión Bancaria del BCE llegó a la conclusión de que había deficiencias graves en más de la mitad de los ICAAP de las entidades significativas y en más de un tercio de sus ILAAP, como reflejan las calificaciones globales de «inadecuado» o «débil». Dichos ICAAP e ILAAP no aportan una base sólida para la gestión prudente del capital y la liquidez o para la determinación de los requerimientos de fondos propios adicionales. Por tanto, es necesario que las entidades sigan mejorando ambos procesos de evaluación.

En noviembre de 2018, la Supervisión Bancaria del BCE publicó guías sobre los ICAAP e ILAAP de las entidades. Estas guías ayudarán significativamente a acometer los cambios necesarios y representan un importante hito en el intento del BCE por mejorar los enfoques aplicados por los bancos para la gestión del capital y la liquidez, que comenzó con la publicación de sus expectativas supervisoras relativas al ICAAP y al ILAAP en enero de 2016. En este sentido, a principios de 2017, puso en marcha un plan plurianual en relación con el ICAAP y el ILAAP con el fin de establecer expectativas más detalladas y de comunicar a las entidades en fase temprana la dirección que se esperaba que tomaran. Las expectativas de 2016 se utilizaron de base para las guías y se introdujeron mejoras en tres rondas, teniendo en cuenta alrededor de 800 comentarios recibidos en dos consultas públicas. Sin embargo, la dirección general de las expectativas no varió en ningún momento del proceso.

Síntesis de los siete principios del ICAAP y del ILAAP

Los siete principios del ICAAP y del ILAAP son:

  • Gobernanza: se espera que el órgano de administración asuma plena responsabilidad del ICAAP y del ILAAP.
  • Integración: el ICAAP y el ILAAP deben formar parte integrante del marco general de gestión, incluidas las decisiones de negocio. Ambos procesos deben ser coherentes en sí mismos, entre sí y con otros procesos estratégicos.
  • Marco cuantitativo: se espera que la adecuación del capital y de la liquidez esté asegurada y contribuya a la viabilidad continuada de la entidad desde dos perspectivas diferentes —una perspectiva «normativa», que refleja los requerimientos y restricciones externos, y una perspectiva «económica», que debería reflejar la verdadera situación económica.
  • Identificación de riesgos: se espera que todos los riesgos materiales se identifiquen y gestionen.
  • Definiciones de capital interno/liquidez interna: desde la perspectiva económica, se espera que los colchones de capital y de liquidez sean de alta calidad y estén claramente definidos, de forma que las pérdidas económicas puedan absorberse cuando se produzcan.
  • Metodologías de cuantificación de riesgos: se espera que los riesgos se evalúen y cuantifiquen de forma conservadora, utilizando metodologías propias de cuantificación de riesgos que hayan sido exhaustivamente validadas.
  • Pruebas de resistencia: el BCE espera que las entidades de crédito implanten marcos de pruebas de resistencia sólidos y exhaustivos que aseguren que pueden sobrevivir por sí mismas durante períodos de circunstancias adversas plausibles, pero muy severas y prolongadas.

Las expectativas que figuran en las guías ahora son mucho más amplias, y el BCE comenzó a aplicarlas en enero de 2019. Sin embargo, el objetivo de las guías no es proporcionar orientaciones completas sobre todos los aspectos relevantes para la solidez del ICAAP y del ILAAP, sino que siguen un enfoque basado en principios, con especial atención a determinados aspectos clave desde una perspectiva supervisora. Por tanto, la Supervisión Bancaria del BCE subraya que el ICAAP y el ILAAP son, ante todo, procesos internos que deben ser adaptados a cada entidad, por lo que la aplicación de un ICAAP y un ILAAP adecuados a las circunstancias particulares de cada una sigue siendo responsabilidad de la propia entidad. Las guías ayudan a los bancos en esta tarea definiendo las expectativas relativas al ICAAP y al ILAAP en forma de siete principios, ilustrados con gráficos y ejemplos.

Como parte importante del PRES, pero también en otras actividades, como las inspecciones in situ (OSI, por sus siglas en inglés), los supervisores evaluarán individualizadamente si las entidades cumplen sus responsabilidades y gestionan su capital y su liquidez de forma acorde con sus actividades, su perfil de riesgo y otras circunstancias pertinentes. Se espera que las conclusiones extraídas de estas evaluaciones tengan cada vez más influencia en el PRES y su seguimiento en términos de medidas supervisoras. Si las entidades de crédito cuentan con ICAAP e ILAAP sólidos y robustos, ello se reflejará positivamente en el PRES.

Dado que unos ICAAP e ILAAP sólidos, eficaces, exhaustivos y prospectivos son instrumentos clave para asegurar la capacidad de resistencia de las entidades, se recomienda que estas utilicen las guías para cerrar brechas y subsanar deficiencias en su gestión del capital y de la liquidez cuanto antes. Dado que la filosofía y la orientación generales de las expectativas supervisoras del BCE no han cambiado desde su publicación inicial en enero de 2016, se espera que las entidades significativas hagan todo lo posible por tenerlas en cuenta cuanto antes. La evolución de las guías fue un proceso de varios años, y el BCE fue muy claro en relación con el aumento gradual de las expectativas. El breve lapso de tiempo entre la publicación de las guías (noviembre de 2018) y el comienzo de su aplicación (enero de 2019) no justifica la inacción.

1.3.3 Pasos dados para abordar el riesgo tecnológico

El riesgo tecnológico, incluido el ciberriesgo, ha centrado la atención de la Supervisión Bancaria del BCE desde el principio y ha pasado a ser una de las prioridades supervisoras para 2019.

Los ECS supervisan el riesgo tecnológico como parte de la supervisión continuada del riesgo operacional. En 2018 recibieron formación adicional sobre todas las áreas de riesgo tecnológico relevantes, con el fin de mejorar su conocimiento y sus competencias con vistas a las actividades de supervisión continuada y al PRES anual. Sobre la base de las Directrices de la ABE sobre la evaluación del riesgo de TIC en el marco del PRES, la Supervisión Bancaria del BCE aplicó una metodología de evaluación del riesgo tecnológico común y estandarizada. Utilizando un completo cuestionario de autoevaluación remitido a las entidades de crédito y los resultados de la evaluación del riesgo tecnológico realizada por los ECS, se llevaron a cabo complejos análisis horizontales. Este proceso arrojó abundantes resultados que sirvieron de base para las actividades de supervisión de los ECS y generó información temática sobre el estado global de la gestión del riesgo tecnológico en las entidades significativas. En general, los análisis confirmaron las áreas que fueron foco de atención de la Supervisión Bancaria del BCE previamente, a saber, seguridad tecnológica, dependencias y gestión de terceros y operaciones de TI.

Las OSI centradas en el riesgo tecnológico continuaron en 2018 y complementaron la supervisión continuada de los ECS. Sobre la base de la metodología OSI de la Supervisión Bancaria del BCE, en las inspecciones se investigaron objetivos de riesgo tecnológico específicos a petición de los ECS, con el fin de corroborar y profundizar en sus evaluaciones de este riesgo y poder conocer mejor cómo lo gestionan las entidades significativas. En 2019, algunas OSI de riesgo tecnológico seguirán un enfoque de campañas, en el que el mismo tema se inspecciona en varias entidades significativas con la misma dimensión, lo que permite preparar y ejecutar las inspecciones con mayor eficiencia, así como comparar resultados.

Como en años anteriores, se pidió a todas las entidades significativas de los 19 países de la zona del euro que comunicaran los ciberincidentes significativos tan pronto como se detectaran. Esta comunicación permite a la Supervisión Bancaria del BCE identificar y seguir las tendencias de los ciberincidentes que afectan a las entidades significativas, y también reaccionar con rapidez en caso de que un incidente grave afecte a una o varias de ellas.

Con el fin de asegurar un enfoque coordinado del riesgo tecnológico y del ciberriesgo y de facilitar que se compartan conocimientos y buenas prácticas, la Supervisión Bancaria del BCE siguió colaborando con todas las partes interesadas pertinentes (ANC, expertos internos del BCE, expertos en sistemas de pago e infraestructuras de mercado, otros supervisores de dentro y de fuera de la UE, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM), etc.) mediante reuniones bilaterales y la participación en grupos de trabajo internacionales.

1.4 Revisiones temáticas

Revisión temática de los modelos de negocio y determinantes de la rentabilidad

En 2018 se concluyó la revisión temática plurianual de los modelos de negocio y los determinantes de la rentabilidad

En 2018, la Supervisión Bancaria del BCE concluyó su revisión temática de los modelos de negocio y los determinantes de la rentabilidad y publicó el correspondiente informe. Esta revisión se puso en marcha en 2016, con el objetivo de llevar a cabo un análisis exhaustivo, a nivel de cada banco, de la capacidad de las entidades significativas para mitigar las debilidades de sus modelos de negocio, realizar un seguimiento de las consecuencias de una baja rentabilidad y enriquecer el análisis horizontal integrando los conocimientos de los ECS de forma coherente entre bancos. Los dos primeros años de la revisión se dedicaron a desarrollar herramientas, a recopilar datos y, en el caso de los ECS, a llevar a cabo análisis exhaustivos.

A principios de 2018, los ECS informaron a las entidades significativas de las deficiencias detectas y las principales conclusiones de la revisión temática. Como parte de un diálogo supervisor específico, discutieron con las entidades dichas deficiencias y cuestionaron sus planes de negocio. Las deficiencias detectadas se resumieron en cartas de seguimiento, en las que se formalizaron también los resultados del diálogo supervisor, y se utilizaron en la evaluación del modelo de negocio del PRES de 2018. En septiembre de 2018, la Supervisión Bancaria del BCE publicó las conclusiones generales de dicha revisión temática en su sitio web.

Las entidades de crédito de la zona del euro continúan realizando ajustes tras la crisis, pero la situación en términos de rentabilidad difiere ampliamente entre unas entidades significativas y otras

La revisión mostró que, aunque la situación económica de los bancos de la zona del euro ha mejorado en general, su rentabilidad y sus modelos de negocio continúan bajo presión. Si se analiza más allá de las tendencias agregadas, la situación en términos de rentabilidad difiere ampliamente entre unas entidades significativas y otras, aunque se proyecta cierto grado de convergencia hacia la media, dado que las que obtuvieron una rentabilidad peor esperan una mejora significativa de esta variable (véase gráfico 3). Los bancos que registraron mejores resultados que entidades semejantes en los últimos años están geográficamente dispersos, tienen tamaños diferentes y aplican modelos de negocio distintos.

Gráfico 3

Evolución de la rentabilidad de los recursos propios a tres años

(porcentajes)

Fuentes: FINREP y ejercicio de proyección de la rentabilidad.
Notas: Todas las muestras excluyen filiales de entidades de crédito no integradas en el MUS. Bancos con mejor rentabilidad: 22 entidades significativas con una rentabilidad media de los recursos propios superior al 6 % en los tres últimos años. Bancos con peor rentabilidad: 22 entidades significativas con una rentabilidad media de los recursos propios negativa en los tres últimos años.

Las capacidades de dirección estratégica son un factor importante que influye en la rentabilidadLos ECS realizan un estrecho seguimiento del aumento de la asunción de riesgos por parte de entidades individuales

El análisis confirmó que las capacidades de dirección estratégica (strategic steering)[7] de las entidades influyen de manera importante en su rentabilidad. Los ECS también observaron que muchos bancos intentan impulsar su rentabilidad recurriendo a actividades que pueden entrañar más riesgo (sobre todo, riesgo de crédito[8] o riesgo operacional[9]). Dado que puede haber razones de negocio válidas para recurrir a dichas actividades, las recomendaciones individuales no cuestionan necesariamente una estrategia determinada, sino que se centran en asegurar que la dirección estratégica y la gestión de riesgos mejoren mediante el seguimiento y la contención de los riesgos. Los ECS han participado en la identificación y la evaluación de estas cuestiones y las están siguiendo como parte de su seguimiento periódico de las entidades, utilizando todas las herramientas supervisoras disponibles.

Revisión temática de la NIIF 9

El objetivo de la NIIF 9 es asegurar una dotación de provisiones más adecuada y oportuna

La nueva norma contable sobre instrumentos financieros (NIIF 9), que entró en vigor en enero de 2018, pretende dar cabida a las lecciones extraídas de la crisis financiera, a saber, que las provisiones basadas en los modelos de pérdidas incurridas se tradujeron a menudo en un reconocimiento de pérdidas que podría calificarse de «demasiado escaso y demasiado tardío». La NIIF 9 aborda esta deficiencia introduciendo un modelo de pérdidas crediticias esperadas que incorpora información de carácter prospectivo durante la vida residual de los préstamos, lo que, por su propia naturaleza, exige considerables esfuerzos de aplicación y entraña riesgos potenciales derivados de la efectividad —aún desconocida— de este tipo de modelos en la práctica.

Los resultados de la revisión temática puesta en marcha en 2016 para evaluar el grado de preparación de las entidades de crédito para la aplicación de la NIIF 9 muestran que hay margen de mejora

Así pues, en 2016, el BCE decidió poner en marcha una revisión temática de la NIIF 9 como parte de sus prioridades supervisoras. Su objetivo era evaluar el grado de preparación de las entidades y promover una aplicación de alta calidad y coherente de la nueva norma. Las entidades se dividieron en dos tandas, en función de sus avances en la aplicación de la NIIF 9. En 2017 se publicó un informe con los resultados de la revisión temática de la primera tanda en el sitio web de supervisión bancaria del BCE. Los resultados de la segunda tanda se publicaron en un artículo en la Supervision Newsletter en 2018.

En conjunto, la revisión temática ayudó a conocer mejor los retos que afrontan las entidades de crédito en la aplicación de la NIIF 9 y puso de relieve que todavía hay margen de mejora.

La Supervisión Bancaria del BCE está realizando un estrecho seguimiento de la aplicación de medidas correctoras por parte de los bancos

Se recomendó a las entidades que aplicaran medidas correctoras para rectificar las deficiencias identificadas en la revisión temática de 2017 y 2018. La Supervisión Bancaria del BCE está realizando actualmente un estrecho seguimiento de los avances de los bancos en la implementación de dichas medidas. Entre otras cosas, la revisión temática puso de manifiesto diferencias significativas en las prácticas de dotación de provisiones de las entidades, que fueron sometidas a seguimiento por parte de los ECS a lo largo de 2018 y que seguirán siendo examinadas en 2019. Otra área que centró la atención supervisora en 2018 fue el impacto de la primera aplicación de la NIIF 9, que incluye el cambio en la clasificación de las exposiciones, la asignación de provisiones y la migración de las exposiciones entre fases. A este respecto, el BCE está examinando la contabilidad de los bancos, poniendo el foco en el capital y la información regulatorios.

En sus actividades de seguimiento de la implementación de la NIIF 9, la Supervisión Bancaria del BCE está cooperando con la JERS, la ABE y la AEVM en temas contables, con el fin de asegurar una aplicación de alta calidad y coherente de esta norma, así como un elevado nivel de transparencia para los inversores en toda la UE[10].

Un período transitorio suavizará el posible impacto negativo de la NIIF 9 sobre el capital regulatorio de las entidades

Asimismo, la Supervisión Bancaria del BCE está realizando un estrecho seguimiento de cómo están utilizando los bancos las disposiciones transitorias de la NIIF 9. Estas disposiciones fueron incorporadas al marco prudencial por los colegisladores de la UE para mitigar el impacto de la transición a los requisitos sobre deterioro de valor de la NIIF 9 sobre el capital CET1 de las entidades. Dado que las disposiciones transitorias podrían afectar a las ratios de capital de algunos bancos, el BCE está vigilando su correcta aplicación.

Revisión temática de los principios del BCBS 239

En mayo de 2018 se publicó un informe sobre la revisión temática de la eficaz agregación de datos sobre riesgos y presentación de informes de riesgos

Los principios del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea para una eficaz agregación de datos sobre riesgos y presentación de informes de riesgos (BCBS 239) se publicaron en enero de 2013. En este contexto, entre 2016 y 2018 se llevó a cabo una revisión temática sobre estas prácticas, que cubría una muestra de 25 entidades significativas. Los resultados se publicaron en un informe específico en el sitio web del BCE en mayo de 2018. Dicho informe reveló que la aplicación de los principios del BCBS 239 por parte de las entidades significativas incluidas en la muestra era insatisfactoria. Los resultados de la revisión se comunicaron a los bancos y se les remitieron cartas de seguimiento solicitando medidas correctoras. En este contexto, también se pidió a las entidades de crédito que presentaran planes de actuación claros, precisos y detallados. El grupo de trabajo centralizado, con el apoyo de los ECS, evaluó dichos planes para asegurar su coherencia horizontal y actualmente está realizando un estrecho seguimiento de cómo están avanzando los bancos en su aplicación.

La metodología utilizada en la revisión temática enriquecerá la metodología de evaluación supervisora sobre la agregación de datos sobre riesgos y la presentación de informes de riesgos. Actualmente, un equipo específico la está incorporando a la metodología del PRES, que se utilizará para todas las entidades significativas en el futuro.

La revisión se rigió por los principios del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea para una eficaz agregación de datos sobre riesgos y presentación de informes de riesgos. Dado que el BCE realiza un seguimiento de cómo van mejorando las capacidades de las entidades en este aspecto, comunica periódicamente la información pertinente a la Risk Data Network del Comité de Basilea.

Revisión temática de la externalización

En los últimos años, los desarrollos tecnológicos han afectado a la forma en que se ofrecen los servicios bancarios en todo el mundo. Por ejemplo, la externalización puede ayudar a las entidades de crédito a ser más eficientes, pero también puede plantearles problemas en relación con su gestión de riesgos y con la forma de controlar las actividades externalizadas. Los bancos muestran también cada vez más interés en la externalización a proveedores de servicios en la nube. Aunque estos servicios pueden poseer algunas ventajas (como economías de escala y eficiencia de costes), también presentan desafíos en términos de protección y localización de los datos.

En este contexto, la Supervisión Bancaria del BCE ha estado vigilando atentamente la externalización, que se identificó como una de las prioridades supervisoras del MUS para 2017. Así, en 2017 puso en marcha y concluyó una revisión temática que incluyó una muestra específica de entidades significativas, y las medidas de seguimiento se prolongaron en 2018 en el marco de la supervisión continuada ordinaria. En la revisión temática se evaluaron las prácticas de externalización de las entidades y se hallaron diferencias significativas en términos de su gobernanza y gestión. La Supervisión Bancaria del BCE también identificó buenas prácticas con el fin de promover mejoras adicionales y, sobre la base de la revisión temática, contribuyó a los trabajos de la ABE relativos a: i) las Recomendaciones de la ABE sobre la externalización de servicios a proveedores de servicios en la nube[11], y ii) las nuevas Directrices de la ABE sobre externalización, que sustituirán a las Orientaciones del CEBS y a las citadas recomendaciones cuando entren en vigor más adelante en 2019.

En estos documentos, la ABE aborda una serie de cuestiones relevantes que surgieron en la revisión temática de la Supervisión Bancaria del BCE. En conjunto, las Recomendaciones de la ABE tratan aspectos específicos de la externalización de servicios significativos en la nube, como la seguridad y la localización de los datos y sistemas. En la versión revisada de las Directrices se contemplan otros aspectos relevantes, como asegurar los derechos de acceso y de auditoría por escrito en los contratos de externalización, cuestiones de confidencialidad, estrategias de salida y la subcontratación o externalización «en cadena». También se ha introducido la obligación de mantener un registro de información de todas las actividades externalizadas y de ponerlo a disposición de los supervisores, cuando lo soliciten.

Con arreglo al marco revisado de la ABE, la Supervisión Bancaria del BCE pretende asegurar que las entidades de crédito aprovechen plenamente las innovaciones, manteniendo al mismo tiempo un entorno seguro, en el que los riesgos se controlen y mitiguen adecuadamente. Para ello, ha incorporado las Recomendaciones de la ABE a sus estándares de supervisión y las tiene debidamente en cuenta en el contexto de la supervisión continuada. La Supervisión Bancaria del BCE también ha asumido el compromiso de aplicar las Directrices y realizará un seguimiento de las medidas tomadas por las entidades para adaptar sus acuerdos de externalización. Además, está prestando atención a los retos que el Brexit y los planes de relocalización de los bancos suponen para la subcontratación, con el fin de asegurar que los acuerdos de externalización no impidan una supervisión eficaz.

1.5 Supervisión continuada

La Supervisión Bancaria del BCE trata de supervisar a las entidades significativas en función del riesgo y de forma proporcionada, aplicando, al mismo tiempo, rigor y coherencia. Para ello, cada año se define un conjunto de actividades esenciales de supervisión continuada. Estas actividades se basan en los requerimientos regulatorios existentes, en el Manual de Supervisión del MUS y en las prioridades supervisoras del MUS, y se incluyen en el programa de examen supervisor (SEP, por sus siglas en inglés) continuado de cada una de las entidades significativas.

Además de estas actividades esenciales que se definen centralizadamente, los ECS pueden adaptar la supervisión a las especificidades de cada entidad, en su caso, lo que les permite abordar riesgos que evolucionan con rapidez en entidades concretas o a nivel de todo el sistema.

En 2018, las actividades del SEP continuado incluyeron: i) actividades relacionadas con el riesgo (es decir, PRES y pruebas de resistencia); ii) otras actividades relacionadas con requisitos organizativos, administrativos o legales (por ejemplo, la evaluación anual de significatividad), y iii) actividades adicionales planificadas por los ECS para adaptar en mayor medida el SEP continuado a las especificidades del grupo o de la entidad supervisada (por ejemplo, análisis de temas concretos, como carteras crediticias o clases de activos seleccionadas).

Proporcionalidad

En 2018, las actividades supervisoras siguieron el principio de proporcionalidad y adaptaron la intensidad de la supervisión a la importancia sistémica y al perfil de riesgo de las entidades supervisadas

El SEP sigue el principio de proporcionalidad, es decir, la intensidad de la supervisión se adapta al tamaño, a la importancia sistémica y a la complejidad de cada entidad. Estos factores determinan el número total de actividades supervisoras continuadas que se han de llevar a cabo para una entidad concreta (véase gráfico 4).

Gráfico 4

Número medio de tareas por entidad significativa en 2018

Fuente: BCE.

Enfoque basado en el riesgo

El SEP también sigue un enfoque basado en el riesgo, centrándose en las categorías de riesgo más relevantes para cada entidad significativa. Un ejemplo serían los bancos con elevados niveles de préstamos dudosos, para los que se llevaron a cabo tareas específicas en 2018, como una evaluación de sus estrategias de reducción de NPL contrastándolas con las expectativas del BCE. Así pues, el porcentaje de tareas relacionadas con el riesgo de crédito realizadas para las entidades de crédito con altos niveles de préstamos dudosos fue superior que para la entidad media. Lo mismo es aplicable a las entidades con elevadas exposiciones a actividades de mercado y de negociación, que fueron sometidas a una supervisión más intensa en aspectos relacionadas con el riesgo de mercado (véase gráfico 5).

Gráfico 5

Actividades del SEP en 2018: foco en el riesgo de crédito y de mercado

Fuente: BCE.
Nota: Solo se han considerado las actividades planificadas relacionadas con categorías de riesgo.

Aspectos más destacados de la supervisión continuada en 2018

En el contexto del SEP continuado de 2018, las actividades relacionadas con la evaluación del PRES, la realización de las pruebas de resistencia a escala de la UE y el seguimiento del análisis de sensibilidad del IRRBB (riesgo de tipo de interés de la cartera de inversión) revistieron particular importancia para los ECS.

El PRES es una de las tareas fundamentales de los ECS, que se dedicaron a él durante todo 2018, con algunos picos de actividad coincidiendo con hitos principales, como la evaluación preliminar del capital, la liquidez y las medidas cualitativas y la elaboración de proyectos de decisión. Con el fin de poder incluir los resultados de las pruebas de resistencia a escala de la UE, el plazo límite para redactar las cartas con la decisión final se amplió hasta enero de 2019.

Otra actividad que exigió una dedicación considerable por parte de los ECS fue el ejercicio de pruebas de resistencia supervisoras, formado por las pruebas de resistencia a escala de la UE (aplicadas a 33 entidades significativas incluidas en la muestra de la ABE) y las pruebas de resistencia del BCE (realizadas a 54 entidades significativas que no se incluyeron en la muestra de la ABE)[12].

Otra actividad fundamental de los ECS en 2018 fue el seguimiento del análisis de sensibilidad del IRRBB llevado a cabo en 2017. En el primer trimestre de 2018, los ECS realizaron un seguimiento de aquellas entidades de crédito con respecto a las que el ejercicio reveló vulnerabilidades potenciales. Las medidas correctoras adoptadas para subsanar las deficiencias individuales detectadas fueron vigiladas durante el año en el marco del diálogo supervisor continuado con los bancos.

Análisis exhaustivos (deep dives)

Dentro de la supervisión continuada, los ECS tienen discrecionalidad para tratar los riesgos específicos de cada entidad y lo hacen, por ejemplo, fijando el alcance de los análisis exhaustivos (deep dives) —es decir, análisis de cuestiones idiosincrásicas— que forman parte del SEP. En 2018, los ECS se centraron principalmente en la gobernanza, el riesgo de crédito, y los modelos de negocio y la rentabilidad, lo que reflejó, en gran medida, las prioridades supervisoras de 2018 (véase gráfico 6).

Gráfico 6

Deep dives y análisis por categoría de riesgo en 2018

Fuente: BCE.

Situación de las actividades del SEP

Los SEP de 2018 se ejecutaron con éxito, con una tasa de implementación del 95 %

Los SEP de 2018 se ejecutaron con éxito. Al final del año se había implementado el 95 % de todas las actividades, y de ellas, el 82 % se había completado, mientras que el 13 % seguía en proceso de ejecución según lo planificado (por ejemplo, la evaluación de los planes de recuperación empezó en 2018 y estaba previsto que finalizara en 2019). Otro 3 % de las actividades se acabará con cierto retraso, y el 2 % se canceló, debido principalmente a cambios en las estructuras de las entidades o a la revocación de licencias (véase gráfico 7). No obstante, las actividades más importantes se llevaron a cabo de acuerdo con lo planificado y cubrieron los principales riesgos del sistema bancario. En conjunto, la reducida proporción de retrasos y cancelaciones confirma la idoneidad y la estabilidad del SEP continuado, así como la capacidad de los ECS para ejecutar las actividades cumpliendo la planificación.

Gráfico 7

Tasa de ejecución en 2018

Fuente: BCE.

Deficiencias supervisoras detectadas

Uno de los principales resultados de las actividades periódicas de supervisión son los «hallazgos» o findings, que, en otras palabras, son deficiencias que han de ser remediadas por las entidades de crédito. Los ECS son responsables de vigilar las medidas adoptadas por los bancos para subsanar estas deficiencias. El número anual de deficiencias registradas se ha estabilizado después de aumentar en los primeros años del MUS. En 2018, la mayoría de ellas se detectaron en investigaciones de modelos internos (en parte debido al proyecto TRIM, que incrementó la dedicación supervisora), OSI y revisiones temáticas (por ejemplo, de modelos de negocio y rentabilidad, véase gráfico 8).

Gráfico 8

Deficiencias supervisoras detectadas

Fuente: BCE.

1.6 Supervisión in situ

En 2018 se puso en marcha un total de 156 inspecciones in situ

El SEP in situ de 2018 fue el cuarto ciclo anual de inspecciones in situ desde el establecimiento del MUS. En 2018 se puso en marcha un total de 156 inspecciones in situ (OSI) en entidades significativas, el mismo número que en 2017 (véase gráfico 9). A 31 de diciembre de 2018, la mayoría de las inspecciones se habían completado (es decir, se había comunicado el informe de inspección final a las entidades inspeccionadas) o se encontraban en fase de elaboración del informe o de investigación.

La mejor priorización de las misiones permitió dotar de mayor estabilidad al SEP in situ en 2018. En conjunto, el 95 % de todas las misiones se puso en marcha según lo planificado, en comparación con el 84 % en 2017. Sin embargo, el SEP in situ mantuvo la flexibilidad suficiente para ocuparse de las situaciones urgentes y de los sucesos imprevistos, gracias a las actualizaciones periódicas del programa a lo largo del año.

Gráfico 9

Inspecciones in situ de 2018 y 2017: detalle por tipo de riesgo

Fuente: BCE.

Las inspecciones in situ se planifican y se dotan de personal en estrecha colaboración con las ANC, que aportan la mayoría de los jefes de misión y de los miembros del equipo. En 2018, el 88 % de las inspecciones fueron dirigidas por las ANC y se centraron principalmente en grupos bancarios con sede en sus respectivos países. El 12 % restante de las inspecciones fue dirigido por la División de Inspecciones In Situ Centralizadas (COI, por sus siglas en inglés) del BCE.

La supervisión bancaria europea está trabajando para aumentar las misiones con equipos mixtos y transfronterizos

En 2018, la Supervisión Bancaria del BCE alcanzó su objetivo de aumentar el número total de misiones dotadas de equipos mixtos y transfronterizos. Este objetivo forma parte de una iniciativa plurianual consistente en ir incrementando gradualmente la proporción de estas misiones con respecto al total. Equipos de inspección «transfronterizos» son aquellos en los que el jefe de misión y al menos uno de sus miembros no proceden de la ANC del país de origen/de acogida correspondiente. Un equipo de inspección se considera «mixto» cuando el jefe de misión procede de la ANC del país de origen/de acogida correspondiente, pero al menos dos de sus miembros proceden de otro país. En total, 44 de las 156 OSI puestas en marcha en 2018 (28 %) fueron llevadas a cabo por equipos mixtos o transfronterizos, lo que representa un aumento significativo en comparación con 2017 (véase cuadro 3).

Cuadro 3

Inspecciones in situ con equipos transfronterizos y mixtos

Fuente: BCE.

Alrededor de un tercio de los inspectores in situ del MUS participaron en un programa de formación a medida

En 2018, alrededor de un tercio de los 1.150 inspectores in situ del MUS participaron en el programa de formación sobre OSI desarrollado por COI. Se ofrecieron más de 25 sesiones de formación sobre diez temas diferentes, que abordaron los principales tipos de riesgo del PRES, así como los procesos de las misiones in situ. Este programa se basa en la estrecha colaboración entre el BCE y las ANC: cada curso de formación fue desarrollado e impartido por inspectores in situ, y el 75 % de los cursos celebrados en 2018 fueron organizados por las ANC.

1.6.1 Principales deficiencias detectadas en las inspecciones in situ

El análisis siguiente ofrece una descripción general de las deficiencias más importantes extraídas de los 154 informes de inspección in situ que se finalizaron en 2018, referidos al SEP tanto de 2017 como de 2018[13].

Riesgo de crédito

Más de la mitad de las inspecciones de riesgo de crédito se centraron principalmente en la calidad de los activos y se llevaron a cabo mediante revisiones de expedientes de crédito. Las demás inspecciones se focalizaron sobre todo en los aspectos cualitativos de los procesos de gestión del riesgo de crédito de las entidades. En 2018 se pusieron en marcha tres campañas coordinadas de inspección del riesgo de crédito en una serie de bancos, que se centraron en: i) el sector inmobiliario residencial, ii) el sector inmobiliario comercial, y iii) las entidades con un nivel elevado de NPL. En particular, las deficiencias más importantes detectadas fueron las siguientes:

  • Procesos de concesión de crédito deficientes: evaluación insuficiente del riesgo de los deudores, niveles de autorización inadecuados, y criterios de concesión y procesos de aprobación de excepciones inapropiados.
  • Incorrecta clasificación y seguimiento de los deudores: deficiencias en la definición o identificación de exposiciones en situación de default o dudosas y procesos deficientes para el seguimiento de los acreditados de alto riesgo.
  • Error de cálculo de las provisiones: sobrevaloración de las garantías y tasas de cura, estimaciones de flujos de efectivo inadecuadas y deficiencias en los recortes de las garantías y en los parámetros para el cálculo de las provisiones colectivas.
  • Ratios regulatorias: error en el cálculo de los activos ponderados por riesgo (APR) e incumplimiento de las normas sobre grandes exposiciones.

Riesgo de gobernanza

Las deficiencias en el gobierno interno y la gestión de riesgos se detectaron en las OSI que se centraron exclusivamente en este tema, pero también en OSI dedicadas a otras áreas de riesgo. Las deficiencias más importantes se identificaron en las áreas siguientes:

  • Estructura societaria y organización: deficiencias en los marcos de control interno, recursos humanos insuficientes y falta de coordinación dentro del grupo.
  • Funciones y responsabilidades del órgano de administración: deficiencias en la delegación de poderes y debilidades en la aplicación de la estrategia y los procedimientos de gobernanza de la entidad.
  • Funciones de control interno, incluidas las de cumplimiento, gestión de riesgos y auditoría interna: deficiencias críticas en la situación, los recursos y el alcance de la actividad de todas las funciones de control interno.

Riesgo operacional

Las deficiencias más importantes estaban relacionadas, en su mayoría, con la medición del riesgo operacional (deficiencias en los procesos de recopilación de datos sobre el riesgo operacional y planes de actuación inadecuados para hacer frente a incidentes operacionales) y con el alcance de la gestión y la identificación de riesgos (cobertura y definición incompletas de los riesgos operacionales significativos y uso incoherente de parámetros en las distintas entidades jurídicas de un grupo).

Riesgo tecnológico

La mayoría de las deficiencias de importancia estaban relacionadas con la gestión de operaciones tecnológicas (procesos de gestión de incidentes inadecuados y falta de inventarios de activos completos y precisos), la gestión de los derechos de acceso (procesos de recertificación ineficaces e insuficiente segregación de funciones), la gestión de la calidad de los datos (procesos operativos deficientes para validar las entradas de datos manuales) y la gestión de la seguridad tecnológica (medidas de detección y de mitigación inadecuadas y tardías).

Riesgo para el capital

Los hallazgos relativos al capital regulatorio (Pilar 1) estaban relacionados con deficiencias en la asignación de las ponderaciones de riesgo correctas a las exposiciones, lo que se traduce en una infravaloración de los APR (sobre todo en relación con el riesgo de crédito, como consecuencia de la incorrecta asignación de clases de exposición y de no identificar la financiación de bienes inmuebles con fines especulativos).

Las cuestiones más graves identificadas en las misiones relativas al ICAAP estaban relacionadas con el insuficiente desarrollo de los marcos de pruebas de resistencia (que no abordan todos los riesgos materiales o no realizan pruebas de resistencia inversas), la cuantificación de las debilidades (principalmente en la modelización del riesgo de crédito) y deficiencias significativas en la integración del ICAAP en el marco de gestión.

IRRBB

Las deficiencias más graves relacionadas con el IRRBB se encontraron en la medición y la gestión del riesgo, en concreto, falta de fundamento para la modelización de los depósitos sin vencimiento y ausencia de validación periódica de los modelos IRRBB.

Riesgo de liquidez

La mayoría de las deficiencias relacionadas con el riesgo de liquidez afectaban a la medición del riesgo y las pruebas de resistencia. Los problemas más comunes eran la inadecuada modelización del riesgo, deficiencias en la estimación del perfil de retiradas de fondos de los productos financieros, errores en el cálculo de la ratio de cobertura de liquidez (LCR, por sus siglas en inglés) y el uso en las pruebas de resistencia de escenarios que no son acordes con la complejidad de la entidad.

Modelos de negocio y rentabilidad

Las deficiencias más importantes detectadas estaban relacionadas con el análisis de rentabilidad actual (análisis insuficiente de los principales determinantes de la rentabilidad y de las líneas de negocio, y deficiencias en las herramientas de fijación de precios por no incluir todos los costes y riesgos) y con el análisis de proyecciones financieras (previsiones financieras y escenarios excesivamente optimistas, y análisis e integración insuficientes del nuevo entorno regulatorio, contable y competitivo en la estrategia de negocio a futuro).

Riesgo de mercado

Las deficiencias más importantes se detectaron en la medición del riesgo, desde una perspectiva tanto contable como prudencial, especialmente en relación con la estimación del valor razonable. Se referían a un marco de definición de los niveles de activos inadecuado, que daba lugar a clasificaciones incorrectas, insuficientes reservas por cambios en el valor razonable y ajustes de valoración adicionales inadecuados.

1.7 Revisión específica de modelos internos (TRIM)

La revisión específica de modelos internos (el TRIM, por sus siglas en inglés) es un proyecto plurianual que se lleva a cabo en estrecha colaboración con las ANC y que comenzó en 2017, tras el trabajo analítico llevado a cabo en 2016. Su objetivo es reducir la variabilidad no justificada de los APR de las entidades y evaluar la idoneidad y adecuación de los modelos internos. En general, contribuye a asegurar la igualdad de condiciones, dado que promueve prácticas de supervisión uniformes que se centran en la aplicación correcta y coherente de los requerimientos regulatorios relacionados con los modelos internos. Por tanto, complementa las medidas establecidas en Basilea III.

El TRIM es el proyecto de mayor envergadura que la Supervisión Bancaria del BCE ha puesto en marcha hasta el momento. Es una iniciativa trascendental en la misión de armonizar la supervisión de modelos internos. En 2018, a medio camino de la fase de ejecución, el TRIM ya había arrojado resultados significativos para el cumplimiento de sus objetivos.

Ante todo, el TRIM ha definido y establecido prácticas armonizadas para la supervisión de los modelos internos utilizados por las entidades significativas, una condición indispensable para asegurar la igualdad de condiciones en el seno del MUS. El TRIM ha facilitado un entendimiento común entre las ANC de la normativa europea sobre modelos internos, como se refleja en la guía del BCE sobre modelos internos y en el marco metodológico común que se han de aplicar a las investigaciones in situ del TRIM. Los beneficios para la supervisión de modelos internos del MUS se extenderán más allá de la limitada duración del proyecto.

Con este espíritu, la guía del BCE sobre modelos internos se mantendrá como un documento vivo que se irá modificando y actualizando a lo largo del tiempo. En 2018 se alcanzó un hito importante con la publicación de una versión revisada[14], tras dos consultas públicas. La versión revisada también incorpora los comentarios de entidades incluidas en el ámbito del TRIM, la experiencia adquirida durante las investigaciones in situ del TRIM y los cambios regulatorios.

Con el fin de armonizar las prácticas supervisoras, un segundo logro importante del proyecto TRIM es la transparencia que aporta sobre las deficiencias típicas observadas en los modelos internos de las entidades significativas. Dado que la fase in situ del TRIM ya ha concluido en el 60 % de las aproximadamente 200 investigaciones previstas para el período 2017-2019, se pudieron llevar a cabo análisis horizontales y comparaciones con entidades semejantes de una manera sistemática, que permitieron obtener una visión general de las deficiencias más significativas o habituales identificadas en las entidades inspeccionadas. De esta forma se aseguró la coherencia de las evaluaciones supervisoras entre todas las investigaciones[15].

De hecho, las decisiones de supervisión resultantes de las investigaciones in situ del TRIM son un tercer logro esencial del proyecto TRIM, dado que ayudan a introducir mejoras en los modelos y a subsanar las deficiencias identificadas. Esto se consigue mediante el uso sistemático y coherente de medidas supervisoras para compensar posibles infravaloraciones del riesgo. Con este seguimiento específico, el TRIM contribuye a reducir la variabilidad no justificada de los APR en los modelos internos de las entidades de crédito.

Para alcanzar estos resultados, el TRIM exige un despliegue considerable de recursos de supervisión. Con el fin de evitar alterar el mantenimiento normal de los modelos por parte de las entidades, las modificaciones importantes y las aprobaciones iniciales de los modelos también se han seguido revisando in situ, separadamente de las investigaciones del TRIM y, en ocasiones, conjuntamente con ellas. En el transcurso de 2018, además de las 59 investigaciones in situ puestas en marcha en el marco del TRIM, se iniciaron 85 investigaciones de modelos internos en entidades significativas (55 de las cuales se llevaron a cabo in situ)[16]. En conjunto, en 2018 se emitieron 121 decisiones de supervisión sobre investigaciones de modelos internos[17].

En 2019 proseguirán tanto el trabajo necesario en el marco del proyecto TRIM como la revisión supervisora periódica de las modificaciones materiales de los modelos y de las solicitudes de su aprobación inicial. En particular, la fase in situ del TRIM debería concluir en el segundo semestre de 2019, con el fin de finalizar el proyecto TRIM en los primeros meses de 2020.

1.8 Supervisión indirecta de las entidades de crédito menos significativas

El Reglamento del MUS[18] otorga al BCE el mandato de garantizar el funcionamiento eficaz y coherente del MUS y, por tanto, le encomienda una función de vigilancia con respecto a las entidades de crédito menos significativas, mientras que la responsabilidad principal de la supervisión de estas entidades recae en las ANC. El objetivo primordial de esta función de vigilancia es velar por la aplicación uniforme de rigurosos estándares de supervisión en toda la zona del euro. A tal fin, la Supervisión Bancaria del BCE está colaborando estrechamente con las ANC en el desarrollo de un marco operativo para la vigilancia de la supervisión de las entidades menos significativas.

Estándares de supervisión y políticas comunes

El BCE y las ANC trabajan juntos desde hace años para definir estándares de supervisión comunes para la supervisión de las entidades menos significativas, que siguen siendo una herramienta clave para fomentar prácticas de supervisión que garanticen una supervisión coherente y de alta calidad de estas entidades.

El trabajo para impulsar la coherencia de las prácticas y procesos de supervisión de las entidades menos significativas continuó en 2018

A lo largo del año se precisaron algunos estándares de supervisión comunes ya existente[19] y se finalizaron otros nuevos. También se emprendieron iniciativas encaminadas a intercambiar buenas prácticas y a promover la implementación homogénea de los estándares en áreas específicas. Concretamente, se celebraron varios seminarios con ANC, con miras a identificar sus mejores prácticas en la supervisión del gobierno interno de las entidades menos significativas, su experiencia en la aplicación de las nuevas Directrices de la EBA relativas a la comunicación entre las autoridades competentes en materia de supervisión de las entidades de crédito y los auditores legales y las sociedades de auditoría que realizan la auditoría legal de las entidades de crédito[20] y su experiencia en la gestión de crisis. En el ámbito de la gestión de crisis, se finalizaron tres nuevos estándares comunes de supervisión[21].

Tras una consulta pública celebrada en otoño de 2017, en marzo de 2018 se publicó la versión definitiva de la Guía para la evaluación de las solicitudes de autorización de entidades de crédito fintech. Esta guía ya se está aplicando actualmente, en su caso, en la evaluación de las nuevas solicitudes de autorización. Asimismo, se ha seguido avanzando en el trabajo sobre las consecuencias de las tecnologías financieras para la supervisión bancaria.

Con el fin de garantizar una aplicación eficaz del estándar común sobre financieras de vehículos, se acometieron varias iniciativas para intercambiar información y promover comparaciones con entidades semejantes, gracias a una colaboración más estrecha entre los supervisores de estas financieras procedentes del BCE y de las ANC. Asimismo, el diálogo con el sector continuó por medio de seminarios. En 2018 se centró en la planificación de la recuperación, la digitalización y otras tendencias estructurales que afectan al sector de la automoción y que previsiblemente afectarán a las financieras de vehículos en el futuro.

La revisión temática de la NIIF 9 continuó en 2018, en estrecha colaboración con las ANC, con el objetivo de velar por la implementación uniforme de esta norma por parte de las entidades de crédito de toda la zona del euro. Entre otras cosas, se pusieron en marcha varias iniciativas para apoyar a los supervisores en su evaluación del grado de preparación de las entidades menos significativas para la aplicación de la NIIF 9.

Tras la finalización del Programa de Evaluación del Sector Financiero (PESF) de la zona del euro llevado a cabo por el FMI[22], que se centró en las entidades significativas, la Supervisión Bancaria del BCE contribuyó activamente a la evaluación de la supervisión de entidades menos significativas en el marco de los PESF nacionales de algunos países de la zona del euro[23]. Esta contribución se centró en la función de vigilancia del BCE con respecto a la supervisión de las entidades menos significativas, y se explicó la función del BCE y su colaboración con las ANC.

Metodología del PRES para las entidades menos significativas

2018 fue el primer año en que las ANC aplicaron una metodología común armonizada para el PRES de las entidades menos significativas. En enero de 2018, el Consejo de Supervisión aprobó la primera versión de la metodología del PRES para las entidades menos significativas, en cuya elaboración han colaborado empleados de las ANC y del BCE desde 2015. La implementación está llevándose a cabo con arreglo a un calendario escalonado, que permite una transición fluida de las metodologías nacionales a la metodología común durante un período de tres años: las ANC acordaron aplicar la metodología común del PRES como mínimo a las entidades menos significativas de alta prioridad en 2018 e ir extendiéndola al resto hasta 2020.

La metodología se basa en las Directrices sobre el PRES elaboradas por la ABE y toma como punto de partida el enfoque del BCE para las entidades significativas y las metodologías nacionales existentes. La metodología del PRES es flexible y proporcional, por lo que permite a las ANC adaptar la intensidad y la frecuencia de las actividades de supervisión al perfil de riesgo de las entidades de crédito y a su posible impacto sobre el sistema financiero. Este enfoque proporcionado comprende diversas frecuencias y niveles de granularidad para la evaluación de los niveles de riesgo y los sistemas de control del riesgo de cada entidad, así como para examinar cómo calculan los bancos sus necesidades de capital y liquidez internos tanto en condiciones normales como en situaciones de tensión. Las ANC tienen flexibilidad para tener en cuenta las especificidades nacionales (por ejemplo, normas contables o regulaciones) y llevar a cabo el proceso de toma de decisiones del PRES. La metodología del PRES para las entidades menos significativas se actualiza periódicamente y, por tanto, continuará evolucionando en el futuro.

Con el fin de incrementar la transparencia del mercado y de transmitir las expectativas supervisoras a los bancos, el BCE ha publicado en su sitio web de supervisión bancaria un resumen de la metodología del PRES para entidades menos significativas. Este resumen se centra en los aspectos generales de la metodología y en otros que son especialmente aplicables a las entidades menos significativas, como la proporcionalidad. El BCE también se reunió con asociaciones bancarias europeas para intercambiar opiniones sobre la citada metodología.

Cooperación en relación con entidades menos significativas concretas

La cooperación eficaz entre el BCE y las ANC es esencial para garantizar una supervisión coherente y de calidad de las entidades menos significativas. Durante 2018 se introdujeron mejoras en la colaboración entre el BCE y las ANC en tres ámbitos principales: i) colaboración técnica y de alto nivel, ii) vigilancia de las entidades menos significativas, y iii) análisis sectoriales y temáticos.

Colaboración técnica y de alto nivel: Existe un programa de intercambio periódico (que incluye reuniones y teleconferencias) entre representantes de alto nivel del BCE y de las ANC. A nivel técnico, también se ha potenciado la cooperación sobre prácticas de supervisión y entidades menos significativas concretas. En este ámbito, las secciones nacionales del BCE[24] han sido fundamentales para promover el intercambio de información y las mejores prácticas de supervisión entre las ANC.

Vigilancia de las entidades menos significativas: En consonancia con el enfoque adoptado en años anteriores y con el principio de proporcionalidad, las entidades menos significativas han sido objeto de seguimiento atendiendo a un sistema de priorización[25]. La cooperación entre el BCE y las ANC se ha centrado en la vigilancia periódica de las entidades menos significativas de alta prioridad y en las entidades menos significativas con problemas concretos que merecen especial atención supervisora, en particular aquellas que han experimentado un deterioro financiero. En los casos en que las decisiones de autorización (por ejemplo, la autorización de una entidad de crédito o la aprobación de la adquisición de participaciones significativas) contenían disposiciones complementarias[26] que precisaban un seguimiento supervisor, el BCE y la ANC pertinente cooperaron también para velar por la implementación de dichas disposiciones. Además, 2018 fue el primer año en que se aplicó la guía sobre requisitos de notificación[27]. Las opiniones del BCE sobre las notificaciones se emitieron en el contexto general de la cooperación continuada entre el BCE y las ANC, en especial en relación con el intercambio de información sobre entidades menos significativas concretas y sobre el enfoque supervisor adoptado por las ANC correspondientes.

Análisis sectoriales y temáticos: La realización de análisis sectoriales y temáticos ha contribuido también a reforzar la alta calidad de la vigilancia de la supervisión de las entidades de crédito menos significativas. Dada la importancia de los sectores de cooperativas en determinados países, durante los dos últimos años el BCE y las ANC correspondientes han examinado conjuntamente dichos sectores en dos países. Se estableció un grupo de cooperación (integrado por participantes tanto del BCE como de las ANC en cuestión) para hacer un seguimiento de la reforma del sector cooperativo en un país concreto, con miras a favorecer una implementación homogénea. Con respecto a los sistemas institucionales de protección (SIP), se llevó a cabo por tercera vez el ejercicio anual de monitorización de SIP «híbridos»[28] en países pertinentes. Se proporcionó apoyo a las ANC en países en los que entidades bancarias habían solicitado el reconocimiento de un SIP (o estaban considerando la posibilidad de solicitarlo). Además, con el fin de contrastar los enfoques de las distintas ANC en relación con los requisitos del PRES, y de reforzar la coherencia de los resultados de la supervisión, en 2018 se acometió un análisis comparativo de los requerimientos de Pilar 2 para las entidades menos significativas de alta prioridad. Por último, en el ámbito de las infraestructuras del mercado financiero (IMF), el BCE y las correspondientes ANC pusieron en marcha el análisis sectorial anual de IMF con autorización bancaria.

1.9 Funciones macroprudenciales

En cuanto a la política macroprudencial de la zona del euro, en 2018 el BCE continuó interactuando activamente con las autoridades nacionales, de acuerdo con las funciones que le atribuye el artículo 5 del Reglamento del MUS. En este marco definido de política macroprudencial, el BCE puede imponer: i) requerimientos más elevados en lo que respecta a los colchones de capital que los aplicados por las autoridades nacionales, y ii) medidas más estrictas con el fin de hacer frente a riesgos sistémicos o macroprudenciales. El Foro Macroprudencial sirve de plataforma para los miembros del Consejo de Gobierno y del Consejo de Supervisión, y en él se aúnan las perspectivas microprudencial y macroprudencial de todo el MUS[29]. Este foro permite que las medidas micro y macroprudenciales se complementen eficazmente.

En 2018 se recibieron más de 100 notificaciones sobre cuestiones macroprudenciales de las autoridades nacionales

En 2018, el BCE recibió más de 100 notificaciones de las autoridades nacionales relativas a cuestiones de política macroprudencial. La mayoría de ellas se referían a decisiones adoptadas trimestralmente en relación con la fijación de colchones de capital anticíclicos (CCA) y a decisiones sobre la identificación y el tratamiento del capital de entidades de importancia sistémica mundial (EISM) y de otras entidades de importancia sistémica (OEIS). También se recibieron notificaciones sobre otras medidas, por ejemplo las introducidas al amparo del artículo 458 del RRC, los colchones contra riesgos sistémicos y las relativas a la reciprocidad de las medidas macroprudenciales adoptadas en otros Estados miembros.

Siguiendo la metodología del Comité de Basilea, el BCE y las autoridades nacionales identificaron ocho EISM[30] que están obligadas a mantener colchones de capital adicionales de entre el 1 % y el 2 % en 2020. El BCE también recibió notificaciones sobre los porcentajes de colchón de capital de 107 OEIS, que están en consonancia con la metodología para fijar los colchones de capital mínimos de OEIS, que el BCE aplica desde 2016[31]. Esta metodología se encuentra en curso de revisión.

El BCE también participó en los trabajos realizados por la JERS, que es responsable de la supervisión macroprudencial del sistema financiero de la UE. Los ECS utilizan información de la JERS, junto con otros análisis macroprudenciales llevados a cabo por el BCE, para garantizar que se tengan en cuenta todos los riesgos relevantes. Del mismo modo, la JERS y otras autoridades macroprudenciales emplean la información facilitada por los ECS para asegurarse de que la información sobre cada entidad se usa en los análisis de riesgos sistémicos y para identificar posibles medidas de mitigación.

2 Contribución al marco de gestión de crisis y de resolución de la UE

2.1 Casos de crisis en 2018

2.1.1 Se determinó que ABLV Bank era inviable o existía la probabilidad de que lo fuera a ser en un futuro próximo

El 23 de febrero de 2018, el BCE determinó que ABLV Bank AS y su filial eran inviables o existía la probabilidad de que lo fueran a ser en un futuro próximo

Con arreglo al marco de gestión de crisis de la UE, el BCE puede determinar que un banco es inviable o es previsible que lo sea en un futuro próximo (failing or likely to fail, FOLTF), previa consulta con la JUR[32]. El 23 de febrero de 2018, la Supervisión Bancaria del BCE determinó que la entidad de crédito significativa letona ABLV Bank AS era inviable o existía la probabilidad de que lo fuera a ser, según lo dispuesto en el artículo 18, apartado 4, letra c), del Reglamento del Mecanismo Único de Resolución (Reglamento del MUR), ya que era previsible que, en un futuro cercano, no pudiera hacer frente a sus deudas o a otros pasivos a su vencimiento. Además, el BCE determinó lo mismo en relación con ABLV Bank, S.A., la filial en Luxemburgo de ABLV Bank AS.

Antecedentes de la declaración de FOLFT

Tras las salidas de fondos desencadenadas por un procedimiento sobre blanqueo de capitales iniciado en Estados Unidos, se impuso una moratoria a la entidad

El 13 de febrero de 2018, la Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos propuso una medida por la que se designaba a ABLV Bank como «entidad sometida a preocupación de primer orden en materia de blanqueo de capitales» (primary money laundering concern) de acuerdo con la Sección 311 de la USA PATRIOT Act. Tras el anuncio, la entidad registró repentinas retiradas de depósitos y falta de acceso a financiación en dólares estadounidenses, lo que le impidió continuar efectuando pagos en dicha divisa. El 19 de febrero de 2018, la Comisión de Mercados Financieros y de Capitales de Letonia (FCMC, por sus siglas en inglés) impuso una moratoria[33] a ABLV Bank AS, por orden de la Supervisión Bancaria del BCE. La moratoria, que imponía a la entidad la prohibición de todos los pagos sobre sus pasivos financieros, se consideró necesaria a fin de concederle tiempo para solventar sus problemas de liquidez. Ese mismo día, se impuso en Luxemburgo una suspensión de pagos a ABLV Bank, S.A.

Dada la urgencia de la situación, el procedimiento para la evaluación de FOLTF se completó en dos días

ABLV Bank AS y su filial ABLV Bank, S.A. no disponían de fondos suficientes para hacer frente a las salidas de depósitos que previsiblemente se habrían producido de haberse levantado la moratoria. Por consiguiente, el 22 de febrero de 2018, el Consejo de Supervisión del BCE decidió dar comienzo al procedimiento de FOLTF e inició un proceso formal de consulta con la JUR. Seguidamente, el Consejo de Supervisión y el Consejo de Gobierno del BCE aprobaron las evaluaciones de FOLTF para ABLV Bank AS y para ABLV Bank, S.A. El 23 de febrero, estas evaluaciones se remitieron tanto a la JUR como a la Comisión Europea, tal como prevé el artículo 18 del Reglamento del MUR. La Supervisión Bancaria del BCE también notificó sus decisiones a todas las autoridades pertinentes, con arreglo al artículo 81 de la DRRB y la DRC IV.

Cooperación e intercambio de información con la JUR

La estrecha cooperación entre la Supervisión Bancaria del BCE y la JUR contribuyó al éxito del proceso de gestión de crisis

La Supervisión Bancaria del BCE informó a la JUR en cuanto conoció la propuesta de medida de la FinCEN. El deterioro de la situación de liquidez de las entidades se discutió pormenorizadamente con representantes de la JUR en reuniones de gestión de crisis organizadas por el BCE. La JUR también fue invitada a participar en calidad de observador en las reuniones pertinentes del Consejo de Supervisión del BCE. Además, un representante del BCE participó en todas las sesiones ejecutivas de la JUR relacionadas con el caso, incluida la reunión en la que la JUR decidió no adoptar una medida de resolución.

Medidas adoptadas tras la evaluación de FOLTF

Tras la decisión de la JUR de no adoptar una medida de resolución, ABLV Bank AS presentó una solicitud de liquidación voluntaria

El 24 de febrero de 2018, la JUR decidió no tomar una medida de resolución en los casos de ABLV Bank AS y ABLV Bank, S.A. al concluir que, aunque se cumplían las condiciones para la resolución especificadas en el artículo 18, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento del MUR, no se satisfacía la condición prevista en el artículo 18, apartado 1, letra c), relativa al interés público. En paralelo, la FCMC y la Commission de Surveillance du Secteur Financier (CSSF) de Luxemburgo, en su condición de autoridades designadas en virtud de la Directiva 2014/49/UE[34], determinaron que los depósitos garantizados de ABLV Bank AS y de ABLV Bank, S.A., respectivamente, habían dejado de estar disponibles[35]. Posteriormente, ABLV Bank AS presentó una solicitud de liquidación voluntaria con arreglo a la Ley de Entidades de Crédito de Letonia. La Supervisión Bancaria del BCE revocó la licencia de ABLV Bank AS en julio de 2018, a propuesta de la FCMC, que continúa supervisando el proceso de liquidación voluntaria. En el caso de ABLV Bank, S.A., el órgano jurisdiccional competente de Luxemburgo decidió que no se cumplían las condiciones para el inicio de un procedimiento nacional de insolvencia. Por lo tanto, el banco quedó sometido a un régimen de suspensión de pagos con arreglo a la legislación nacional, y el tribunal nombró dos administradores externos para controlar la gestión de sus activos[36].

Principales enseñanzas extraídas

El caso de ABLV pone de manifiesto la necesidad de alinear la DRRB/Reglamento del MUR y las leyes de insolvencia nacionales y de que las autoridades competentes en materia de PBC cooperen más estrechamente

El caso de ABLV puso de relieve la existencia de posibles desajustes entre el marco de gestión de crisis de la UE y las legislaciones nacionales en materia de insolvencia. Con arreglo a lo dispuesto en la DRRB/Reglamento del MUR, no solo la falta de liquidez efectiva, sino también la probable falta de liquidez en un futuro cercano, son razón suficiente para determinar que una entidad de crédito es FOLTF. En cambio, las leyes nacionales de insolvencia exigen, por lo general, que se haya producido una situación de falta de liquidez efectiva para iniciar procedimientos de insolvencia por motivos de liquidez. Por eso, la Supervisión Bancaria del BCE ha propiciado y respaldado una modificación del marco jurídico de la UE para garantizar la activación automática de procedimientos nacionales de liquidación cuando se declare que un banco es inviable o es probable que lo sea en un futuro próximo y la JUR decida que no se cumple el criterio del interés público para iniciar una medida de resolución.

En cuanto a los asuntos relacionados con la prevención del blanqueo de capitales (PBC), es importante señalar que velar por el cumplimiento de la legislación nacional sobre PBC es competencia de las autoridades nacionales pertinentes. No obstante, dentro de los límites de su competencia y a la luz de la información disponible, el MUS tiene en cuenta cuestiones relacionadas con el blanqueo de capitales. Lo hace, por ejemplo, mediante la evaluación del PRES, puesto que los incumplimientos graves de los requisitos en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (PBC/FT) pueden llegar a constituir un riesgo para la viabilidad de una entidad bancaria. A este respecto, resulta primordial el intercambio de información entre las autoridades pertinentes (véase recuadro 2).

2.1.2 Comunicación sobre casos de inviabilidad o previsible inviabilidad

La comunicación es un componente fundamental de la gestión de toda crisis. Dejar patente que las autoridades responsables están resolviendo una crisis puede aplacar las reacciones del mercado y reducir así los riesgos de contagio. Cuando una entidad es inviable o es previsible que lo sea en un futuro próximo, resulta crucial no solo encontrar una solución a la crisis, sino también comunicarla al público de forma eficaz.

La coordinación entre las distintas partes involucradas es esencial para transmitir al público un mensaje claro y completo.

En el caso de ABLV Bank, el BCE, la JUR y la FCMC colaboraron estrechamente en sus actividades de comunicación. En un primer momento, el domingo 18 de febrero de 2018, la Supervisión Bancaria del BCE anunció la imposición de una moratoria[37]. Seis días después, el sábado 24 de febrero y tras la decisión del BCE de que ABLV Bank AS y ABLV Bank, S.A., eran inviables o era previsible que lo fueran en un futuro próximo, la JUR anunció su decisión de que no existían razones de interés público para la resolución de las entidades[38]. Muy poco después, se produjeron anuncios coordinados de la Supervisión Bancaria del BCE[39] y la FCMC sobre la declaración de FOLTF por parte del BCE. La FCMC y la CSSF también publicaron notas en las que dieron cuenta de sus respectivas decisiones en las que declaraban la no disponibilidad de los depósitos[40].

Tras determinarse que ABLV era inviable o era probable que lo fuera en un futuro próximo, el BCE recibió preguntas de un miembro del Parlamento Europeo y del Presidente del Bundestag alemán sobre cuestiones relativas al caso de ABLV Bank. El BCE respondió a estas preguntas aplicando las normas de confidencialidad vigentes y publicó las respuestas en su sitio web de supervisión bancaria[41].

Publicación de las evaluaciones de FOLTF no confidenciales

Las evaluaciones de FOLTF están sujetas a las obligaciones de secreto profesional y a las normas de confidencialidad que son aplicables a todas las decisiones que el BCE toma en su papel de autoridad de supervisión.

En aras de la transparencia y la rendición de cuentas, y atendiendo al interés general del público, el BCE publicó versiones no confidenciales de las dos evaluaciones de FOLTF correspondientes a la entidad letona ABLV Bank AS y a ABLV Bank, S.A. en su sitio web de supervisión bancaria, tal como había hecho en casos anteriores. A fin de respetar las obligaciones de secreto profesional, no se divulgó información confidencial. La Supervisión Bancaria del BCE publicó estas evaluaciones poco después de que la JUR hiciera públicas las versiones no confidenciales de sus decisiones relativas a la resolución. La publicación de las evaluaciones de FOLTF no confidenciales constituye una excepción a la política general de comunicación del BCE, que, con arreglo a los requisitos legales, no prevé la publicación de decisiones de supervisión o evaluaciones sobre entidades concretas que están protegidas por normas de secreto profesional.

Recuadro 2
El papel del BCE en la prevención del blanqueo de capitales

Cuando se estableció el marco del MUS, los legisladores de la UE optaron por mantener la responsabilidad en materia de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (PBC/FT) en el ámbito nacional. La investigación del incumplimiento de la normativa correspondiente por parte de las entidades de crédito también es competencia de las autoridades nacionales responsables de la lucha contra el blanqueo de capitales.

Sin embargo, para el BCE es importante tener en cuenta los resultados de la supervisión de la PBC/FT en sus tareas de supervisión con arreglo al artículo 127, apartado 6, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y al Reglamento del MUS[42]. Concretamente, los riesgos de blanqueo de capitales o de financiación de actividades terroristas son relevantes para la supervisión prudencial del BCE de cara a evaluar la adquisición de participaciones significativas en entidades supervisadas (incluido el proceso de autorización de entidades de crédito), para las evaluaciones de idoneidad de directivos actuales o potenciales de entidades supervisadas y para las actividades ordinarias de supervisión. Los incumplimientos graves de la normativa en materia de PBC/FT constituyen indicios de una gobernanza débil y unos controles internos débiles. Pueden dañar la reputación de una entidad de crédito e incluso desembocar en la imposición de fuertes sanciones administrativas o penales a las entidades supervisadas o a su personal. Por lo tanto, constituyen un riesgo para la viabilidad de las entidades supervisadas. En los últimos meses se han emprendido varias iniciativas a escala europea destinadas a elaborar propuestas para reforzar la cooperación entre las autoridades responsables de la PBC y los supervisores prudenciales e integrar más eficazmente las consideraciones de PBC en la supervisión prudencial.

La quinta Directiva sobre PBC[43], concretamente en su artículo 57bis, párrafo 2, introdujo dos importantes novedades con respecto a la función del BCE en materia de PBC. En primer lugar, con su modificación del artículo 56 de la DRC IV, permitía al BCE intercambiar información confidencial con las autoridades supervisoras nacionales de PBC. En segundo lugar, obligaba al BCE a celebrar un acuerdo, con el apoyo de las Autoridades Europeas de Supervisión (AES), sobre las modalidades prácticas para facilitar el intercambio de información con todas las autoridades competentes en materia de PBC que supervisan a entidades de crédito e instituciones financieras. El BCE trabajó para concluir dicho acuerdo con la ayuda del Comité Conjunto para la prevención del blanqueo de capitales (Joint AML Committee) de las AES, en un proceso que coordinó la ABE. Este acuerdo fue suscrito por el BCE el 10 de enero de 2019.

Se espera que la mejora del intercambio de información entre el BCE y los supervisores de PBC de la UE influya favorablemente en la ejecución tanto de la supervisión de la prevención del blanqueo de capitales como de la supervisión prudencial a escala de la UE. En su condición de supervisor bancario, el BCE no es responsable de la supervisión directa en materia de prevención del blanqueo de capitales, pero se beneficiará del hecho de que las autoridades nacionales competentes compartan información relevante.

Respetando el reparto de responsabilidades en el ámbito de la PBC que prescribe el actual marco jurídico, la Supervisión Bancaria del BCE está creando una función de coordinación de la prevención del blanqueo de capitales, que se prevé que cumpla tres cometidos principales. Primero, servirá como punto único de entrada para el intercambio directo de información sobre PBC entre el BCE, en su calidad de supervisor prudencial, y las autoridades nacionales competentes en la materia. Segundo, establecerá y presidirá una red de PBC integrada por ECS de bancos cuyo modelo de negocio sea propenso a riesgos de blanqueo de capitales. La finalidad de esta red será lograr una mayor integración de las consideraciones de PBC en la supervisión prudencial. Tercero, centralizará los conocimientos especializados sobre cuestiones de PBC/FT relevantes para el MUS. En este sentido, la nueva función de coordinación de la PBC contribuirá a desarrollar las posiciones del BCE en este ámbito y, además, cooperará con el grupo de trabajo sobre prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo del BCE (AML/CFT Task Force), que integra a todas las áreas operativas del BCE pertinentes.

2.2 El marco de gestión de crisis del BCE

En 2018 se continuó desarrollando el marco de gestión de crisis del BCE, teniendo en consideración las recomendaciones del Tribunal de Cuentas Europeo

El BCE ha establecido un marco de gestión de crisis, el Plan de Acción de Emergencia del MUS, concebido para activar respuestas oportunas y eficaces a las crisis, mediante un flujo de información adecuado y procesos rigurosos de toma de decisiones. Prevé tres fases graduales, en función de la situación en la que se encuentre la entidad de crédito de que se trate: i) seguimiento reforzado de una entidad, ii) preparación para una actuación temprana, y (iii) preparación para una posible evaluación de FOLTF. El marco permite al BCE adaptar sus actuaciones para responder al deterioro de la situación financiera de una entidad, siguiendo un proceso gradual en tres fases (véase más adelante).

A lo largo de 2018 continuaron introduciéndose mejoras en el marco de gestión de crisis del BCE, gracias a las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas Europeo (TCE). Los procesos graduales dentro del marco se perfeccionaron mediante la incorporación de un conjunto más amplio de indicadores cualitativos y cuantitativos para definir la transición de una fase a otra. Los indicadores cumplen las directrices de la EBA para la actuación temprana y la evaluación de FOLTF y, por consiguiente, se refieren al capital y a la liquidez, así como a acontecimientos significativos. En lo que respecta a los indicadores cuantitativos, se han definido umbrales claros para determinar un posible deterioro de la situación financiera de una entidad de crédito. La División de Gestión de Crisis del BCE lleva a cabo el seguimiento de estos indicadores de forma centralizada. En el marco se tienen en cuenta indicadores y umbrales específicos de cada entidad, como, por ejemplo, los que se definen en los planes de recuperación de cada banco. Con independencia de los indicadores, la decisión de activar la siguiente fase puede basarse también en el juicio experto de los ECS y de la División de Gestión de Crisis del BCE.

El proceso gradual en tres fases

En cada una de las tres fases del proceso gradual se acometen medidas específicas para garantizar una respuesta adecuada a la situación. Concretamente, la situación de liquidez de las entidades es objeto de una atenta vigilancia, por ejemplo, mediante valoraciones frecuentes de la capacidad para cubrir las necesidades de liquidez y de los flujos de liquidez. Con el fin de asegurar una adecuada preparación de las entidades ante posibles crisis, en septiembre de 2018 el BCE realizó (como en años anteriores) un «simulacro» de liquidez, es decir, un ejercicio de presentación de datos utilizando una plantilla específica de control de la liquidez. Dentro de la Supervisión Bancaria del BCE, la División de Gestión de Crisis elabora informes periódicos para la alta dirección, los miembros del Consejo de Supervisión y la JUR sobre las entidades sujetas al marco de gestión de crisis.

La primera fase (vigilancia reforzada) se pone en marcha si se produce un deterioro de la situación financiera de una entidad de crédito. El ECS responde determinando las medidas de supervisión apropiadas y reforzando su vigilancia de la entidad (por ejemplo, realizando análisis exhaustivos adicionales, ordenando inspecciones in situ y/o intensificando el control de la liquidez). Al mismo tiempo, se intensifican la cooperación y el intercambio de información entre el ECS y la División de Gestión de Crisis, así como entre el BCE, la ANC y la JUR. La finalidad de la plantilla de control de la liquidez es recabar un conjunto mínimo de datos de liquidez, si procede.

Si el deterioro de la situación financiera continúa, hay que plantearse si es necesario llevar a cabo una evaluación de medidas de actuación temprana (según lo previsto en el artículo 27 de la DRRB) (segunda fase). El ECS y la División de Gestión de Crisis colaboran estrechamente para evaluar la situación y proponer medidas de acuerdo con los actos jurídicos de transposición de los artículos 27, 28 o 29 de la DRRB a la legislación nacional. Si la entidad de que se trate tiene presencia en Estados miembros no pertenecientes a la zona del euro o en terceros países, los colegios de supervisores garantizan la interacción entre los supervisores competentes. La División de Gestión de Crisis informará también a la función de política monetaria del BCE, en cumplimiento del principio de separación de funciones y con arreglo a la decisión del Comité Ejecutivo sobre el intercambio de información entre las funciones de política monetaria y de supervisión del BCE.

Si la situación financiera se agrava aún más (tercera fase), se crea un equipo de gestión de crisis específico para la entidad, con el fin de asegurar la plena sintonía entre los supervisores, las autoridades de resolución y las funciones de los bancos centrales en una situación de crisis. Este equipo está integrado por altos cargos del BCE, miembros del Consejo de Supervisión de las ANC pertinentes, la presidenta de la JUR y otros miembros ad hoc. Centraliza la coordinación de las actuaciones supervisoras necesarias, la planificación de contingencia y la vigilancia del progreso, la eficacia y la eficiencia de la gestión de la crisis. Esta labor puede incluir la preparación para evaluaciones de FOLTF en el marco de la planificación de contingencia en curso. Toda declaración de FOLTF se notifica a la JUR y, sin demoras injustificadas, a las autoridades competentes de acogida y de resolución, a los ministerios competentes, a los bancos centrales y al sistema o sistemas de garantía de depósitos, con arreglo a lo previsto en el marco jurídico.

En caso de crisis sistémica, se puede crear un grupo de seguimiento de alto nivel para la vigilancia y la identificación de posibles problemas de liquidez y de solvencia que pueden afectar simultáneamente a entidades significativas y menos significativas.

En todas las fases del Plan de Acción de Emergencia como marco de gestión de crisis, el BCE coopera con la JUR con arreglo a la legislación vigente y a los acuerdos interinstitucionales, como el memorando de entendimiento (MoU, por sus siglas en inglés) entre el BCE y la JUR. Por ejemplo, la División de Gestión de Crisis, en colaboración con los equipos conjuntos de supervisión, informa a la JUR del deterioro significativo de la situación financiera de la entidad o el grupo supervisado de que se trate, e intercambia opiniones y conocimientos con esta institución. Además, la JUR tiene acceso directo a los datos pertinentes específicos de la entidad que se encuentran almacenados en los sistemas informáticos del BCE.

Si se declara que una entidad de crédito es inviable o es previsible que lo sea en un futuro próximo, el equipo de gestión de crisis de la Supervisión Bancaria del BCE coordina el intercambio de información entre el MUS y la JUR o las autoridades nacionales de resolución, así como la preparación de cualquier medida necesaria, como, por ejemplo, la autorización de un banco puente y la revocación de la licencia de la entidad residual. Los principales responsables de la toma de decisiones en caso de resolución (tras la declaración de FOLTF) son las autoridades de resolución, es decir, la JUR y las autoridades nacionales de resolución. El BCE desempeña una función de asesoramiento.

2.3 La interacción con la Junta Única de Resolución

La Supervisión Bancaria del BCE y la JUR continuaron cooperando estrechamente en 2018

En 2018, como en años anteriores, la Supervisión Bancaria del BCE y la JUR continuaron cooperando estrechamente a todos los niveles, y un representante del BCE participó en las reuniones de las sesiones ejecutivas y plenarias de la JUR que tuvieron lugar en 2018. Asimismo, el Consejo de Supervisión del BCE invitó a la presidenta de la JUR a asistir a reuniones sobre cuestiones relevantes celebradas en 2018, con el fin de promover la colaboración y el intercambio de información sobre temas de interés común. La Supervisión Bancaria del BCE y la JUR también trabajaron conjuntamente en políticas relevantes para la supervisión y la resolución.

En el plano técnico, en el seno de los respectivos comités y entre las funciones horizontales pertinentes de la Supervisión Bancaria del BCE y la JUR se desarrolló una excelente y enriquecedora cooperación. Los equipos conjuntos de supervisión y los equipos internos de resolución responsables de entidades de crédito concretas intensificaron su colaboración en varios aspectos relacionados con la planificación de la recuperación y la resolución. En consonancia con lo previsto en el MoU, los equipos conjuntos de supervisión y los equipos internos de resolución mejoraron también su intercambio de datos pertinentes sobre entidades específicas. Además, realizaron seminarios conjuntos y celebraron reuniones con entidades significativas, siempre que se estimó necesario.

La Supervisión Bancaria del BCE consultó a la JUR sobre los planes de recuperación

Con arreglo a lo dispuesto en el marco jurídico, la Supervisión Bancaria del BCE consultó a la JUR sobre los planes de recuperación presentados por las entidades significativas cuyo supervisor en base consolidada es el BCE y tuvo en cuenta los comentarios de la JUR en su posterior evaluación de los planes de recuperación y en la preparación de sus propias respuestas a los bancos.

La Supervisión Bancaria del BCE recibió consultas sobre los planes de resolución

Por otra parte, en 2018, la Supervisión Bancaria del BCE recibió consultas sobre los planes de resolución de la JUR —incluidos los requerimientos mínimos de fondos propios y pasivos admisibles (MREL) y las evaluaciones de resolubilidad de entidades significativas—, los evaluó desde la perspectiva de la supervisión y remitió sus comentarios a la JUR. La Supervisión Bancaria del BCE se centró fundamentalmente en los posibles efectos de los planes de resolución (incluidos el MREL y las evaluaciones de resolubilidad) sobre las entidades significativas en términos de su continuidad como empresa en funcionamiento, por una parte, y sobre su propio enfoque supervisor, por otra.

Como en años anteriores, la JUR también consultó a la Supervisión Bancaria del BCE acerca del cálculo de las aportaciones ex ante al Fondo Único de Resolución. La Supervisión Bancaria del BCE revisó el cálculo para evaluar su posible impacto en las entidades significativas en términos de su continuidad como empresa en funcionamiento.

En 2018, la Supervisión Bancaria del BCE y la JUR finalizaron la revisión de su MoU bilateral, que se suscribió en primera instancia en 2015 y establece cómo deben cooperar e intercambiar información la JUR y la Supervisión Bancaria del BCE de conformidad con el Reglamento del MUR. El BCE y la JUR iniciaron su revisión del funcionamiento y la eficacia de la cooperación y el intercambio de información en virtud del MoU en 2017. Repasaron la experiencia acumulada durante sus dos primeros años de implementación y abordaron las dificultades prácticas con las que se habían encontrado. La revisión se centró fundamentalmente en el intercambio de información, con miras a mejorar la cooperación. En aras de la transparencia ante el sector y el público en general, la JUR y la Supervisión Bancaria del BCE publicaron el MoU, incluido el Anexo relativo al intercambio de información, en sus respectivos sitios web[44].

2.4 Trabajos relacionados con la planificación de la recuperación

Las entidades de crédito elaboran planes de recuperación que aseguren su capacidad de resistencia en períodos de tensiones financieras graves. En su evaluación de estos planes, el BCE se centra especialmente en que sean operativos y puedan ser implementados por las entidades de una forma eficaz y oportuna. La solidez de los planes de recuperación es fundamental para garantizar la eficacia del marco europeo de gestión de crisis.

En 2018, la labor relacionada con la planificación de la recuperación se focalizó en ofrecer una visión general de todo el sistema, con el fin de ayudar a las entidades de la zona del euro a mejorar sus propios planes de recuperación. Tras haber evaluado tres ciclos de planes de recuperación (desde 2015 hasta 2017), el 3 de julio de 2018 el BCE puso a disposición del sector bancario un informe sobre planes de recuperación, en el que identifica buenas prácticas en cinco ámbitos fundamentales: i) opciones de recuperación, ii) capacidad global de recuperación (ORC, por sus siglas en inglés), iii) indicadores de recuperación, iv) guías de implementación de los planes de recuperación, y v) simulacros (ejercicios de simulación).

Aunque la mayoría de los bancos han logrado avanzar en la planificación de la recuperación, todavía hay margen de mejora, en especial en la identificación de opciones de recuperación viables y creíbles y en el desarrollo de un marco de indicadores que abarque los riesgos y vulnerabilidades más relevantes de los bancos.

Disponer de una estimación adecuada de la capacidad global de recuperación es crucial para los supervisores, puesto que les permite evaluar si un banco puede salir de una situación de crisis aplicando las opciones de recuperación previstas en su plan. Estas estimaciones también resultan útiles para las autoridades de resolución como información de partida para planificar la resolución y definir los objetivos de MREL. No obstante, la experiencia de anteriores ciclos de evaluación ha demostrado que las entidades de crédito suelen sobreestimar su ORC. El informe del BCE muestra a las entidades cómo pueden presentar su capacidad global de recuperación (por ejemplo, teniendo en cuenta el carácter mutuamente excluyente de determinadas opciones y las interdependencias entre ellas, la aplicabilidad bajo distintos tipos de tensión y las limitaciones operativas de la aplicación simultánea de múltiples opciones). Durante los próximos ciclos, el BCE se centrará en obtener estimaciones creíbles de la ORC de los bancos, así como en alentar a las entidades con opciones de recuperación limitadas a reforzar esta capacidad.

Otra cuestión primordial es si las entidades de crédito pueden implementar sus planes de recuperación oportunamente y de forma eficaz en situaciones de tensiones graves. El BCE ha identificado dos buenas prácticas para ayudar a las entidades a lograr este objetivo: las guías de implementación y los simulacros. Las primeras son guías concisas que permiten a los bancos poner rápidamente en práctica sus planes de recuperación en situaciones de crisis. Los simulacros son ejercicios de simulación «en directo» que ayudan a las entidades de crédito a poner a prueba elementos fundamentales de su plan de recuperación, a formar a su personal para reaccionar en caso de crisis y a detectar áreas de mejora.

2.5 Casos de crisis de entidades menos significativas

La gestión de una situación de crisis que afecte a una entidad menos significativa exige un intenso intercambio de información y una gran coordinación entre la ANC pertinente, en calidad de supervisor directo de la entidad, y el BCE, en su función de vigilancia y en su condición de autoridad competente para la toma de decisiones sobre procedimientos comunes. La necesidad de una cooperación más intensa surge cuando una entidad menos significativa se encuentra próxima al punto de no viabilidad. En ese momento, el BCE y la ANC han de considerar conjuntamente la posibilidad de liquidar o resolver la entidad y deben coordinarse para la revocación de su autorización, la evaluación de adquisiciones o incrementos de participaciones significativas y la concesión de nuevas autorizaciones (por ejemplo, de una entidad puente).

La finalidad de este tipo de cooperación en el ámbito de la gestión de crisis es ayudar a las ANC y al BCE en sus respectivos cometidos y garantizar la disponibilidad de la información necesaria cuando deban tomarse decisiones urgentes con celeridad. La información intercambiada, las actuaciones emprendidas y la cooperación entre el BCE y las ANC son proporcionales a los riesgos que plantea una entidad de crédito menos significativa, teniendo en cuenta también las soluciones basadas en el sector privado que haya identificado la ANC. A lo largo de 2018, la cooperación entre las ANC y el BCE en varios casos de crisis de entidades menos significativas se caracterizó por un fructífero intercambio periódico de información que permitió tomar decisiones rápidas.

En 2018 se concluyeron tres estándares de supervisión comunes, que ya son aplicables:

  1. El estándar común sobre las prácticas supervisoras de las ANC para la gestión de crisis de entidades menos significativas y la cooperación con las autoridades de resolución, que garantiza la aplicación homogénea en cada país de las prácticas de gestión de crisis de entidades de crédito menos significativas.
  2. El estándar común sobre los procedimientos de supervisión de las ANC para las entidades menos significativas que incumplen los requerimientos mínimos de capital, que promueve un entendimiento común de las prácticas administrativas utilizadas para dar respuesta al deterioro de la situación financiera de estas entidades.
  3. El estándar común sobre la declaración de FOLTF, que promueve un entendimiento común de la declaración de FOLTF de entidades menos significativas, centrándose en la proporcionalidad del juicio experto, con el fin de garantizar que la medida que se pretende adoptar sea adecuada y necesaria para conseguir los objetivos que persigue el supervisor.

Estos tres estándares de supervisión comunes, junto con el estándar sobre el marco de cooperación para la gestión de crisis de las entidades menos significativas, en vigor desde 2017, contribuirán a la utilización de enfoques supervisores comunes dentro de la supervisión bancaria europea.

3 Autorizaciones y procedimientos sancionadores y de ejecución

3.1 Autorizaciones

3.1.1 Evolución del número de entidades significativas

Con arreglo a lo establecido en el Reglamento Marco del MUS, en noviembre de 2018 se llevó a cabo la evaluación anual sobre si un banco o grupo bancario cumple alguno de los criterios para ser considerado significativo[45]. Esta evaluación se complementó con evaluaciones de significatividad ad hoc que se realizaron al producirse cambios en las estructuras de los grupos y otros hechos que afectaron a los grupos bancarios. En total, 119 entidades[46] fueron clasificadas como significativas a 14 de diciembre de 2018, el mismo número total de entidades significativas que en la anterior evaluación anual de significatividad, con fecha de referencia de 5 de diciembre de 2017. A continuación se detallan los cambios en la composición de las entidades significativas entre estas dos fechas.

En 2018 se incluyeron dos nuevas entidades en la lista de entidades significativas debido al Brexit. Barclays Bank Ireland PLC y Bank of America Merrill Lynch International DAC pasaron a ser clasificadas como significativas y son supervisadas directamente por el BCE desde el 1 de enero de 2019, tras una solicitud formulada por el Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland, que prevé una expansión de las actividades de ambos grupos bancarios en la zona del euro.

Como resultado de la evaluación anual de significatividad, Permanent tsb Group Holdings plc pasó a adquirir la condición de menos significativa al no cumplir ninguno de los criterios para ser considerada significativa durante tres años naturales consecutivos. El Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland comenzó a supervisar a este banco el 1 de enero de 2019.

Los cambios en la lista de entidades supervisadas por el BCE durante el año se debieron a modificaciones en la estructura de los grupos, fusiones y adquisiciones, nuevas autorizaciones y revocaciones de licencias bancarias.

En 2018, cinco entidades fueron eliminadas de la lista de entidades de crédito supervisadas por el BCE:

  • Banco Mare Nostrum, S.A. se fusionó con Bankia;
  • Nordea Bank AB (publ), Suomen sivuliike, sucursal finlandesa de Nordea, dejó de existir como entidad con personalidad propia después de que su matriz, Nordea Bank AB (publ), se fusionara con Nordea Bank Abp;
  • Danske Bank Plc, filial finlandesa de Danske Bank A/S, transfirió su negocio a su matriz y dejó de existir;
  • VTB Bank (Austria) AG dejó de existir después de que su negocio fuera transferido a VTB Bank (Europe) S.E. en Alemania, que es supervisada como entidad menos significativa;
  • el BCE revocó la licencia de Cyprus Cooperative Bank Ltd.

Otras cuatro entidades pasaron a estar bajo la supervisión directa del BCE:

  • la creación del grupo Luminor hizo que Luminor Bank AS en Estonia y Luminor Bank AS en Letonia se incorporaran a la lista de entidades significativas;
  • Banque Internationale à Luxembourg S.A. pasó a ser supervisada directamente por el BCE tras su escisión de Precision Capital S.A.;
  • Nordea Bank Abp en Finlandia fue clasificada como significativa al serle otorgada una nueva licencia en Finlandia después de trasladar su sede social a este país desde Suecia.

La sucursal de HSBC Bank Plc en los Países Bajos mantiene su condición de entidad menos significativa, pues, aunque cumplía el criterio del tamaño, ciertas circunstancias[47] relacionadas con la reorganización del grupo HSBC impidieron su clasificación como entidad significativa.

La lista de entidades supervisadas se va actualizando a lo largo del año. Su versión más reciente puede consultarse en el sitio web de supervisión bancaria del BCE.

Cuadro 4

Entidades individuales o grupos bancarios significativos y menos significativos en el MUS después de la evaluación anual de 2018

Fuente: BCE.
Notas: Activos totales de las entidades incluidas en la lista de entidades supervisadas publicada en diciembre de 2018 (con fecha de referencia de 1 de noviembre de 2018 para las estructuras de grupo y de 14 de diciembre de 2018 para las decisiones sobre significatividad); la fecha de referencia de los activos totales es el 31 de diciembre de 2017 (o la última disponible).

Evaluación global de 2018

En 2018, el BCE publicó una versión actualizada de la metodología del análisis de la calidad de los activos aplicada en sus evaluaciones globales. El objetivo de esta actualización era reflejar los cambios en las normas contables (introducción de la NIIF 9) y capturar mejor los perfiles de riesgo de las entidades de crédito cuyos modelos de negocio se centran en servicios de inversión (especialmente relevante para los bancos que se trasladen a países del MUS como consecuencia del Brexit).

Además, en la segunda mitad de 2018 se inició una evaluación global del grupo Nordea, tras la decisión de la entidad de trasladar su sede y su matriz de Suecia a Finlandia, que dio lugar a su inclusión en el ámbito de actuación de la supervisión bancaria europea. Se espera que el ejercicio se concluya en el segundo trimestre de 2019.

3.1.2 Procedimientos de autorización

Número de procedimientos

En 2018, las ANC notificaron un total de 2.696 procedimientos de autorización a la Supervisión Bancaria del BCE, que incluyeron 43 solicitudes de licencia, 26 revocaciones de licencia, 82 caducidades de autorización[48], 100 adquisiciones de participaciones significativas, 419 procedimientos de pasaporte comunitario y 2.026 procedimientos de idoneidad (evaluaciones individuales de miembros de órganos de administración y supervisión, titulares de funciones clave y directores de sucursales de terceros países[49]).

Cuadro 5

Procedimientos de autorización notificados al BCE

Fuente: BCE.

En 2018 se completaron 2.013 procedimientos de autorización. Este número comprende 1.168 decisiones[50], 526 de las cuales fueron aprobadas por el Consejo de Supervisión y el Consejo de Gobierno y 642 por altos cargos, con arreglo al régimen de delegación de decisiones[51]. Estas 1.168 decisiones sobre autorizaciones representan aproximadamente el 61 % de todas las decisiones de supervisión individuales del BCE.

La composición de los procedimientos de autorización varió en comparación con 2017: el número de procedimientos de concesión y de caducidad de licencia aumentó, mientras que el de procedimientos de adquisición de participaciones significativas, de revocación de licencia y de pasaporte comunitario disminuyó. El número de procedimientos de idoneidad se ha reducido un 10 % desde 2017.

Evolución de los procedimientos comunes

La mayoría de los procedimientos de concesión de licencia (aproximadamente el 81 %) estuvieron relacionados con el establecimiento de nuevas entidades menos significativas. Al igual que en 2017, los dos determinantes principales de las nuevas solicitudes de licencia bancaria en 2018 fueron el creciente uso de innovaciones digitales para prestar servicios a clientes en la UE (modelos de negocio fintech) y la prevista retirada del Reino Unido de la UE, que propiciaron un incremento de las solicitudes de licencias bancarias en la zona del euro. Se espera que estas tendencias continúen en 2019: el sector fintech crecerá y se producirán más reestructuraciones relacionadas con el Brexit. El 19 % restante de los procedimientos de concesión afectaron a entidades significativas, y fueron principalmente para la ampliación de licencias para la prestación de servicios de inversión. Uno de los procedimientos relacionados con una entidad significativa se refirió al establecimiento de una nueva filial con objeto de trasladar la sede de una entidad de importancia sistémica mundial a la zona del euro.

En cuanto a las políticas de concesión de licencias, en marzo de 2018, después de un período de consulta pública, el BCE publicó una Guía para la evaluación de las solicitudes de autorización y una Guía para la evaluación de las solicitudes de autorización de entidades de crédito fintech, cuyo objetivo es respaldar las prácticas supervisoras comunes e incrementar la transparencia de las políticas. Tras una consulta pública separada realizada en octubre de 2018 sobre la parte 2 de la Guía para la evaluación de las solicitudes de autorización, en enero de 2019 se publicó una edición consolidada de las dos partes.

Los procedimientos de revocación suelen surgir de bancos que voluntariamente cesan su actividad o se fusionan o acometen otros tipos de reestructuración. Se refieren, en particular, a renuncias a licencias por parte de entidades significativas, que representan alrededor de un 50 % de todos los procedimientos de revocación. Sin embargo, en un número limitado de casos, la revocación de la autorización obedeció al incumplimiento por parte de una entidad de los requerimientos prudenciales, determinado conjuntamente por la ANC correspondiente y el BCE, o al incumplimiento de las normas nacionales sobre prevención del blanqueo de capitales.

Dos tercios de los procedimientos de participaciones significativas se refirieron a entidades menos significativas y un tercio a entidades significativas. En 2018, las operaciones de concentración transfronteriza de entidades significativas fueron limitadas. Algunos procedimientos guardaron relación con adquisiciones de participaciones mayoritarias en entidades significativas por parte de inversores de capital riesgo. La evaluación de estas operaciones requiere proceder con mucha atención, dada la complejidad de sus estructuras, los horizontes de inversión a corto plazo y el uso ocasional de financiación apalancada. No obstante, en términos numéricos, la mayoría de los procedimientos relativos a la adquisición de participaciones significativas notificados al BCE en 2018 tuvieron que ver con reorganizaciones internas de la estructura accionarial de entidades supervisadas. Dichas reorganizaciones se acometen principalmente para simplificar la estructura del grupo o reducir costes, aunque también pueden obedecer a motivos de arbitraje regulatorio.

En 2018, el Brexit exigió un esfuerzo supervisor significativo de evaluación de aquellos bancos que deseaban trasladar sus actividades desde sus entidades radicadas en el Reino Unido a la zona del euro. A fin de evitar la creación de sociedades vacías de contenido (empty shells), el BCE mantuvo un contacto continuo con estos bancos, que se tradujo en importantes ajustes en sus planes. Estos ajustes estaban relacionados, entre otras cosas, con el gobierno interno, la dotación de personal y la organización, la creación de negocio, el registro contable y la estrategia de cobertura, y los acuerdos intragrupo.

Evolución de las evaluaciones de idoneidad

En 2018, el BCE tramitó menos procedimientos de idoneidad que en 2017, lo que puede deberse a: i) la mayor estabilidad de los órganos de los bancos (en total, hubo menos mandatos nuevos en 2018), y ii) la duración del impacto de los cambios en la legislación francesa, que dejó de exigir evaluaciones de idoneidad para la reelección de los miembros del órgano de supervisión.

Alrededor de dos tercios de los procedimientos de idoneidad se referían a miembros del órgano de supervisión y el tercio restante a miembros del órgano de administración, titulares de funciones clave y directores de sucursales de terceros países. En alrededor de un tercio de los procedimientos de idoneidad cerrados en 2018 fue necesario llevar a cabo una evaluación más detallada. En muchos de estos casos, el BCE impuso condiciones, obligaciones o recomendaciones a las entidades significativas para resolver cuestiones concretas que generaban dudas, por ejemplo, en relación con la experiencia y la dedicación de tiempo suficiente por parte de algunos miembros de los órganos de administración y supervisión. La mayoría de estos casos se referían a miembros del órgano de supervisión.

En mayo de 2018 se publicó la actualización de la Guía para la evaluación de la idoneidad, alineándola con las Directrices conjuntas de la AEVM y la ABE sobre la evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de administración y los titulares de funciones clave.

En 2018, el BCE intensificó su diálogo con las entidades de crédito que presentan más solicitudes de idoneidad y publicó un vídeo explicativo sobre las evaluaciones de idoneidad del BCE. Con ello, pretendía reforzar la transparencia y la comunicación en torno a estas evaluaciones y dar apoyo a los bancos para la presentación de solicitudes completas y precisas.

El papel de las evaluaciones de idoneidad en la mejora de la gobernanza de las entidades de crédito también se subrayó durante la segunda conferencia de supervisión bancaria sobre expectativas de gobernanza para los bancos en un entorno financiero cambiante («Governance expectations for banks in a changing financial environment»), celebrada el 22 de marzo de 2018.

3.2 Denuncia de infracciones y procedimientos sancionadores y de ejecución

Potestades ejecutiva y sancionadora

De acuerdo con el Reglamento del MUS y el Reglamento Marco del MUS, la distribución de las potestades ejecutiva y sancionadora entre el BCE y las ANC depende de: i) la naturaleza de la supuesta infracción, ii) la persona responsable, y iii) la medida que deba adoptarse (véase el Informe Anual sobre las actividades de supervisión del BCE de 2014).

En 2018, el BCE tramitó 51 procedimientos —un 13 % más que en 2017— que dieron lugar a 16 decisiones del BCE, lo que supone un incremento del 60 % con respecto a 2017

En 2018, el BCE continuó reforzando sus procedimientos sancionadores y de ejecución a fin de promover un enfoque más eficiente y coherente, y, a la vez, utilizó su potestad sancionadora más a menudo.

En total, el BCE inició 27 procedimientos sancionadores en 2018. Si se tienen en cuenta los 24 que se encontraban en curso al cierre de 2017, el BCE tramitó 51 procedimientos sancionadores en 2018 (véase cuadro 6), lo que supone un incremento del 13 % con respecto a los 45 procedimientos tramitados en 2017. Los 51 procedimientos de 2018 dieron lugar a 16 decisiones del BCE, un 60 % más que en el año anterior.

Cuadro 6

Procedimientos sancionadores y de ejecución del BCE en 2018

Fuente: BCE.
1) En varias decisiones del BCE se hacía referencia a más de un procedimiento.

En 2018, el BCE impuso tres sanciones por un importe total de 4,8 millones de euros

De los 51 procedimientos sancionadores tramitados en 2018, 22 estaban relacionados con supuestas infracciones de legislación de la UE directamente aplicable (incluidos reglamentos y decisiones del BCE) cometidas por 13 entidades significativas. Estas infracciones, sobre las que el BCE tiene competencia directa para imponer sanciones administrativas, se incurrieron en las áreas de fondos propios, requerimientos de capital, presentación de información, divulgación de información y grandes exposiciones. En 2018, el BCE adoptó tres decisiones sancionadoras, en las que se impusieron sanciones a tres entidades supervisadas por infringir las normas sobre fondos propios, por un importe total de 4,8 millones de euros. Ocho de los 22 procedimientos relacionados con infracciones de legislación de la EU directamente aplicable se cerraron a lo largo de 2018, principalmente debido a que las supuestas infracciones no eran significativas o a que no existían fundamentos jurídicos para imponer sanciones en esos casos concretos. Tres de estos ocho procedimientos se cerraron con una decisión del BCE, y se decidió no continuar con los otros cinco antes de la fase de audiencia. Otros once procedimientos se encontraban aún en curso al cierre del ejercicio.

En respuesta a las solicitudes del BCE de abrir procedimientos sancionadores, y habiendo valorado los casos de acuerdo con su legislación nacional, en 2018 las ANC impusieron sanciones por un importe total de 1,33 millones de euros

Los 29 procedimientos sancionadores restantes de los 51 tramitados en 2018, en relación con los cuales el BCE no tenía competencias sancionadoras directas y solo podía solicitar a las ANC que abrieran procedimientos, se referían a: i) supuestas infracciones de la legislación nacional por la que se transponen las disposiciones de la DRC IV por parte de entidades significativas o de personas físicas, y ii) supuestas infracciones de legislación de la UE directamente aplicable cometidas por personas físicas. La mayoría de estos procedimientos se referían a supuestas infracciones de los requerimientos sobre gobernanza. En 2018, el BCE remitió diez solicitudes a las ANC para que abrieran procedimientos sancionadores en el ámbito de sus competencias nacionales. Tres de los 29 procedimientos se cerraron en 2018. En respuesta a las solicitudes del BCE, y habiendo valorado los casos de acuerdo con su legislación nacional, en 2018 las ANC impusieron sanciones por un importe total de 1,33 millones de euros.

En el gráfico 10 se presenta el detalle completo, por áreas de infracción, de las supuestas infracciones sujetas a procedimientos sancionadores y de ejecución tramitados por el BCE en 2018.

Gráfico 10

Las supuestas infracciones sujetas a procedimientos sancionadores y de ejecución se refieren en su mayor parte a los requerimientos de gobernanza

Fuente: BCE.

Si el BCE tiene motivos para sospechar que puede haberse cometido un delito, solicita a la ANC pertinente que remita el asunto a las autoridades competentes para su investigación y posible enjuiciamiento por la vía penal, de conformidad con la legislación nacional. En 2018 se presentó una solicitud de este tipo a la ANC pertinente.

Experiencia con la denuncia de infracciones con arreglo al artículo 23 del Reglamento del MUS

El BCE debe garantizar que se disponga de mecanismos eficaces para que cualquier persona pueda denunciar infracciones de la legislación de la UE aplicable (proceso de denuncia confidencial, generalmente conocido como whistle-blowing). En consecuencia, ha establecido un mecanismo de denuncia de infracciones (BRM, por sus siglas en inglés) que incluye una plataforma web preestructurada a la que se puede acceder a través del sitio web de supervisión bancaria del BCE.

La información recibida a través del mecanismo de denuncia de infracciones se estudia de manera adecuada (por ejemplo, valorando el impacto sobre el perfil de riesgo de la entidad) y se le hace un seguimiento apropiado (por ejemplo, mediante la solicitud de información, la realización de inspecciones in situ o la adopción de medidas de supervisión).

En 2018, el BCE recibió 124 denuncias de infracción, un 39 % más que en el año anterior

En 2018, el BCE recibió 124 denuncias de infracción, un 39 % más que en el año anterior. De estas denuncias, 93 guardaban relación con supuestas infracciones de la legislación de la UE aplicable y se consideró que 75 de ellas entraban en el ámbito de las funciones de supervisión del BCE y 18 en el de las funciones de supervisión de las ANC. Las restantes se referían principalmente a cuestiones nacionales no relacionadas con los requerimientos prudenciales (por ejemplo, la protección de consumidores) y, por consiguiente, quedaban fuera del ámbito del mecanismo de denuncia de infracciones.

Las supuestas infracciones más comunes denunciadas estaban relacionadas con la gobernanza (80 %) y el cálculo inadecuado de los requerimientos de fondos propios y de capital (8 %). En el gráfico 11 se presenta el detalle completo. Las denuncias relativas a la gobernanza se referían principalmente a la gestión de riesgos y los controles internos, los requisitos de idoneidad y la estructura organizativa[52].

Gráfico 11

Las supuestas infracciones denunciadas a través del mecanismo de denuncia de infracciones se refieren principalmente a cuestiones de gobernanza

Fuente: BCE.

Las principales investigaciones realizadas en 2018 en relación con las denuncias de infracciones recibidas fueron las siguientes:

  • evaluación interna basada en la documentación disponible (45 % de los casos);
  • solicitud de investigación o auditoría interna o de aportación de documentos o explicaciones a la entidad supervisada (40 % de los casos);
  • inspección in situ (15 % de los casos).

Por último, en 2018 el BCE optimizó la evaluación y el tratamiento de las denuncias de infracción recibidas, asegurando una respuesta adecuada, eficiente y oportuna, a pesar del aumento del número de casos.

4 El MUS como parte de la arquitectura de supervisión europea y mundial

4.1 Cooperación europea e internacional

Las entidades de crédito de la zona del euro tienen sucursales y filiales en 104 países fuera de la UE (datos a 31 de diciembre de 2017)

Las entidades de crédito de la zona del euro están presentes en más de 100 países fuera de la UE, y el MUS coopera ampliamente con las autoridades de supervisión de países pertenecientes y no pertenecientes a la UE. El BCE se ha comprometido a facilitar la cooperación, contribuyendo a las actividades de los colegios de supervisores y desarrollando instrumentos de cooperación, como memorandos de entendimiento (MoU, por sus siglas en inglés) y acuerdos individuales. Hasta ahora, los MoU han sido negociados con contrapartes como las autoridades de supervisión de Estados miembros de la UE no pertenecientes a la zona del euro y de terceros países y las autoridades nacionales de los mercados de valores.

4.1.1 Cooperación con otras autoridades de supervisión

Cooperación con autoridades de supervisión dentro del Espacio Económico Europeo

El BCE coopera con frecuencia con las ANC de países de la UE no pertenecientes a la zona del euro, de conformidad con las disposiciones de la DRC IV sobre la cooperación y el intercambio de información entre las autoridades competentes de la UE.

Hasta ahora, la Supervisión Bancaria del BCE también ha suscrito tres MoU con autoridades nacionales de los mercados de valores de países de la zona del euro. Estos memorandos se basan en un modelo diseñado conjuntamente por el BCE y la AEVM.

Cooperación con las autoridades de supervisión de terceros países

Con el tiempo, el BCE va dependiendo menos de los MoU existentes entre las ANC de la zona del euro y las autoridades de supervisión de terceros países, a medida que va suscribiendo sus propios MoU con dichas autoridades

El BCE trata de mantener una colaboración fructífera con las autoridades de supervisión de terceros países y de facilitar la supervisión transfronteriza continuada. En los casos en los que fue viable, la Supervisión Bancaria del BCE se adhirió a los MoU suscritos antes del establecimiento del MUS entre las ANC de países de la zona del euro y las autoridades de supervisión de terceros países, y, en otros casos, tuvo que desarrollar soluciones de cooperación a medida. En 2015, el BCE empezó a firmar sus propios MoU con las autoridades de supervisión de terceros países, con el fin de no tener que depender de los memorandos existentes entre las ANC de la zona del euro y dichas autoridades.

Hasta ahora se han evaluado y considerado equivalentes los regímenes de confidencialidad de 40 autoridades de supervisión de terceros países

Para asegurar la coherencia a escala de la UE, la Supervisión Bancaria del BCE colabora estrechamente con la Network on Equivalence de la ABE, que realiza evaluaciones de la equivalencia de los regímenes de confidencialidad de las autoridades de supervisión de terceros países. Únicamente se pueden concluir MoU sobre cooperación en materia de supervisión si se cumplen los requisitos de equivalencia relativos al secreto profesional.

Cooperación con las autoridades de supervisión del Reino Unido después del Brexit

Es fundamental garantizar una cooperación continuada en materia de supervisión con las autoridades del Reino Unido después del Brexit

El Reino Unido es un importante centro financiero mundial, con entidades de crédito que operan tanto en la zona del euro como en el país. Ante la salida prevista del Reino Unido de la UE, el BCE está trabajando estrechamente con las autoridades del país para diseñar un marco de cooperación que permita mantener una colaboración y un intercambio de información fluidos y continuados en materia de supervisión (en el recuadro 3 se presenta información adicional sobre los preparativos para el Brexit).

Recuadro 3
Preparativos para el Brexit

En 2018, los trabajos de la Supervisión Bancaria del BCE sobre el Brexit se centraron en dos aspectos: i) la evaluación de los planes de las entidades de crédito internacionales que desean trasladar sus actividades del Reino Unido a la zona del euro; y ii) el examen minucioso del grado de preparación de las entidades con sede en la zona del euro y que operan en el Reino Unido. A lo largo del año, el BCE comunicó claramente a las entidades de crédito que debían prepararse para todas las contingencias posibles, incluido un escenario de salida sin acuerdo que pudiera conducir a un Brexit duro sin un período de transición. Se instó a las entidades de crédito que tenían intención de trasladarse a la zona del euro a que presentaran solicitudes para la obtención de todas las autorizaciones necesarias por parte del BCE con el debido tiempo y, a más tardar, al final del segundo trimestre de 2018.

En consecuencia, el número de procedimientos de autorización evaluados por el BCE y las ANC aumentó considerablemente durante 2018. El BCE y las ANC también analizaron los planes de aquellos bancos que, debido al Brexit, deseaban ampliar las actividades de sus entidades ya presentes en la zona del euro. En todos los casos, se prestó especial atención a la existencia de una gestión de riesgos y de capacidades conexas adecuadas para evitar la creación de sociedades vacías de contenido (empty shells) en la zona del euro. Los supervisores hicieron particular hincapié en la organización interna y la gobernanza de los bancos, en sus capacidades de gestión de riesgos a nivel local y en el registro contable propuesto[53].

A finales de 2018, la mayoría de las entidades de crédito que iban a trasladarse a la zona del euro había logrado avanzar razonablemente bien en sus preparativos, guiadas por las expectativas supervisoras desarrolladas junto con las autoridades nacionales. En general, las principales cuestiones prudenciales identificadas por el BCE están relacionadas con los modelos de registro contable y de negocio. Los supervisores seguirán dialogando con las entidades en 2019 para abordar cualquier asunto pendiente y hacer un seguimiento de la implementación de los planes de relocalización.

El BCE, como supervisor directo de las entidades de crédito con sede en la zona del euro y que operan en el Reino Unido, instó a estas entidades a que se prepararan sin demora y presentaran planes pertinentes que respondieran a sus expectativas supervisoras. Se hizo especial hincapié en la elaboración diligente de planes de contingencia para todos los resultados posibles de las negociaciones, y en una preparación y planificación adecuadas en relación con las operaciones de las sucursales ubicadas en el Reino Unido.

El BCE también siguió comunicando sus expectativas supervisoras a través de actualizaciones de las preguntas frecuentes publicadas en el sitio web de supervisión bancaria del BCE y en conversaciones bilaterales con las entidades supervisadas. Además, se organizaron seminarios con el sector para analizar cuestiones relacionadas con los modelos de registro contable y con la gestión de riesgos de las entidades de crédito. El BCE también incluyó varios mensajes clave y declaraciones sobre el Brexit en la Supervision Newsletter del MUS y tiene previsto publicar nuevos artículos sobre cuestiones relativas al Brexit a lo largo de 2019.

Perspectivas de futuro

El año 2019 será fundamental para la labor del BCE en relación con el Brexit, dado que se acerca la fecha fijada para la retirada del Reino Unido de la UE. El BCE continuará vigilando la implementación de los planes y los preparativos de las entidades de crédito, así como su cumplimiento de las expectativas supervisoras del MUS. La Supervisión Bancaria del BCE también ha comenzado a asumir la supervisión directa de las entidades que adquirieron la condición de significativas como consecuencia de la relocalización de sus actividades a causa del Brexit. A lo largo de 2019 se sumarán otras entidades significativas. En general, los trabajos de supervisión relacionados con el Brexit en 2019 dependerán en gran medida de cómo se desarrollen las negociaciones políticas y de si finalmente se ratifica un acuerdo de retirada que incluya un período de transición. El BCE seguirá atentamente los acontecimientos políticos y valorará si es necesario modificar sus expectativas supervisoras.

4.1.2 Colegios de supervisores

Los colegios de supervisores constituyen la base de las evaluaciones conjuntas de riesgos y las decisiones conjuntas sobre los requerimientos de capital y de liquidez de los bancos internacionales con actividad transfronteriza

Los colegios de supervisores son estructuras de coordinación permanentes, pero flexibles, integradas por las autoridades competentes que participan en la supervisión de grupos bancarios transfronterizos. Los colegios desempeñan un papel destacado para las entidades de crédito de la zona del euro con presencia en países no pertenecientes a ella.

A finales de 2018, el BCE ejerció de supervisor en base consolidada en 29 colegios de supervisores de la UE, que, en consecuencia, estuvieron presididos por el ECS correspondiente. Esta cifra representa un colegio menos que en 2017, ya que actualmente dos entidades de crédito se encuentran inmersas en un proceso de reorganización, pero se creó un colegio nuevo para Nordea, después de que la entidad trasladara su sede a un país de la zona del euro.

Asimismo, el número de entidades transfronterizas domiciliadas en Estados miembros de la UE no pertenecientes a la zona del euro que operan a través de entidades significativas de la zona se redujo de siete en 2017 a seis, como consecuencia de la relocalización de Nordea a la zona del euro. El BCE participa en los colegios de supervisores creados para estas entidades de crédito como miembro activo, representado por el ECS responsable de supervisar la filial o sucursal correspondiente, y contribuye, por tanto, a la supervisión consolidada de estas entidades.

Cuatro entidades significativas desarrollan actividades transfronterizas relevantes fuera de la UE. El BCE ha creado colegios de supervisores para estas entidades y participa en ellos con objeto de facilitar la coordinación y el intercambio de información entre los supervisores correspondientes.

Por último, seis bancos con sede en países no pertenecientes a la UE tienen filiales significativas en la zona del euro. El BCE participa en los colegios correspondientes como autoridad de acogida y, como tal, contribuye de forma constructiva a la consecución de los objetivos del colegio y del supervisor en base consolidada, con arreglo a las normas y acuerdos internacionales.

En 2019 se espera un cambio significativo en el panorama de los colegios de supervisores debido a la retirada del Reino Unido de la Unión Europea. Por un lado, las filiales y sucursales de entidades de la zona del euro en el Reino Unido pasarán a ser entidades de terceros países, y, por tanto, las autoridades competentes del Reino Unido adquirirán la condición de observadores de terceros países en los colegios dirigidos por el BCE. Por otro lado, los bancos del Reino Unido pasarán a considerarse entidades de terceros países y se prevé que los colegios ya existentes con arreglo a la legislación europea pasen a ser colegios no pertenecientes a la UE. Por último, diversas entidades ubicadas en el Reino Unido tienen previsto trasladar su actividad a la zona del euro y es posible que el BCE tenga que crear y dirigir un número considerable de colegios nuevos en calidad de supervisor en base consolidada. Asimismo, el BCE podría ser supervisor de acogida en los colegios dirigidos por terceros países.

4.1.3 Cooperación estrecha

Los Estados miembros de la UE cuya moneda no sea el euro pueden participar en el MUS en un régimen de cooperación estrecha. Las condiciones fundamentales para ello se detallan en el artículo 7 del Reglamento del MUS, mientras que los aspectos procedimentales se establecen en la Decisión BCE/2014/5.

En julio de 2018, Bulgaria presentó una solicitud oficial para establecer una cooperación estrecha entre el BCE y el Българска народна банка (Banco Nacional de Bulgaria), convirtiéndose así en el primer Estado miembro no perteneciente a la zona del euro en adoptar medidas formalmente para participar en la unión bancaria.

El BCE decidirá si establece dicha cooperación cuando concluya su evaluación de la solicitud de Bulgaria. A tal fin, llevará a cabo una evaluación global de seis entidades de crédito búlgaras, así como un análisis de la legislación nacional pertinente, teniendo también en cuenta su aplicación práctica. En paralelo, el BCE está trabajando estrechamente con el Българска народна банка (Banco Nacional de Bulgaria), como autoridad nacional competente, para facilitar su integración fluida en el MUS.

4.1.4 Panel de Revisión de la ABE

La Supervisión Bancaria del BCE siguió contribuyendo de forma activa al Panel de Revisión de la ABE, que organiza y lleva a cabo periódicamente evaluaciones inter pares (peer reviews) de las actividades de los supervisores bancarios europeos, con el fin de fomentar la coherencia de los resultados de la supervisión. Estas evaluaciones se centran en el grado de convergencia en la aplicación de la legislación europea y en las mejores prácticas desarrolladas por las autoridades competentes.

En 2018, el Panel de Revisión de la ABE realizó una evaluación inter pares de las normas técnicas de regulación sobre las notificaciones de pasaporte, de conformidad con los artículos 35, 36 y 39 de la DRC IV, con el propósito de evaluar la granularidad y puntualidad de la información correspondiente remitida por las entidades de crédito a las autoridades de origen y de acogida. También se analizó si las autoridades de origen estaban satisfechas con la información recibida y si las autoridades de acogida recibían la información esencial para poder prepararse para la supervisión.

En la zona del euro, el BCE es el responsable en última instancia de las tareas relativas al pasaporte comunitario de las entidades significativas que se encuentran tanto dentro como fuera del ámbito del MUS. El BCE realiza un seguimiento de los procedimientos de pasaporte comunitario y lleva a cabo una parte importante de ellos con la ayuda de las ANC (por ejemplo, recopilación de notificaciones remitidas por las entidades significativas y realización de las evaluaciones iniciales para determinar si están completas).

En la evaluación inter pares se llegó a la conclusión de que el BCE cuenta con procesos exhaustivos, pero se identificaron áreas de mejora o simplificación de estos procesos, en las que el BCE y las ANC ya están trabajando.

4.1.5 Programas de evaluación del sector financiero del FMI

Los programas de evaluación del sector financiero (PESF) del FMI consisten en un análisis integral y profundo del sector financiero de una jurisdicción y comprenden los elementos siguientes: i) la identificación de vulnerabilidades clave y la evaluación de la capacidad de resistencia del sector financiero, ii) la evaluación del marco de políticas de estabilidad financiera de un país, así como su marco y sus prácticas de supervisión, y iii) la evaluación de las redes de protección financiera y de la capacidad del sistema financiero para gestionar y resolver una crisis financiera.

En 2018, el FMI concluyó el PESF de la zona del euro

En enero de 2017, el presidente del Comité Económico y Financiero de la UE solicitó al FMI la realización del primer PESF de la UE/zona del euro, con el objetivo de evaluar la nueva arquitectura de supervisión y resolución bancarias de la zona del euro. El programa, que se puso en marcha en junio de 2017 y cuyas conclusiones se hicieron públicas en julio de 2018, se centró, entre otros aspectos, en la supervisión bancaria y la gestión de crisis de las entidades significativas. A tal fin, el FMI llevó a cabo: i) una evaluación detallada de los principios pertinentes de los Principios básicos para una supervisión bancaria eficaz del Comité de Basilea[54], que se tradujo en calificaciones del cumplimiento, y ii) un análisis de los procedimientos de resolución y gestión de crisis bancarias en la zona del euro, que se basó en los Elementos Fundamentales para el Régimen de Resolución Efectivo de Instituciones Financieras (Key Attributes of Effective Resolution Regimes for Financial Institutions) del Consejo de Estabilidad Financiera (FSB, por sus siglas en inglés). Además, el FMI examinó la solvencia del sector bancario en el contexto de la evaluación de la estabilidad financiera del PESF. Los resultados de este PESF se utilizaron en las consultas del Artículo IV del FMI con los países de la zona del euro correspondientes a 2018.

En el PESF del FMI se formularon recomendaciones dirigidas tanto al BCE como a los legisladores

El BCE acogió favorablemente los resultados del PESF de la zona del euro que llevó a cabo el FMI. Algunas de las recomendaciones relevantes requieren la actuación del BCE para adaptar sus estructuras y/o procesos internos. En particular, por lo que se refiere a la supervisión bancaria, se recomienda que el BCE: a) continúe con sus actuales esfuerzos de racionalización de procedimientos internos y procesos de toma de decisiones, ya que han derivado en un uso más eficaz de los recursos y en respuestas más rápidas a nuevas cuestiones de supervisión, b) garantice que los acuerdos en materia de dotación de personal establecidos con las ANC proporcionen el personal necesario para los ECS y las inspecciones in situ, y c) mejore algunos aspectos de su enfoque supervisor, como las expectativas supervisoras, en las que debería aumentar la transparencia, y la supervisión del riesgo de liquidez. Otras muchas recomendaciones requieren la actuación de los colegisladores de la UE para que se modifique la legislación de la UE. Cabría citar, entre otros ejemplos, la recomendación de promover una mayor armonización de los requerimientos regulatorios europeos para evitar la fragmentación por países y la recomendación de otorgar facultades supervisoras al BCE en relación con todas las modalidades significativas de intermediación crediticia en la zona del euro, en especial en lo que respecta a la supervisión de sucursales de terceros países y, sobre todo, de empresas de inversión transfronterizas relevantes. En otra recomendación se indica que la legislación europea debería ajustarse en mayor medida a las normas de Basilea. La Supervisión Bancaria del BCE ha elaborado un plan de actuación aprobado por el Consejo de Supervisión para dar respuesta a las recomendaciones que entran dentro de las competencias de supervisión del BCE.

En futuros PESF nacionales, el FMI seguirá adoptando una perspectiva holística del sistema bancario analizado, evitando duplicidades con los PESF de la zona del euro. Al igual que sucede con el tratamiento de la política monetaria en los informes del Artículo IV por países del FMI, los PESF nacionales no deberían incluir análisis sobre la eficacia de la labor de supervisión bancaria del BCE/MUS. Este enfoque general permite al FMI alinear el alcance de los PESF nacionales y de la zona del euro con la nueva arquitectura de supervisión y resolución bancarias de la UE. También contribuirá a garantizar que la vigilancia y el asesoramiento del FMI mantengan su eficacia y relevancia para todas las autoridades pertinentes. En 2018, el FMI finalizó el PESF de Bélgica[55] e inició los de Francia, Italia y Malta. Asimismo, está previsto que se lleve a cabo un PESF de Austria en 2019.

4.2 Contribución al desarrollo del marco regulatorio europeo e internacional

4.2.1 Contribución al proceso de Basilea

En 2018, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (Comité de Basilea) se centró en la finalización de las iniciativas en curso, la evaluación del impacto de las reformas acometidas tras la crisis y la promoción de una supervisión rigurosa. El BCE, que participa activamente en los trabajos del Comité de Basilea, contribuyó interviniendo en los debates sobre políticas, aportando su experiencia y conocimientos en diversos grupos del Comité (como el que trata el arbitraje regulatorio), colaborando con miembros del Comité de Basilea en la UE y en el resto del mundo y participando en los análisis de impacto pertinentes. El BCE estuvo involucrado principalmente en los trabajos sobre el paquete de reformas de Basilea III.

Dado que la atención pasa a centrarse en la aplicación de las reformas acordadas, el BCE apoya a los legisladores y al Comité de Basilea para asegurar la eficacia de las reformas

En 2018, el Comité de Basilea siguió trabajando para garantizar la aplicación plena, oportuna y coherente de Basilea III y, más en general, para promover una supervisión bancaria rigurosa. Estos trabajos continuarán en los próximos años.

Asimismo, el Comité de Basilea inició un programa de trabajo exhaustivo para evaluar las reformas aplicadas desde la crisis, en el que se analizará la eficacia de normas concretas, la interacción entre las normas, su coherencia y el riesgo de arbitraje regulatorio, así como el impacto macroeconómico más amplio de las reformas posteriores a la crisis. El BCE seguirá contribuyendo activamente a la agenda de este Comité.

4.2.2 Agenda legislativa europea

En 2018, el BCE continuó contribuyendo a las reformas legislativas de la UE. En relación con la revisión de la legislación bancaria de la UE (RRC/DRC IV, DRRB y Reglamento del MUR), el BCE acogió satisfactoriamente el resultado de las negociaciones políticas entre el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo celebradas en diciembre de 2018, que allanaron el camino para la adopción definitiva de la legislación antes de las elecciones europeas de mayo de 2019. Esta legislación constituye un hito importante en lo que respecta al reforzamiento de la capacidad de resistencia del sector bancario a través de la aplicación de estándares internacionales y a la mayor reducción de riesgos, y debería permitir que se siga avanzando hacia la culminación de la unión bancaria, que incluye un sistema europeo de garantía de depósitos. En este contexto, el BCE continuó participando en la labor del grupo de trabajo ad hoc sobre el fortalecimiento de la unión bancaria.

En 2018, el BCE también contribuyó a otras actuaciones legislativas, especialmente a las propuestas de la Comisión Europea sobre la regulación de las empresas de servicios de inversión, los bonos garantizados, las exposiciones dudosas y el fortalecimiento del mandato de la ABE en la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. A solicitud del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, el BCE emitió dictámenes dirigidos a los colegisladores[56].

4.2.3 Contribución a los trabajos de la ABE

La Supervisión Bancaria del BCE y la ABE colaboran estrechamente en diversas áreas, como demuestra el elevado número de representantes del BCE que participan en los comités y grupos de trabajo de la ABE

A lo largo de 2018, la Supervisión Bancaria del BCE continuó colaborando estrechamente con la ABE en la consecución de sus objetivos comunes de aumentar la estabilidad financiera y promover una supervisión coherente en el sector bancario europeo.

La Supervisión Bancaria del BCE contribuyó activamente a los trabajos de la ABE a todos los niveles. En 2018, sus representantes participaron en un total de 50 comités y grupos de trabajo de la ABE, y presidieron o copresidieron cuatro de ellos. Asimismo, participó como miembro sin voto en la Junta de Supervisores de la ABE.

La colaboración abarcó cuestiones como la implementación del paquete de reformas para la finalización de Basilea III, los preparativos para el Brexit, el trabajo sobre validación de modelos, las evaluaciones de idoneidad, la externalización, EUCLID y la reducción de los préstamos dudosos

La colaboración entre la ABE y la Supervisión Bancaria del BCE abarcó diversas cuestiones. El BCE contribuyó, por ejemplo, a la respuesta de la ABE sobre la solicitud de asesoramiento de la Comisión Europea en relación con el paquete de reformas para la finalización de Basilea III. El BCE también colaboró en el Dictamen de la ABE sobre la retirada del Reino Unido de la UE[57] (véase recuadro 3) y en las normas técnicas y directrices de la ABE sobre modelos internos y validación de modelos[58].

Otro aspecto fundamental de la supervisión es el análisis de la solidez de los procedimientos de gobernanza y de la idoneidad de los miembros del consejo de administración. En la versión actualizada de la Guía para la evaluación de la idoneidad del BCE, publicada en mayo de 2018, se utiliza la terminología empleada en la DRC IV, las Directrices conjuntas de la AEVM y la ABE sobre idoneidad y las Directrices sobre gobierno interno de la ABE. Este trabajo es análogo al realizado para la actualización de las Directrices de la ABE sobre externalización (Guidelines on outsourcing arrangements), que la ABE sometió a consulta pública en 2018 (véase sección 1.4).

La Supervisión Bancaria del BCE contribuyó también al avance del plan de acción para hacer frente a los préstamos dudosos en Europa (véase sección 1.2). En octubre de 2018, la EBA concluyó sus Directrices relativas a la gestión de exposiciones dudosas y reestructuradas o refinanciadas, que están en consonancia con la propia Guía sobre NPL de la Supervisión Bancaria del BCE. Para la recopilación y el mapeo de datos de supervisión en todo el sector bancario europeo, la ABE y la Supervisión Bancaria del BCE están desarrollando una infraestructura centralizada europea de información supervisora (European Centralised Infrastructure for Supervisory Data, EUCLID). En 2018, el grupo de trabajo de la EBA y el BCE sobre la implementación de EUCLID supervisó los trabajos conjuntos y organizó seminarios de carácter técnico para garantizar la armonización de los modelos de datos, la categorización de las entidades y las obligaciones de información.

En consonancia con el principio de «cumplir o explicar» de la ABE, el BCE emitió notificaciones en relación con siete directrices, una directriz del comité conjunto y tres recomendaciones

La ABE sigue el principio de «cumplir o explicar» con el fin de promover la armonización regulatoria en la UE[59]. En virtud de este principio, el BCE, como autoridad competente de la supervisión directa de las entidades significativas, debe informar a la ABE si cumple o se propone cumplir las nuevas directrices y recomendaciones emitidas. En 2018, el BCE envió notificaciones a la ABE en relación con siete directrices, una directriz del comité conjunto y tres recomendaciones, tal como se muestra en el sitio web de supervisión bancaria del BCE[60]. Hasta ahora, la Supervisión Bancaria del BCE siempre ha informado a la ABE del cumplimiento o de la intención de cumplir las directrices de la ABE correspondientes.

4.2.4 Contribución a los trabajos del FSB

En 2018, la Supervisión Bancaria del BCE contribuyó activamente a los trabajos del Consejo de Estabilidad Financiera (FSB), en particular en las áreas de cooperación en materia de supervisión y regulación, de aplicación de normas y de resolución, y participó también en las reuniones del grupo regional consultivo para Europa del FSB.

El FSB se centra actualmente en el seguimiento de la aplicación de las reformas del sector financiero a escala mundial y en la evaluación de sus efectos. La Supervisión Bancaria del BCE participará de forma activa en las iniciativas del FSB pertinentes, cuya finalidad es determinar el impacto de las reformas acordadas sobre determinadas modalidades de crédito, también con vistas a subrayar los efectos positivos de la estabilidad y el correcto funcionamiento del sector bancario sobre el crecimiento económico sostenible. Además, seguirá contribuyendo a los trabajos del FSB en temas fundamentales, como el problema de las entidades que son «demasiado grandes para caer», la resolución bancaria, la gestión de crisis y los riesgos derivados del uso de nuevas tecnologías en los servicios financieros.

5 Estructura organizativa de la Supervisión Bancaria del BCE

5.1 Cumplimiento de la obligación de rendir cuentas

La Supervisión Bancaria del BCE continuó interactuando estrechamente con el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE

Este Informe Anual constituye uno de los principales canales de rendición de cuentas de la Supervisión Bancaria del BCE ante el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE, de conformidad con el Reglamento del MUS, que dispone que las funciones de supervisión del BCE deben someterse a unos requisitos de transparencia y rendición de cuentas adecuados. El BCE concede gran importancia al mantenimiento y la plena aplicación del marco de rendición de cuentas, que se establece de forma pormenorizada en el acuerdo interinstitucional entre el Parlamento Europeo y el BCE y en el memorando de entendimiento entre el Consejo de la UE y el BCE.

Por lo que respecta a la interacción con el Parlamento Europeo, en 2018 la presidenta del Consejo de Supervisión intervino ante la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento: i) para la presentación del Informe Anual sobre las actividades de supervisión del BCE correspondiente a 2017 (26 de marzo), ii) en dos audiencias públicas ordinarias (19 de junio y 20 de noviembre), y iii) en cuatro intercambios de puntos de vista ad hoc (26 de marzo, 19 de junio, 9 de septiembre y 20 de noviembre). Entre las principales cuestiones discutidas cabe citar los préstamos dudosos, el papel del BCE en la prevención del blanqueo de capitales y la prueba de resistencia de la ABE de 2018. En 2018, el BCE también publicó 35 respuestas a preguntas escritas sobre cuestiones de supervisión bancaria remitidas por miembros del Parlamento Europeo. Las cartas contenían preguntas sobre una amplia variedad de temas, incluidos los préstamos dudosos, las entidades menos significativas y la idoneidad de los altos cargos de entidades de crédito.

Además, tal y como se contempla en el acuerdo interinstitucional, el BCE facilitó las actas de las reuniones de su Consejo de Supervisión al Parlamento Europeo.

En cuanto a la interacción con el Consejo de la UE, la presidenta del Consejo de Supervisión asistió a tres reuniones del Eurogrupo, la primera de las cuales tuvo lugar el 19 de febrero. Asimismo, el 27 de abril presentó el Informe Anual sobre las actividades de supervisión del BCE correspondiente a 2017 y el 5 de noviembre participó en un intercambio de opiniones sobre el desempeño de las tareas de supervisión del BCE.

En 2018, la Supervisión Bancaria del BCE continuó cumpliendo los requisitos de información a los parlamentos nacionales que prevé el Reglamento del MUS y publicó seis respuestas a preguntas escritas formuladas por miembros de dichos parlamentos.

En 2018, el BCE contribuyó también a las auditorías de la JERS y de la EBA por parte del TCE en relación con las pruebas de resistencia de la UE. En su función de facilitar evidencia justificativa, el BCE ayudó en las investigaciones del TCE sobre estos asuntos y en la descripción del funcionamiento de los procesos de colaboración pertinentes.

Al mismo tiempo, el BCE trabajó en la implementación de las recomendaciones recogidas en los dos informes del TCE sobre la Supervisión Bancaria del BCE, que se publicaron en enero de 2018 y en noviembre de 2016 y se centraron en la gestión de crisis y en el funcionamiento del MUS en general.

El BCE otorga un gran valor a las auditorías del TCE y se ha comprometido a mantener una estrecha colaboración con el Tribunal y a aportarle toda la información necesaria para facilitar su labor. De acuerdo con las disposiciones del Tratado sobre el alcance del mandato del TCE de auditar al BCE, en 2017 la Comisión sugirió que ambos organismos celebraran un acuerdo interinstitucional para «especificar las modalidades del intercambio de información». Las conversaciones entre el BCE y el Tribunal sobre esta cuestión se encuentran actualmente en curso.

Recuadro 4
Apetito de riesgo del MUS

En marzo de 2018, la Supervisión Bancaria del BCE publicó su Manual de Supervisión, que explica de forma pormenorizada el funcionamiento y los principales procesos del enfoque que el BCE aplica en el ámbito de la supervisión bancaria en la zona del euro. Como complemento, publicó una declaración sobre apetito de riesgo del MUS, cuyo objetivo es que los interesados externos comprendan mejor el objetivo del BCE y su enfoque general. La Supervisión Bancaria del BCE contribuye a la estabilidad del sistema financiero fomentando la capacidad de resistencia y el buen funcionamiento del sector bancario, a fin de que pueda desempeñar su función de proveedor de servicios a la economía. Para ello, el BCE aplica una supervisión de carácter prospectivo y basada en el riesgo. Sin embargo, el objetivo de la Supervisión Bancaria del BCE no es evitar las quiebras bancarias en sí mismas; una política que excluya las quiebras no es viable ni deseable.

5.2 Transparencia y comunicación

Para ayudar a cumplir su compromiso de transparencia, la Supervisión Bancaria del BCE continuó explicando sus actividades a través de diversos canales de comunicación. En 2018, la presidenta y vicepresidenta pronunciaron 32 discursos y los dos representantes del BCE en el Consejo de Supervisión, 11 discursos; entre todos, ofrecieron 20 entrevistas a los medios de comunicación. La Supervisión Bancaria del BCE publicó 31 notas de prensa y cuatro cartas dirigidas a las entidades supervisadas directamente. La publicación digital Supervision Newsletter celebró su segundo aniversario en noviembre, con más de 5.000 suscriptores. El BCE utilizó sus canales en redes sociales para llamar la atención sobre información nueva y garantizar una amplia difusión de los contenidos principales.

Además, la presidenta y la vicepresidenta celebraron una rueda de prensa a principios de año para explicar las prioridades de la supervisión bancaria. También participaron en eventos dirigidos por el BCE para llegar a un público más joven. En el primer Youth Dialogue del BCE, celebrado en el Banco de España en Madrid, la presidenta intercambió opiniones con un grupo de 40 jóvenes profesionales del sector financiero y, en un segundo «diálogo», participó, junto con la vicepresidenta, en un debate con más de 260 estudiantes y antiguos alumnos del Frankfurt School of Finance and Management. En 2018, el BCE respondió también a más de 1.600 preguntas sobre supervisión bancaria recibidas de los ciudadanos y organizó 31 conferencias a medida para 1.000 participantes sobre temas relacionados específicamente con las responsabilidades supervisoras del BCE.

5.3 Adopción de decisiones

5.3.1 Consejo de Supervisión y Comité Director

En 2018, el Consejo de Supervisión se reunió en 20 ocasiones. Catorce de las reuniones se celebraron en Fráncfort del Meno, cinco mediante teleconferencia y una en Madrid, por invitación del Banco de España. El Consejo de Supervisión adoptó la mayoría de sus decisiones por procedimiento escrito[61]. Treinta y cinco de los 119 grupos bancarios supervisados directamente por el BCE en 2018 solicitaron recibir las decisiones formales del BCE en una lengua oficial de la UE distinta del inglés.

Figura 3

Decisiones adoptadas por el Consejo de Supervisión en 2018

Notas:
1) Esta cifra incluye procedimientos escritos sobre decisiones de supervisión individuales y otras cuestiones como las metodologías comunes y consultas del Consejo de Supervisión. Un procedimiento escrito puede contener varias decisiones de supervisión.

2) Número de decisiones de supervisión dirigidas a entidades supervisadas o a sus adquirentes potenciales y de instrucciones a las autoridades nacionales competentes sobre entidades significativas o menos significativas. Una decisión puede contener varias aprobaciones del supervisor. Debido a la aplicación del régimen de delegación, no todas las decisiones de supervisión incluidas en esta cifra fueron aprobadas por el Consejo de Supervisión y adoptadas por el Consejo de Gobierno. Además, el Consejo de Supervisión adoptó otras decisiones sobre algunos asuntos horizontales (por ejemplo, metodologías comunes) e institucionales.
3) Las 1.006 decisiones sobre evaluaciones de idoneidad se refieren a 2.026 procedimientos individuales (véase sección 3.1.2).

Además de los proyectos de decisión final sobre entidades concretas remitidos al Consejo de Gobierno para su adopción mediante el procedimiento de no objeción, el Consejo de Supervisión adoptó decisiones sobre diversos asuntos horizontales, en particular la aplicación de metodologías y marcos comunes en áreas de supervisión específicas. Algunas de estas decisiones fueron preparadas por estructuras temporales con un mandato del Consejo de Supervisión. Estas estructuras, integradas por altos cargos del BCE y de las ANC, llevaron a cabo los trabajos preparatorios sobre la metodología del PRES, sobre el enfoque supervisor para las entidades supervisadas con niveles elevados de préstamos dudosos y sobre la simplificación de procesos en el MUS.

Consejo de Supervisión

Fila delantera (de izquierda a derecha): Fabio Panetta, Denis Beau, Liga Kleinberga (sustituta de Pēters Putniņš), Tom Dechaene, Andrea Enria, Catherine Galea, Margarita Delgado, Vita Pilsuma (sustituta de Zoja Razmusa), Stelios Georgakis (sustituto de Yiangos Demetriou).
Fila central (de izquierda a derecha): Frank Elderson, Renata Bagdonienė (sustituta de Vytautas Valvonis), Vladimír Dvořáček, Elisa Ferreira, Ignazio Angeloni, Anneli Tuominen, Helmut Ettl, Felix Hufeld, Andreas Ittner.
Fila trasera (de izquierda a derecha): Ed Sibley, Claude Wampach, Primož Dolenc, Joachim Wuermeling, Andres Kurgpõld (sustituto de Kilvar Kessler), Pentti Hakkarainen, Eric Cadilhac, Oliver Bonello, Ilias Plaskovitis.

El Comité Director celebró doce reuniones en 2018. Diez de ellas tuvieron lugar en Fráncfort del Meno, una se realizó por teleconferencia y otra se celebró en Madrid por invitación del Banco de España. En abril se produjo la rotación ordinaria de los cinco miembros de las ANC, que se nombran por un período de un año.

5.3.2 Simplificación de la adopción de decisiones

En 2018, el grupo de simplificación del MUS (SSM Simplification Group) (véase sección 5.4) propuso e implementó varias medidas encaminadas a optimizar el funcionamiento del Consejo de Supervisión, tanto simplificando los procedimientos de decisión como mejorando el acceso a la información por parte de sus miembros. Tres medidas fueron fundamentales para este empeño: i) reducir el número de reuniones del Consejo de Supervisión, así como el número de procedimientos escritos y elementos de información, a fin de que los miembros puedan centrarse en los asuntos de supervisión más importantes; ii) optimizar y simplificar las reuniones del Consejo de Supervisión para que sean tan eficientes y eficaces como sea posible, y iii) agilizar y continuar mejorando el flujo de información al Consejo de Supervisión.

Entre las medidas que tuvieron un impacto más significativo sobre el proceso de decisión cabe citar la extensión del régimen de delegación a otros tipos de decisiones de supervisión del BCE de carácter rutinario. En marzo de 2018, el régimen de delegación se hizo extensivo a las decisiones sobre la reducción de los fondos propios, la clasificación de instrumentos como CET1 y, cuando así lo exige la legislación nacional, la clasificación de instrumentos como capital de nivel 1 adicional o capital de nivel 2.

5.3.3 Comité Administrativo de Revisión

El Comité Administrativo de Revisión[62] es un órgano del BCE cuyos miembros son independientes del BCE, tanto individual como colectivamente, y tienen encomendada la tarea de revisar las decisiones adoptadas por el Consejo de Gobierno sobre asuntos de supervisión cuando se presente una solicitud de examen admisible. El Comité Administrativo de Revisión se ciñe a examinar la «conformidad procedimental y material» de las decisiones impugnadas con el Reglamento del MUS, sin dejar de respetar el margen de discrecionalidad que posee el BCE. En la práctica, este Comité comprueba en sus exámenes si se ha respetado el procedimiento prescrito, si la decisión está debidamente motivada y cumple la legislación vigente, si existe algún error manifiesto en la evaluación, si la decisión es manifiestamente desproporcionada o si el BCE ha hecho un uso indebido de sus facultades. El resultado del examen es un dictamen no vinculante dirigido al Consejo de Supervisión, en el que se propone la anulación de la decisión inicial o su sustitución por otra de contenido idéntico o por una decisión modificada para su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno conforme al procedimiento de no objeción.

En 2018 se presentaron ante el Comité Administrativo de Revisión cinco solicitudes de examen administrativo de decisiones de supervisión del BCE. El Comité emitió cuatro dictámenes, puesto que una de las solicitudes de examen se retiró después de que el BCE publicara una corrección de errores a una decisión de supervisión (véase cuadro 7). En todos los casos examinados en 2018, el Comité Administrativo de Revisión celebró una audiencia dentro de su fase de investigación, concediendo tanto al solicitante como al BCE una oportunidad adicional para formular comentarios sobre la decisión impugnada.

Cuadro 7

Número de exámenes realizados por el Comité Administrativo de Revisión

Fuente: BCE.

Temas examinados y cuestiones relevantes

Los asuntos examinados por el Comité Administrativo de Revisión hacían referencia a diversos tipos de decisiones de supervisión: cumplimiento de los requerimientos supervisores, revocación de licencias, adquisición de participaciones significativas y sanciones administrativas.

En 2018, el examen de las decisiones del BCE se ocupó principalmente de cuestiones relativas al cumplimiento de las normas de procedimiento (como, por ejemplo, la exposición exacta de los hechos, un fundamento jurídico apropiado, una fundamentación suficiente de los motivos y el principio de proporcionalidad) y a la cooperación entre el BCE y las ANC en la preparación de las decisiones del BCE.

Jurisdicción del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con el BCE

En 2018 se presentaron 19 demandas directas contra el BCE y se interpusieron recursos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea («el Tribunal General») sobre dos asuntos relacionados con el BCE. En 2018 se fallaron dos grupos de asuntos relativos a la Supervisión Bancaria del BCE: el 24 de abril de 2018, el Tribunal General confirmó las decisiones del BCE dirigidas a Caisse régionale de crédit agricole mutuel Alpes Provence (Asunto T-133/16), Caisse régionale de crédit agricole mutuel Nord Midi-Pyrénées (Asunto T-134/16), Caisse régionale de crédit agricole mutuel Charente-Maritime Deux-Sèvres (Asunto T-135/16) y Caisse régionale de crédit agricole mutuel Brie Picardie (Asunto T-136/16). Mediante esas cuatro decisiones, adoptadas por el BCE el 7 de octubre de 2015, el BCE había aprobado la designación de determinadas personas como presidentes de los respectivos consejos de administración de las entidades de crédito demandantes, pero se oponía a que esas mismas personas desempeñaran simultáneamente la función de «directivos efectivos» en dichas entidades. El 13 de julio de 2018, el Tribunal General anuló las decisiones del BCE dirigidas a La Banque Postale (Asunto T-733/16), BNP Paribas (Asunto T-768/16), Crédit Agricole SA (Asunto T-758/16), Société générale (Asunto T-757/16), Confédération nationale du Crédit mutuel (Asunto T-751/16) y BPCE (Asunto T-745/16). En esas seis decisiones, el BCE rechazó las solitudes de autorización presentadas por estas entidades para excluir del cálculo de sus ratios de apalancamiento ciertas exposiciones frente a Caisse des Dépôts et Consignations (CDC) relacionadas con depósitos realizados en el ámbito de las cuentas de ahorro livret A, livret de développement durable et solidaire y livret d’épargne populaire.

5.4 Mejora de la eficiencia y la eficacia del MUS

5.4.1 División de Control de Calidad Supervisora del BCE: repaso del trabajo realizado desde su creación

Con el fin de reforzar la credibilidad de la Supervisión Bancaria del BCE y de velar por el mantenimiento de una supervisión de calidad y coherente en todo el MUS, el BCE ha establecido una División de Control de Calidad Supervisora. Esta división colabora estrechamente con un grupo de trabajo de ANC de control de calidad, que analiza y proporciona input sobre los entregables de dicha división que afectan a las ANC.

Para generar valor, la división utiliza una serie de herramientas interconectadas, en concreto, los análisis de calidad ex post. El objetivo es impulsar la calidad y la coherencia y garantizar la eficacia de la Supervisión Bancaria del BCE. La división actúa también como centro de conocimiento sobre buenas prácticas.

La operativa de la División de Control de Calidad Supervisora se basa en la cooperación abierta y el entendimiento mutuo con las unidades operativas y las ANC correspondientes, y su objetivo es reflejar sus prácticas supervisoras, riesgos, deficiencias y necesidades de mejora reales. Por consiguiente, la división trata de ofrecer soluciones constructivas, prospectivas y basadas en el riesgo para los entregables, metodologías, procesos y herramientas del MUS.

Después de cada análisis de calidad, la división intenta acordar propuestas de mejora con las áreas operativas pertinentes e identifica los destinatarios y los plazos adecuados para la implementación de las propuestas. De esta manera, los destinatarios de estas propuestas no pierden el control del proceso, ya que son los principales interesados en que las medidas diseñadas conjuntamente con la división se tengan en cuenta y se implementen. Desde su creación, la división ha realizado 24 revisiones de calidad que han dado origen a más de 300 propuestas de mejora. Asimismo, ofrece feedback a las unidades operativas a través de talleres, seminarios y visitas a ANC, entre otros.

Además de realizar revisiones de calidad, la División de Control de Calidad Supervisora trabaja en pos de la eficiencia y la eficacia en el MUS. Para ello utiliza una gama de herramientas complementarias, como el plan de formación del MUS, cuyo objetivo es mantener un elevado nivel de capacitación de su personal y contribuir a la convergencia de las prácticas supervisoras. Asimismo, apoya a las áreas operativas en sus interacciones con auditores internos y externos (como la Dirección de Auditoría Interna, el Comité de Auditores Internos o el TCE). La división da soporte igualmente al Operational Risk Management Senior Expert Group del MUS, que se encarga de vigilar la gestión de riesgos operacionales. Por otra parte, la División de Control de Calidad Supervisora actúa como la plataforma para la simplificación con el respaldo de su red de contrapartes en el BCE y las ANC— y apoya a las áreas operativas y a las ANC en la implementación de medidas de simplificación, en el marco de los esfuerzos para inculcar la simplicidad como uno de los valores fundamentales del MUS.

5.4.2 Conclusiones del grupo de simplificación del MUS

Con el paso del tiempo, las estructuras y los procesos del MUS han ido ganando en complejidad, lo que ha generado la necesidad de simplificarlos. Aprovechando que el MUS ha entrado en una etapa de mayor madurez, se ha creado un grupo de simplificación (SSM Simplification Group, SSG) en el que tienen representación el BCE y todas las ANC. El SSG ha evaluado los procedimientos de supervisión con el objetivo de reducir la complejidad innecesaria y la duplicación de tareas y, de esta forma, optimizar la utilización de los recursos del MUS y promover una supervisión más basada en el riesgo.

A fin de concienciar a los supervisores, la simplificación se definirá en el Manual de Supervisión como uno de los principios generales del funcionamiento del MUS.

El grupo propuso un procedimiento para simplificar las estructuras y los procesos del MUS que tiene tres vertientes. En primer lugar, las áreas operativas del BCE y las ANC, incluidos los ECS y las funciones horizontales, deben desempeñar un papel activo y continuo en la presentación de propuestas de procesos ágiles. En segundo lugar, se precisa un enfoque horizontal y aplicable al MUS en su conjunto para fomentar el uso de buenas prácticas. En tercer lugar, el Consejo de Supervisión debería guiar el proceso de simplificación, marcar el tono e impulsar procesos racionalizados que contribuyan a la consecución de los objetivos del MUS.

Más concretamente, el SSG sugirió nuevas medidas de simplificación, que también sirvieron como catalizador para iniciativas ya en curso. Una de esas propuestas fue limitar el número de niveles de autorización y la extensión de las propuestas del Consejo de Supervisión. Otra se refirió al intercambio de información entre el BCE y las ANC utilizando el sistema de gestión de la información del MUS (IMAS, por sus siglas en inglés). Asimismo, el grupo propuso varias medidas para simplificar los requisitos de comunicación de información con fines de supervisión y para tratar y almacenar los datos obtenidos mediante solicitudes de información.

El SSG también presentó propuestas de optimización del funcionamiento del Consejo de Supervisión, encaminadas a simplificar los procedimientos de adopción de decisiones y el acceso a la información por parte de sus miembros.

Tras la implementación de estas iniciativas, el número de procedimientos presentados ante el Consejo de Gobierno y el Consejo de Supervisión se ha reducido, gracias sobre todo al régimen de delegación (véase sección 5.3.2). La racionalización, automatización y mejora de la calidad del flujo de información dirigido al Consejo de Supervisión, así como la mejora de las herramientas de seguimiento, contribuyeron a simplificar y optimizar sus reuniones. Por último, se redujo la frecuencia de los procedimientos del Consejo de Supervisión, merced a una planificación de reuniones más eficiente y a la optimización de la distribución de procedimientos escritos y elementos de información.

Otras propuestas formuladas por el SSG incluyen la mejora del trabajo en equipo en los ECS; la adopción de un enfoque holístico para simplificar la planificación de las actividades de supervisión in situ y a distancia, así como la organización interna de tareas; la digitalización de los procesos y la optimización de la actual infraestructura de TI.

Figura 4

El impacto de la simplificación

Fuente: DG de Secretaría del Consejo de Supervisión/División de Adopción de Decisiones.

5.5 Personal de la Supervisión Bancaria del BCE

Reorganización interna de la Supervisión Bancaria del BCE

Entre los cambios organizativos en la Supervisión Bancaria del BCE se incluyó el traslado de tres divisiones de la Dirección General de Supervisión Microprudencial IV a la Dirección de Secretaría.

La División de Autorizaciones, la División de Ejecución y Sanciones y la División de Control de Calidad Supervisora se integraron en la Dirección de Secretaría en febrero de 2018. Tras este traslado, la Dirección de Secretaría se elevó a la categoría de Dirección General (Dirección General de Secretaría del Consejo de Supervisión) y dentro de ella se creó la División de Adopción de Decisiones del MUS, en la que se integraron las dos secciones de la antigua Dirección de Secretaría. Esta reestructuración reequilibra el tamaño de las distintas áreas operativas de la Supervisión Bancaria del BCE. También mejora el gobierno corporativo y fomenta una división de responsabilidades más clara entre la Dirección General de Supervisión Microprudencial IV y la nueva Dirección General de Secretaría del Consejo de Supervisión.

Ampliación de plantilla

En 2018, el número total de puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo (FTE, por sus siglas en inglés) aprobados para las cinco áreas operativas básicas de la Supervisión Bancaria del BCE era de 1.099 FTE, frente a los 1.028,5 de 2017. El aumento de 2018 obedeció fundamentalmente a los preparativos para el Brexit, que requirieron personal para los ECS y para las evaluaciones globales. También se aprobaron 30,5 FTE para tareas relacionadas con el MUS en servicios comunes[63], lo que elevó el total de FTE hasta 453.

Como en 2018, el aumento de la plantilla para 2019 se debe fundamentalmente al Brexit

Para 2019, el Consejo de Gobierno aprobó una ampliación de plantilla de 90 FTE para las áreas operativas básicas de la Supervisión Bancaria del BCE, y de 18 FTE para las áreas operativas que prestan servicios comunes para tareas relacionadas con el MUS. En el primer caso, prácticamente la mitad de la ampliación obedece a necesidades de dotación de personal relacionadas con el Brexit para el próximo año, y el resto está relacionado sobre todo con la internalización de recursos para actividades de pruebas de resistencia que anteriormente se llevaban a cabo utilizando la ayuda de consultores externos. En lo que respecta a los recursos futuros relacionados directamente con el Brexit, ahora se espera que las necesidades adicionales de personal sean inferiores a las estimaciones iniciales y que la incorporación de los FTE se amplíe hasta 2022.

En términos de diversidad de género, la proporción de mujeres se mantuvo en el 40 % del total de empleados con contratos indefinidos o de duración determinada en las áreas operativas básicas de la Supervisión Bancaria del BCE. La proporción de mujeres en puestos directivos disminuyó ligeramente con respecto al año anterior, hasta el 31 %, y en puestos no directivos permaneció en el 42 %, sin variación con respecto al año precedente.

Potenciación de misiones in situ transfronterizas: mayor recurso a estancias breves de trabajo de los inspectores de ANC en el BCE

La supervisión bancaria europea ha emprendido una iniciativa plurianual para incrementar el porcentaje de misiones in situ con equipos transfronterizos y mixtos[64]. Su objetivo es favorecer la igualdad de condiciones y armonizar la aplicación de la metodología para la realización de inspecciones in situ en entidades de crédito. También pretende fomentar el espíritu de equipo entre el personal que trabaja in situ y forjar una cultura común para este tipo de cometido. Además, proporciona una perspectiva adicional sobre la situación de las entidades, vista a través de los ojos de miembros de ANC que proceden de otro país.

Son varias las opciones que se han puesto a disposición de los inspectores de ANC para promover las misiones con equipos transfronterizos y mixtos. Entre ellas destaca la posibilidad de ser destinados al BCE en comisión de servicios por el período de duración de las misiones con equipos transfronterizos o mixtos, firmando un contrato ESCB/IO[65] con el BCE según el cual este abona los salarios y gastos de desplazamiento y alojamiento de los inspectores con cargo a su presupuesto (en lugar de seguir acogidos al régimen laboral de su ANC). Esta opción se introdujo en 2018 y se ha utilizado ampliamente: en total, se han firmado 128 contratos ESCB/IO para inspectores de ANC que participan en misiones con equipos transfronterizos y mixtos, lo que ha fomentado el intercambio de personal en la supervisión bancaria europea. Los miembros de los equipos de inspección que tienen contratos ESCB/IO disfrutan de las mismas condiciones laborales y ello favorece un espíritu de equipo inclusivo y una cultura común para las misiones in situ. También se mejora la capacidad de intercambio de los recursos in situ en el conjunto de la supervisión bancaria europea. Así, si en una zona concreta escasean determinados expertos, se puede recurrir a expertos de otra autoridad de supervisión.

Primeros «Supervisors Connect» e «Inspectors’ Day» organizados para personal de ANC y del BCE

Con el fin de continuar forjando una cultura europea común de supervisión, en 2018 se organizaron en Fráncfort dos eventos para todo el MUS.

280 personas participaron en el «Supervisors Connect», 200 de ellas procedentes de ANC y BCN

El primer evento, «Supervisors Connect», que se celebró entre los días 17 y 19 de abril, estaba dirigido fundamentalmente a todos los coordinadores y subcoordinadores de ECS, pero también a altos directivos responsables de la supervisión de entidades menos significativas y a los representantes de más alto nivel de las redes horizontales del MUS. El segundo evento, «Inspectors’ Day», tuvo lugar los días 29 y 30 de octubre y su público objetivo eran los inspectores in situ, incluidos los que trabajan en investigaciones de modelos y planificación.

El «Supervisors Connect» congregó a 280 supervisores, 200 de ellos procedentes de ANC y BCN. Durante dos días y medio, los participantes asistieron a distintos paneles y sesiones para grupos reducidos en los que se trataron temas como la digitalización y el ciberriesgo, la rentabilidad y el Brexit. Supervisores de las ANC participaron activamente en los debates: 30 de los 38 ponentes eran representantes de ANC. Además, los participantes tuvieron la posibilidad de asistir a seminarios sobre habilidades personales como liderazgo, gestión de conflictos y comunicación. También tuvieron la oportunidad de hacer contactos, por ejemplo, en una «Information Fair» en la que varias áreas operativas del BCE presentaron la labor que realizan. Este tipo de actividades permitió que los participantes se conocieran, aprendieran de los demás y compartieran buenas prácticas.

400 supervisores participaron en el «Inspectors’ Day»

El «Inspectors’ Day» reprodujo en líneas generales el formato del «Supervisors Connect», combinando sesiones plenarias, sesiones para grupos reducidos (28 en total) sobre temas técnicos (revisión de expedientes de crédito y muestreo estadístico, NIIF 9, TRIM) y el intercambio de experiencias. El evento reunió a casi 400 inspectores in situ de todo el MUS.

«Supervisors Connect» e «Inspectors’ Day» son los primeros eventos de este tipo y con este alcance que el MUS ha organizado desde su creación. Se celebrarán cada dos años y —fundamentalmente por razones de coste— tendrán lugar en la sede de la Supervisión Bancaria del BCE en Fráncfort.

5.6 Aplicación del Código de Conducta

El artículo 19, apartado 3, del Reglamento del MUS dispone que el BCE debe contar con un Código de Conducta para el personal y la dirección del BCE dedicados a la supervisión bancaria que aborde cualquier aspecto relativo a los conflictos de intereses. Las disposiciones pertinentes están contenidas en el Régimen Deontológico del BCE, aplicado por la Oficina de Cumplimiento y Gobernanza (CGO, por sus siglas en inglés), que asesora a todo el personal del BCE sobre cuestiones éticas.

A lo largo de 2018, la Oficina de Cumplimiento y Gobernanza siguió trabajando para forjar una sólida cultura ética en todo el SEBC y el MUS. El Comité Ejecutivo y el Consejo de Supervisión han prestado todo su apoyo a estos esfuerzos. Todos los nuevos empleados de la Supervisión Bancaria del BCE han cursado un programa obligatorio de aprendizaje electrónico y han asistido a seminarios específicos de sensibilización sobre dilemas éticos. Además, la CGO respondió a cerca de 1.850 consultas sobre temas muy variados, un tercio de ellas presentadas por personal de la Supervisión Bancaria del BCE. Casi la mitad de estas consultas estaban relacionadas con operaciones financieras privadas, seguidas de preguntas sobre restricciones post-empleo y sobre conflictos de intereses (véase gráfico 12).

En el contexto de su ejercicio periódico de vigilancia del cumplimiento, la CGO identificó un número reducido de casos de incumplimiento, el 40 % de los cuales afectaba a personal y a directivos de la Supervisión Bancaria del BCE. Ninguno de estos casos se refería a conductas intencionadamente inadecuadas u otros incumplimientos graves.

Gráfico 12

Resumen de las consultas recibidas de empleados de la Supervisión Bancaria del BCE durante 2018

Fuente: BCE.

A tres de los empleados y directivos dedicados a la supervisión bancaria que cesaron durante 2018 se les impuso un período de incompatibilidad, de conformidad con el Régimen Deontológico. En los tres casos se trataba de directivos del MUS que dejaron su puesto para trabajar en entidades financieras de cuya supervisión no habían sido responsables anteriormente.

El BCE verificó las medidas adoptadas por las ANC para cumplir con la Orientación del BCE por la que se establecen los principios comunes de un Régimen Deontológico para el BCE y las ANC, y concluyó que la Orientación se había cumplido plenamente en todo el MUS. El grupo de trabajo de expertos en ética y cumplimiento (Ethics and Compliance Officers Task Force) contribuyó a la realización de este ejercicio y continúa prestando apoyo al Consejo de Gobierno en sus iniciativas para seguir mejorando la convergencia de las normas éticas a medio plazo.

El Comité Deontológico del BCE ofrece asesoramiento en cuestiones éticas a los miembros de los órganos de alto nivel del BCE. En 2018 emitió once dictámenes relativos a altos cargos del BCE que trabajan en supervisión bancaria, la mayoría relacionados con los períodos de incompatibilidad aplicables.

El Comité Deontológico también desempeñó un papel fundamental en la elaboración de un nuevo régimen deontológico común, integral y avanzado para todos los altos cargos del BCE, incluidos los miembros del Consejo de Supervisión. Este nuevo régimen, que fue refrendado por el Consejo de Gobierno en diciembre de 2018 y entró en vigor en enero de 2019, refleja los principios y valores fundamentales del BCE, además de tener debidamente en consideración sus especificidades en su condición de banco central, supervisor bancario e institución de la UE. Asimismo, responde a peticiones del Parlamento Europeo y recomendaciones del Defensor del Pueblo Europeo.

5.7 Aplicación del principio de separación entre las funciones de política monetaria y de supervisión

Durante 2018, el principio de separación entre las funciones de política monetaria y de supervisión se aplicó principalmente al intercambio de información entre los distintos ámbitos funcionales[66].

En virtud de la Decisión BCE/2014/39 sobre la aplicación de la separación entre las funciones de política monetaria y supervisión del BCE, el intercambio de información estuvo sujeto al principio de la «necesidad de conocer», es decir, cada función tuvo que demostrar que la información solicitada era necesaria para alcanzar sus objetivos. En la mayoría de los casos, el acceso a la información confidencial fue concedido directamente por la función del BCE que poseía la información, en consonancia con la Decisión BCE/2014/39, que prevé que el acceso a información con datos anónimos o a información no sensible sobre políticas lo concedan directamente las funciones correspondientes, por lo que no fue necesaria la intervención del Comité Ejecutivo para solucionar posibles conflictos de interés. Sin embargo, con arreglo a dicha Decisión, la participación del Comité Ejecutivo fue necesaria en algunas ocasiones para permitir el intercambio de información no anónima relativa a bancos concretos (por ejemplo, plantillas FINREP o COREP[67], así como otros datos brutos), o evaluaciones sensibles sobre políticas. El acceso a los datos se autorizó con arreglo al principio de la necesidad de conocer, tras un análisis de los motivos operativos y con carácter temporal, para garantizar que el principio de la necesidad de conocer se cumpliera en todo momento.

No se suscitaron dudas en relación con la separación de funciones en la toma de decisiones, por lo que no fue necesaria la intervención de la Comisión de Mediación.

5.8 Marco de presentación de información y gestión de la información

5.8.1 Evolución del marco de presentación de información

Conforme al Reglamento Marco del MUS, el BCE es responsable de organizar la recopilación y la revisión de calidad de la información supervisora presentada por las entidades supervisadas[68]. El objetivo principal es garantizar que los supervisores bancarios utilicen información fiable y oportuna.

La información supervisora se recopila y comparte con las partes interesadas siguiendo un enfoque secuencial en el que intervienen las ANC

El flujo de datos sigue un «enfoque secuencial»[69], en el que el BCE mantiene una cooperación estrecha con las ANC, que son las que primero reciben la información prudencial de las entidades de crédito y le aplican los primeros controles de calidad. Una vez que el BCE recibe la información, la pone a disposición de los usuarios finales —como los ECS o las funciones horizontales de la Supervisión Bancaria del BCE— a través del sistema de gestión de la información del MUS (IMAS). Algunos datos seleccionados de un subconjunto de entidades (principalmente significativas) también se envían a la ABE y a la JUR tras su recepción. Además de la información de supervisión, el BCE recopila información sobre las propias entidades declarantes (datos maestros), por ejemplo, su país de residencia y su relación con otras entidades de grupos bancarios. A partir del 1 de diciembre de 2018, las ANC/BCN y el BCE transmiten todos los datos maestros y la información actualizada relacionada directamente a través del RIAD (Register of Institutions and Affiliates Data)[70].

En consonancia con el marco 2.7 de presentación de información de la ABE, por el que se rige la presentación de datos desde el 31 de diciembre de 2018, a partir de esa fecha el conjunto de datos de supervisión incluye también datos sobre exposiciones soberanas, información pormenorizada sobre pérdidas por riesgo operacional y nuevos parámetros de control de la liquidez. También refleja los cambios derivados de la NIIF 9. Los datos presentados desde el 31 de diciembre de 2018 siguen el marco 2.8 de presentación de información de la ABE, que introduce nuevos requisitos de presentación de información sobre valoración prudente (COREP) y las NTE relativas a la comunicación de información en materia de resolución.

La calidad de la información supervisora se evalúa periódicamente

El BCE evalúa la calidad de la información de supervisión transmitida tanto con arreglo a las normas técnicas de ejecución (NTE), como en los ejercicios a corto plazo ad hoc y en la presentación trimestral de información sobre préstamos dudosos. Se ha establecido un proceso de escalada en la calidad de los datos en el marco del BCE para el seguimiento de los datos y las evaluaciones de la calidad, cuya razón de ser fundamental es garantizar que la información facilitada por las entidades a efectos de supervisión cumple los requisitos de calidad de la información. Dicho proceso se ha concebido para velar por que la respuesta del BCE (incluidas las medidas de supervisión) ante problemas de la calidad de los datos sea proporcionada, justa y disuasoria. Además, el BCE prepara un cuadro de mando en el que presenta la evaluación de la calidad de los datos presentados por cada entidad, que también permite a los supervisores comparar los resultados con bancos semejantes.

Los datos de supervisión agregados y una selección de la información divulgada en el marco del Pilar 3 se publican en el sitio web de supervisión bancaria del BCE

Además de los cuadros de mando, el BCE elabora periódicamente conjuntos de datos de supervisión, indicadores clave de riesgo e informes para los supervisores. En el sitio web de supervisión bancaria del BCE se publican trimestralmente estadísticas bancarias agregadas de las entidades significativas al máximo nivel de consolidación. Tras la introducción del último marco de presentación de información de la ABE y el cambio de enfoque de analistas y participantes del mercado, en 2018 se realizaron notables mejoras en la publicación de estas estadísticas, que ahora incluyen nuevos indicadores como activos de nivel 1, de nivel 2 y de nivel 3, la exposición total frente a las Administraciones Públicas y parámetros de riesgo de crédito de modelos IRB. Cada año, el BCE publica también los indicadores de solvencia y de apalancamiento de cada entidad, a partir de los datos divulgados por los bancos en cumplimiento de los requisitos del Pilar 3. En 2018, esta publicación se amplió para incluir información individual sobre activos ponderados por riesgo por tipo de riesgo y por método de cálculo para las entidades de importancia sistémica mundial y otras entidades de importancia sistémica supervisadas por el BCE. Este nuevo nivel de transparencia permite a las partes interesadas llevar a cabo comparaciones significativas de parámetros prudenciales.

5.8.2 Datos estadísticos disponibles para uso supervisor

Hay disponibles datos estadísticos individuales por instrumento para uso supervisor

Además de los datos comunicados a los supervisores, también es posible facilitar información estadística confidencial[71] para uso supervisor. Esta información comprende, por ejemplo, los conjuntos de datos individuales por instrumento AnaCredit[72] e información estadística sobre los mercados monetarios (MMSR, por sus siglas en inglés)[73], que complementan la cobertura de los instrumentos financieros en poder de las entidades supervisadas por el BCE.

En 2018 entró en funcionamiento AnaCredit, que recopila datos individualizados de los préstamos en la zona del euro

AnaCredit recopila datos armonizados individualizados de cada préstamo concedido por las entidades de crédito de todos los países de la zona del euro. AnaCredit entró en funcionamiento en el cuarto trimestre de 2018 con datos iniciales de una serie de países y se espera que estén disponibles los datos de todos los países de la zona del euro antes del final del primer trimestre de 2019. En lo que respecta a los deudores, los datos se refieren al crédito concedido a personas jurídicas, entre las que se incluyen sociedades no financieras, organismos públicos e instituciones financieras. Con respecto a los instrumentos, se recogen datos de depósitos (excepto adquisiciones temporales de activos), descubiertos, deuda por operaciones con tarjeta de crédito, préstamos renovables (distintos de descubiertos y deuda por operaciones con tarjeta de crédito), líneas de crédito (distintas de préstamos renovables), adquisiciones temporales de activos, cartera comercial, arrendamientos financieros y otros préstamos. Además de proporcionar información sobre el riesgo de la contraparte y sobre su situación de impagos, se espera que la información de AnaCredit permita a los supervisores identificar riesgos derivados de concentraciones significativas en prestatarios, vigilar y evaluar el riesgo de crédito en entidades supervisadas y llevar a cabo análisis exhaustivos de exposiciones dudosas o de la adecuación de las garantías. Aunque se han identificado claramente las ventajas que AnaCredit reporta a los supervisores a la hora de evaluar el riesgo de crédito, en el marco actual existen varias limitaciones que podrían impedir que los supervisores utilicen este sistema de forma más amplia. Concretamente, estas deficiencias se refieren al nivel de consolidación (la información está disponible exclusivamente a nivel de entidades individuales), la cobertura de contrapartes e instrumentos (por ejemplo, no existe información sobre hogares o sobre derivados/partidas fuera de balance) y los umbrales de materialidad (hay pequeños desajustes entre AnaCredit y las estadísticas supervisoras). En la preparación para futuras etapas de AnaCredit se explorarán fórmulas para subsanar estas limitaciones.

La MMSR proporciona datos de cada operación

El conjunto de estadísticas de los mercados monetarios (MMSR), que está operativo desde el 1 de julio de 2016, proporciona datos individualizados sobre cada operación en distintos segmentos del mercado monetario: operaciones con y sin garantía, swaps de divisas y swaps referenciados al tipo del euro a un día (OIS, por sus siglas en inglés). En total, 50 entidades de crédito de la zona del euro (residentes en diez países de la zona) comunican datos relevantes relativos a operaciones entre los agentes informadores y otras instituciones financieras (como bancos centrales, otros intermediarios financieros, compañías de seguros y fondos de pensiones), Administraciones Públicas y sociedades no financieras clasificadas como «mayoristas» con arreglo al marco LCR de Basilea III. Los datos de la MMSR suplementan los datos supervisores sobre exposiciones crediticias, tanto con garantía como sin garantía. También incluyen información sobre operaciones de swaps de índices a un día y swaps de divisas.

5.8.3 Gestión de la información dentro del MUS: IMAS

El sistema de gestión de la información del MUS (IMAS) experimentó cambios sustanciales en 2018, que incluyeron nuevos módulos para el PRES y para el seguimiento y la vigilancia de las deficiencias y medidas de supervisión indicadas en decisiones u actos operativos del BCE. Entre las novedades cabe citar también una nueva base de datos de modelos internos, así como los nuevos flujos de trabajo del IMAS para el seguimiento continuo de modelos y para reportar a la División de Ejecución y Sanciones, incluyendo la comunicación de posibles incumplimientos.

Además de las actividades relacionadas con el MUS, actualmente el IMAS presta apoyo a la JUR y a las autoridades nacionales de resolución en sus actividades de resolución, ya que es la plataforma que el MUS y el MUR utilizan para compartir información, con arreglo a lo previsto en el MoU correspondiente.

6 Información sobre el consumo presupuestario

El Reglamento del MUS establece que el BCE debe destinar los recursos adecuados para el ejercicio efectivo de sus funciones de supervisión. Estos recursos se financian con las tasas de supervisión que han de abonar las entidades sujetas a la supervisión del BCE.

Los gastos incurridos en el ejercicio de las funciones de supervisión se identifican por separado en el presupuesto del BCE[74]. La autoridad en materia presupuestaria del BCE es su Consejo de Gobierno. Este órgano aprueba el presupuesto anual del BCE a propuesta del Comité Ejecutivo, previa consulta con el presidente y la vicepresidenta del Consejo de Supervisión sobre cuestiones relacionadas con la supervisión bancaria. El Comité de Presupuestos (BUCOM), compuesto por representantes de todos los BCN del Eurosistema y del BCE, asiste al Consejo de Gobierno evaluando los informes del BCE sobre planificación y seguimiento presupuestarios.

El BCE anticipa que los gastos gestionados seguirán incrementándose en 2019, principalmente los relativos a la supervisión directa de las entidades significativas. Los gastos presupuestados para las tareas habituales se han estabilizado, pero existen factores externos, en particular la salida del Reino Unido de la Unión Europea, que hacen necesario un aumento de los recursos para el próximo ejercicio. En la sección 5.5 de este informe se presenta información sobre el aumento aprobado del número de empleados del BCE dedicados a la Supervisión Bancaria.

6.1 Gastos correspondientes a 2018

Los gastos en que incurre el BCE en el ejercicio de sus funciones de supervisión son principalmente los gastos directos de las Direcciones Generales de Supervisión Bancaria del BCE. La función de supervisión utiliza asimismo los servicios comunes que prestan las áreas de apoyo existentes del BCE[75].

En 2018, los gastos fueron acordes, en general, con las estimaciones

En abril de 2018, el Consejo de Gobierno adoptó la decisión del BCE sobre el importe a recuperar por medio de las tasas de supervisión en 2018. Esta decisión fijaba la estimación de los gastos anuales de las funciones de supervisión bancaria en 502,5 millones de euros[76]. Los gastos incurridos por el BCE por este concepto al cierre de 2018 ascendieron a 517,8 millones de euros, cifra solo un 3 % superior a la estimada en abril de 2018, si bien más próxima al presupuesto que en 2017. De conformidad con el Reglamento del BCE sobre las tasas de supervisión («Reglamento de Tasas»), el déficit de 15,3 millones de euros se cobrará en el importe total que se exija en 2019[77].

Cuadro 8

Coste de las funciones de supervisión del BCE, por actividad (2018-2016)

(millones de euros)

Fuente: BCE.
Nota: Los totales y subtotales pueden no coincidir con la suma de las cifras debido al redondeo.

El BCE agrupa sus costes utilizando una clasificación basada en las funciones que realiza. En lo que respecta a sus funciones de supervisión, los principales grupos según la actividad son los siguientes:

  • supervisión directa de las entidades o grupos bancarios significativos;
  • vigilancia de la supervisión de las entidades o grupos bancarios menos significativos (supervisión indirecta);
  • realización de funciones horizontales y servicios especializados.

La clasificación se determina en función de los gastos en que han incurrido las áreas operativas del BCE encargadas de las respectivas funciones de supervisión. Los costes indicados incluyen, para cada grupo, la imputación de los servicios comunes prestados por las áreas de apoyo del BCE. El BCE también utiliza estas clasificaciones para identificar la distribución de los costes anuales que han de recuperarse mediante las tasas anuales de supervisión que deben abonar las entidades supervisadas en función de si son entidades significativas o menos significativas. Según la metodología que se define en el artículo 8 del Reglamento de Tasas para la distribución de las tasas anuales de supervisión, los gastos relacionados con las funciones horizontales y los servicios especializados se asignan de forma proporcional, en función del coste total de la supervisión de las entidades significativas y del correspondiente a la vigilancia de la supervisión de las entidades menos significativas, respectivamente.

La categoría «supervisión directa de las entidades o grupos bancarios significativos» se compone principalmente de los costes de la participación del BCE en los ECS y de las inspecciones in situ. También incluye los costes asociados al TRIM plurianual y a las actividades microprudenciales relacionadas con las pruebas de resistencia bienales llevadas a cabo en 2018 en las entidades significativas. La vigilancia de la supervisión de las entidades o grupos bancarios menos significativos engloba las actividades de vigilancia y las tareas de autorización. Las funciones horizontales y los servicios especializados comprenden actividades tales como la labor de la Secretaría del Consejo de Supervisión, funciones macroprudenciales (incluidas las relacionadas con las pruebas de resistencia), la formulación de políticas supervisoras, servicios estadísticos y servicios jurídicos específicos.

Cuadro 9

Coste de la Supervisión Bancaria del BCE, por tipo de gasto (2018-2016)

(millones de euros)

Fuente: BCE.
Nota: Los totales y subtotales pueden no coincidir con la suma de las cifras debido al redondeo.

La proporción más elevada de los costes incurridos en las actividades de supervisión está relacionada con los salarios y las prestaciones, junto con el gasto asociado en concepto de alquiler y mantenimiento de edificios y otros gastos de personal, como viajes de trabajo y formación.

El BCE aplicó un criterio conservador en la estimación de los gastos de las funciones de supervisión bancaria que se recuperarían por medio de las tasas de supervisión en 2018. El exceso de gasto de solo un 3 % es resultado, principalmente, de un mayor consumo del personal aprobado por el BCE, que aumentó los gastos relacionados con instalaciones y con actividades como viajes de trabajo y servicios de consultoría.

Además de los recursos internos, el BCE necesita contratar servicios de consultoría externa para prestarle apoyo en el ejercicio de sus funciones de supervisión. Estos servicios se contratan para que proporcionen conocimientos especializados o asesoramiento integrado bajo la dirección de personal interno cualificado ante cualquier insuficiencia transitoria de recursos. El gasto total del BCE en servicios de consultoría relacionados con las funciones de supervisión ascendió a 75,8 millones de euros en 2018. La actividad que requirió mayor respaldo de estos servicios externos ese año fue el TRIM, con un coste cifrado en 45,7 millones de euros. Asimismo, en 2018 se gastaron 9,2 millones de euros en recursos externos relacionados con las pruebas de resistencia supervisoras bienales, que dieron apoyo a los empleados (FTE) enviados en comisión de servicios por las ANC y al personal interno del BCE. Como se explica en la sección 5.5 de este informe, el Consejo de Gobierno ha decidido ampliar la plantilla del BCE en 2019 para internalizar los recursos dedicados a actividades relacionadas con las pruebas de resistencia que anteriormente se llevaban a cabo recurriendo a servicios de consultoría externa. El resto de los gastos de consultoría se utilizó principalmente para la realización de inspecciones in situ «periódicas», incluidas las misiones transfronterizas, la valoración del grado de preparación de las entidades de crédito para el impacto de los cambios de la NIIF 9, las evaluaciones globales y los preparativos para el Brexit.

6.2 El marco de las tasas en 2018

Conjuntamente con el Reglamento del MUS, el Reglamento de Tasas establece el marco jurídico conforme al cual el BCE impone una tasa anual de supervisión para cubrir los gastos en que incurra en relación con sus funciones de supervisión. Dicho Reglamento establece los métodos para: i) determinar el importe total de la tasa anual de supervisión; ii) calcular el importe que debe exigirse a cada entidad supervisada, y iii) cobrar la tasa anual de supervisión.

Información actualizada sobre la revisión del marco de las tasas de supervisión del BCE

Está previsto que el resultado de la revisión en curso del marco de las tasas de supervisión del BCE se publique en abril de 2019. En ese documento se explicarán las modificaciones del Reglamento de Tasas propuestas por el BCE, que se someterán a consulta pública. Las modificaciones, que tienen en cuenta los comentarios sobre la revisión recibidos como parte de la consulta pública que se llevó a cabo en 2017, incluyen nuevas medidas relativas a la proporcionalidad de las tasas para las entidades menos significativas de menor tamaño, mejoras en los procesos, incluido un procedimiento más racionalizado para la recopilación de datos estadísticos (sobre los factores determinantes de la tasa) y aclaraciones sobre determinados elementos del marco. Se espera que el Reglamento modificado haya entrado en vigor cuando se calculen las tasas anuales correspondientes al período de devengo de 2020.

Importe total de las tasas

Las tasas exigidas por el BCE para llevar a cabo sus funciones de supervisión ascendieron a 474,8 millones de euros

En abril de 2018, el BCE decidió que el importe total de las tasas de supervisión para cubrir los gastos previstos en el ejercicio de sus funciones de supervisión ascendería a 474,8 millones de euros. Este importe se basó en los gastos esperados para todo el año 2018, que ascendían a 502,5 millones de euros, ajustados por: i) el superávit de 27,9 millones de euros correspondiente al período de devengo de tasas de 2017, y ii) 0,2 millones de euros (netos) reembolsados a distintas entidades de crédito en relación con períodos de devengo de tasas anteriores.

El importe que ha de recuperarse mediante las tasas anuales se divide en dos partes, atendiendo a si la entidad supervisada ostenta la condición de significativa o menos significativa, lo cual refleja los distintos grados de control supervisor que aplica el BCE.

Cuadro 10

Total de ingresos relacionados con las funciones de supervisión bancaria

(millones de euros)

Fuente: BCE.
Nota: Los totales y subtotales pueden no coincidir con la suma de las cifras debido al redondeo.

Como se explica en la sección 6.1, la diferencia entre los gastos reales incurridos en las funciones de supervisión bancaria en 2018 y el importe estimado para ese mismo año arroja un déficit de 15,3 millones de euros. Este déficit se tendrá en cuenta en el importe total a exigir en 2019, y se distribuirá entre las categorías de entidades significativas y menos significativas en función de la proporción de los gastos efectivos asignados a las funciones correspondientes en 2018, es decir, el 91 % para las entidades significativas y el 9 % para las entidades menos significativas.

El importe total exigido en los ciclos de tasas previos se ha beneficiado de la compensación de los importes sin utilizar recaudados el año anterior, por lo que el impacto del aumento de los gastos anuales ha sido menor. Dado que el importe total que se exigirá en 2019 incluirá un déficit (que incrementará el importe a recaudar) en lugar de un superávit (que reduce el importe), cabe esperar que el aumento del importe total que se exigirá el año próximo sea superior al incremento de los gastos anuales.

Tasas de supervisión individuales

Las tasas aplicables a cada entidad se calculan de acuerdo con su importancia y perfil de riesgo, utilizando los factores de la tasa anual facilitados por todas las entidades supervisadas con fecha de referencia de 31 de diciembre del año anterior. La tasa de supervisión calculada para cada entidad se cobra posteriormente mediante pagos anuales que se han de satisfacer en el último trimestre de cada ejercicio.

Figura 5

El componente variable de la tasa se determina según la importancia y el perfil de riesgo de la entidad

La tasa de supervisión, que se calcula al máximo nivel de consolidación dentro de los Estados miembros participantes en el MUS, tiene un componente variable y un componente mínimo. Este último se aplica por igual a todas las entidades de crédito y es el 10 % del importe total que se ha de recuperar[78].

El artículo 7 del Reglamento de Tasas dispone que los siguientes cambios en la situación de una entidad concreta requieren que se modifique la tasa de supervisión correspondiente: i) cambia la condición de la entidad supervisada a efectos de supervisión, es decir, la entidad se reclasifica de significativa a menos significativa, o viceversa; ii) se concede autorización a una nueva entidad supervisada, o iii) se revoca una autorización existente. Los cambios relacionados con períodos de devengo de tasas previos, que dieron lugar a nuevas decisiones del BCE sobre las tasas de supervisión, se cifraron en 0,3 millones de euros en 2018.

En el sitio web de supervisión bancaria del BCE puede encontrarse más información sobre las tasas de supervisión. Sus páginas se actualizan periódicamente y la información se publica en todas las lenguas oficiales de la UE.

6.3 Otros ingresos relacionados con las funciones de supervisión bancaria

El BCE tiene derecho a imponer sanciones administrativas a las entidades supervisadas cuando no cumplen las obligaciones establecidas en la regulación prudencial bancaria de la UE (incluidas las decisiones de supervisión del BCE). Los ingresos correspondientes no se tienen en cuenta en el cálculo de las tasas anuales de supervisión. De conformidad con el Reglamento de Tasas, ni las indemnizaciones que deban abonarse a terceros ni las sanciones administrativas que las entidades supervisadas han de pagar al BCE influyen en modo alguno en la tasa de supervisión. Las sanciones administrativas impuestas a las entidades supervisadas se registran como ingresos en la cuenta de pérdidas y ganancias del BCE. En 2018, los ingresos por sanciones impuestas a las entidades supervisadas ascendieron a 6 millones de euros.

7 Instrumentos jurídicos adoptados por el BCE

A continuación se presentan los instrumentos jurídicos en materia de supervisión bancaria adoptados por el BCE en 2018 y publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea y/o en el sitio web del BCE. Se incluyen los instrumentos jurídicos adoptados en virtud del artículo 4, apartado 3, del Reglamento (UE) nº 1024/2013 y otros instrumentos jurídicos pertinentes.

7.1 Reglamentos del BCE

BCE/2018/26
Reglamento (UE) 2018/1845 del Banco Central Europeo, de 21 de noviembre de 2018, sobre el ejercicio de la facultad conferida en el artículo 178, apartado 2, letra d), del Reglamento (UE) nº 575/2013, de definir el umbral de importancia de las obligaciones crediticias en mora (DO L 299 de 26.11.2018, p. 55)

7.2 Instrumentos jurídicos del BCE distintos de los Reglamentos

BCE/2017/44
Recomendación del Banco Central Europeo, de 28 de diciembre de 2017, sobre las políticas de reparto de dividendos (DO C 8 de 11.1.2018, p. 1)

BCE/2018/6
Decisión (UE) 2018/228 del Banco Central Europeo, de 13 de febrero de 2018, por la que se modifica la Decisión (UE) 2017/936 por la que se designan jefes de unidades de trabajo que adopten decisiones delegadas de idoneidad (DO L 43 de 16.2.2018, p. 18)

BCE/2018/10
Decisión (UE) 2018/546 del Banco Central Europeo, de 15 de marzo de 2018, sobre la delegación de la facultad de adoptar decisiones de fondos propios (DO L 90 de 6.4.2018, p. 105)

BCE/2018/11
Decisión (UE) 2018/547 del Banco Central Europeo, de 27 de marzo de 2018, por la que se designan jefes de unidades de trabajo que adopten decisiones delegadas de fondos propios (DO L 90 de 6.4.2018, p. 110)

BCE/2018/12
Decisión (UE) 2018/667 del Banco Central Europeo, de 19 de abril de 2018, sobre el importe total de las tasas anuales de supervisión para 2018 (DO L 111 de 2.5.2018, p. 3)

8 El sector bancario europeo en cifras

Las estadísticas supervisoras se ampliaron considerablemente en 2018

Desde diciembre de 2016, el BCE publica estadísticas sobre la composición del balance, la rentabilidad, la solvencia y el riesgo de crédito de las entidades significativas en su sitio web de supervisión bancaria. Tras la introducción del último marco de presentación de información de la ABE y el cambio de enfoque de analistas y participantes del mercado, en 2018 se realizaron notables mejoras en la publicación de estas estadísticas, que ahora incluyen nuevos indicadores, como activos de nivel 1, de nivel 2 y de nivel 3, la exposición total frente a las Administraciones Públicas y parámetros de riesgo de crédito de modelos IRB. Estas estadísticas supervisoras sobre el sector bancario se divulgan trimestralmente e incluyen desgloses por país y según la clasificación de las entidades.

A continuación se presentan las estadísticas más importantes correspondientes al período analizado. Cabe señalar que la muestra de bancos utilizada en los distintos períodos de referencia varía, ya que la lista de entidades significativas suele cambiar a lo largo del año.

Durante los períodos de información más recientes, las ratios de capital se han mantenido, en promedio, estables

Durante los períodos de información más recientes, las ratios de capital se han mantenido, en promedio, estables (véase cuadro 11). La ratio de capital total se situó en el 17,83 % en el tercer trimestre de 2018, ligeramente por debajo del 17,97 % observado un año antes. En la ratio de CET1 se puede observar una evolución similar, mientras que la ratio de Tier 1 aumentó desde el 15,32 % registrado en el tercer trimestre de 2017 hasta el 15,40 % en el mismo trimestre de 2018. La ratio de apalancamiento se redujo levemente, tanto según su definición en el período transitorio (phase-in) como bajo el supuesto de estar plenamente implementada (fully loaded). La ratio de cobertura de liquidez se situó en el 140,93 % en el tercer trimestre de 2018, frente al 140,34 % observado un año antes.

Cuadro 11

Ratio de capital total y sus componentes, ratio de apalancamiento y ratio de cobertura de liquidez, por período de referencia

(porcentajes)

Fuente: BCE.
Notas: Entidades significativas al máximo nivel de consolidación para las que se dispone de información común sobre la adecuación del capital (COREP) y de información financiera (FINREP). Concretamente, había 114 entidades en el segundo y tercer trimestre de 2017, 111 en el cuarto trimestre de 2017 y 109 en el primer y segundo trimestre de 2018. El número de entidades por período de referencia refleja los cambios resultantes de las modificaciones que se introducen en la lista de entidades significativas tras las evaluaciones realizadas por la Supervisión Bancaria del BCE, generalmente cada año, y las fusiones y adquisiciones.

La calidad de los activos de las entidades de crédito siguió mejorando a lo largo de 2018

La calidad de los activos de las entidades de crédito ha mejorado, ya que la ratio de NPL ha ido disminuyendo de forma continuada, pasando del 5,15 % en el tercer trimestre de 2017 al 4,17 % en el mismo trimestre de 2018 (véase gráfico 13).

Gráfico 13

Calidad de los activos: préstamos y anticipos dudosos por período de referencia

Fuente: BCE.
Nota: Misma muestra que en el cuadro 11.

Los activos y pasivos totales de las entidades de crédito (véanse gráficos 14 y 15) reflejan los datos correspondientes a la muestra (cambiante) de entidades en momentos concretos. Teniendo esto en cuenta, las principales partidas del balance se han mantenido estables a lo largo del tiempo, aunque la composición del activo muestra una tendencia al alza de la partida «Préstamos y anticipos» y una tendencia a la baja de las partidas «Instrumentos de patrimonio» y «Derivados». Además, la composición del pasivo señala una trayectoria a la baja de la rúbrica «Derivados» y un ligero aumento de la partida «Depósitos».

Gráfico 14

Composición del activo por período de referencia

(mm de euros)

Gráfico 15

Composición del pasivo y del patrimonio neto por período de referencia

(mm de euros)

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Traducción efectuada por el Banco de España. En caso de discrepancia, prevalece la versión original en inglés.

La recepción de datos para elaborar este informe se cerró el 31 de diciembre de 2018.

Puede consultarse terminología específica en el glosario del MUS.

HTML ISBN 978-92-899-3603-3, ISSN 2443-5856, doi: 10.2866/043896, QB-BU-19-001-ES-Q

  1. Para más detalles, véase la encuesta sobre préstamos bancarios en la zona del euro.
  2. Las ratios de CET1 fully loaded se calculan utilizando las normas armonizadas sin aplicar ninguna de las provisiones transitorias especificadas en el RRC o en la DRC.
  3. Véase la presentación de los resultados finales de las pruebas de resistencia del MUS de 2018 (SSM-wide stress test 2018 – Final results).
  4. Para más información sobre los resultados, véanse la sección 1.1 de este informe y la publicación de la ABE de los resultados de las pruebas de resistencia a escala de la UE de 2018.
  5. Esta variación revierte un fuerte incremento de los ingresos por operaciones financieras registrado en el ejercicio anterior.
  6. Estas estadísticas se basan en información recopilada de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) nº 680/2014 de la Comisión, de 16 de abril de 2014, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en relación con la comunicación de información con fines de supervisión por parte de las entidades, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 191 de 28.6.2014, p. 1) y con el Reglamento (UE) 2015/534 del Banco Central Europeo, de 17 de marzo de 2015, sobre la presentación de información financiera con fines de supervisión (BCE/2015/13) (DO L 86 de 31.3.2015, p. 13).
  7. La dirección estratégica se refiere a la capacidad de la dirección de fijar un rumbo para alcanzar los objetivos a largo plazo de la entidad, y comprende aspectos tales como procesos eficientes y buen gobierno.
  8. En concreto, la relajación de los criterios de aprobación de préstamos, la oferta de nuevos productos o la penetración en nuevos segmentos, el aumento de las concentraciones y la adopción de un enfoque agresivo en la fijación del precio de los préstamos.
  9. Por ejemplo, riesgo operacional derivado de la digitalización, de las vulnerabilidades asociadas a la conducta y del impacto de la optimización de costes sobre las capacidades de las funciones de control u otras fuentes de riesgo relevantes procedentes de las decisiones estratégicas de la entidad de crédito.
  10. Para más detalles, véase Financial stability implications of IFRS 9, JERS, 2017.
  11. Estas recomendaciones entraron en vigor en julio de 2018.
  12. Para más detalles, véase el recuadro 1, titulado «Las pruebas de resistencia de 2018».
  13. La fecha de referencia para el análisis es el 15 de octubre de 2018.
  14. La versión revisada del capítulo sobre aspectos generales de la guía del BCE sobre modelos internos se publicó el 15 de noviembre de 2018, tras una consulta pública llevada a cabo entre marzo y mayo de 2018. Los capítulos restantes (sobre riesgo de crédito, de mercado y de contraparte) se encuentran en proceso de actualización, tras haber estado sometidos a consulta púbica entre septiembre y noviembre de 2018, y se publicarán en el primer semestre de 2019.
  15. Se ha compartido con las entidades una actualización provisional de esta visión general con el fin de proporcionarles un marco más amplio en el que considerar las primeras decisiones relacionadas con el TRIM que recibieron.
  16. Excluidas las cancelaciones de investigaciones in situ.
  17. Excluidas las decisiones de seguimiento sobre disposiciones complementarias.
  18. Reglamento (UE) nº 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito (DO L 287 de 29.10.2013, p. 63).
  19. En el estándar común sobre planificación de la supervisión se incorporaron modificaciones específicas relativas a los plazos de información para las ANC.
  20. Estas directrices son aplicables desde el 31 de marzo de 2017.
  21. Para más información, véase la sección 2.5.
  22. Para más información, véase la sección 4.1.5.
  23. Se pusieron en marcha PESF para Malta, Francia e Italia.
  24. Las secciones nacionales son las unidades organizativas del BCE responsables de la cooperación periódica y continua con las ANC.
  25. Este sistema, elaborado y actualizado periódicamente de forma conjunta por el BCE y las ANC, clasifica a las entidades menos significativas en entidades de alta, media y baja prioridad, en función de su nivel de riesgo intrínseco y de su posible impacto sobre el sistema financiero nacional de que se trate. Por lo tanto, el nivel y la intensidad de las actividades de supervisión y vigilancia son acordes con el nivel de prioridad asignado a la entidad.
  26. En las decisiones de autorización del BCE pueden incorporarse disposiciones complementarias destinadas a subsanar aspectos concretos identificados en una evaluación que sean motivo de preocupación para los supervisores. Dichas disposiciones pueden ser vinculantes o no vinculantes y estar dirigidas a la entidad, a uno de sus accionistas con participación significativa autorizado o, en el caso de las entidades menos significativas, a la ANC encargada de su supervisión directa.
  27. La guía dirigida a las ANC sobre requisitos de notificación para las entidades menos significativas especifica los requisitos y aspectos procedimentales para las notificaciones periódicas y ad hoc que las ANC remiten al BCE en relación con entidades menos significativas.
  28. Sistemas que abarcan entidades tanto significativas como menos significativas.
  29. Para más información, véase el Informe Anual sobre las actividades de supervisión del BCE de 2015.
  30. Las entidades de importancia sistémica mundial identificadas son BNP Paribas (FR), Groupe Crédit Agricole (FR), Deutsche Bank (DE), ING Bank (NL), Banco Santander (ES), Société Générale (FR), UniCredit Group (IT) y Groupe BPCE (FR).
  31. Para más información, véase Macroprudential Bulletin, número 3, BCE, junio de 2017.
  32. La JUR también puede determinar un FOLTF, pero únicamente después de informar al BCE de su intención y solo si el BCE no ha llevado a cabo tal evaluación en un plazo de tres días naturales a partir de la recepción de dicha información.
  33. Con arreglo al artículo 113, apartado 1, punto 4, de la Ley de Entidades de Crédito de Letonia.
  34. Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativa a los sistemas de garantía de depósitos (DO L 173 de 12.6.2014, p. 149).
  35. Según lo previsto en el artículo 2, apartado 1, párrafo 8, letra a) de la Directiva, se entiende que un depósito no está disponible si las autoridades administrativas competentes han determinado que, en su opinión, la entidad de crédito de que se trate se encuentra de momento, por razones directamente relacionadas con su situación financiera, en la imposibilidad de restituir los depósitos y la entidad no parece tener perspectivas de poder hacerlo en ese momento.
  36. Véase nota de prensa de la CSSF, 9 de marzo de 2018.
  37. «El BCE ordena al supervisor nacional que imponga una moratoria a ABLV Bank», nota de prensa del BCE, 19 de febrero de 2018.
  38. «The Single Resolution Board does not take resolution action in relation to ABLV Bank, AS and its subsidiary ABLV Bank Luxembourg S.A.», nota de prensa de la JUR, 24 de febrero de 2018.
  39. «El BCE determinó que ABLV Bank era inviable o existía la probabilidad de que lo fuera a ser», nota de prensa del BCE, 24 de febrero de 2018.
  40. «FCMC adopts decision on unavailability of deposits at ABLV Bank AS», nota de prensa de la FCMC letona, 24 de febrero de 2018; «The CSSF determines the unavailability of deposits at ABLV Bank Luxembourg S.A.», nota de prensa de la CSSF/Fonds de garantie des dépôts Luxembourg, 25 de febrero de 2018.
  41. «Letter to Mr Sven Giegold, MEP», 3 de mayo de 2018; «Letter to the President of the German Bundestag», 11 de julio de 2018.
  42. Reglamento (UE) nº 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito (DO L 287 de 29.10.2013, p. 63).
  43. Directiva (UE) 2018/843 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva (UE) 2015/849 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifican las Directivas 2009/138/CE y 2013/36/UE (DO L 156 de 19.6.2018, p. 43).
  44. Memorando de entendimiento entre la Junta Única de Resolución y el BCE en relación con la cooperación y el intercambio de información.
  45. Estos criterios se establecen en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento del MUS.
  46. La lista de las entidades significativas y menos significativas publicada en diciembre de 2018 refleja: i) las decisiones sobre significatividad notificadas a las entidades supervisadas antes del 14 de diciembre de 2018 y ii) otros cambios y hechos que han afectado a las estructuras de determinados grupos con fecha efectiva anterior al 1 de noviembre de 2018.
  47. Artículo 70 del Reglamento Marco del MUS.
  48. La caducidad de una autorización implica que, cuando así lo contemple la legislación nacional, la autorización deja de ser válida sin que sea necesaria una decisión formal al respecto; es un efecto jurídico que se produce cuando ocurre un factor desencadenante específico claramente definido, por ejemplo, la renuncia expresa a una licencia por parte de la entidad o el hecho de que la propia entidad deje de existir, por ejemplo, como consecuencia de una fusión con otra entidad.
  49. Incluido también un número muy limitado (15) de solicitudes relativas a un cargo adicional.
  50. Algunas decisiones se refieren a más de un procedimiento de autorización (por ejemplo, evaluaciones de idoneidad de varios miembros del órgano de administración de la misma entidad significativa o adquisiciones de participaciones significativas en distintas filiales mediante una sola operación). Algunos procedimientos de autorización, principalmente los relacionados con procedimientos de pasaporte comunitario y de caducidad de licencia, no requieren una decisión formal del BCE.
  51. Estos procedimientos se refieren a la evaluación de los miembros de los órganos de administración y supervisión que están sujetos al régimen de delegación aprobado en la Decisión (UE) 2017/935 del Banco Central Europeo, de 16 de noviembre de 2016, sobre la delegación de la facultad de adoptar decisiones de idoneidad y sobre la evaluación del cumplimiento de los requisitos de idoneidad (BCE/2016/42).
  52. En «gestión de riesgos y controles internos» se incluyen los mecanismos o procesos de los que deben disponer las entidades de crédito para identificar, gestionar y comunicar adecuadamente los riesgos a los que están o puedan estar expuestas. La «estructura organizativa» se refiere a la medida en que las entidades tienen líneas de responsabilidad bien definidas, transparentes y coherentes.
  53. Las entidades de crédito emplean procedimientos de registro contable para centralizar los riesgos incurridos en múltiples localizaciones en determinados núcleos de negociación y gestión de riesgos, con el fin de posibilitar la eficiencia de costes en la gestión de los mismos.
  54. Uno de los 29 Principios básicos para una supervisión bancaria eficaz del Comité de Basilea, el Principio 29 (Utilización abusiva de servicios financieros), no formó parte del ejercicio, ya que el BCE carece de competencias en materia de prevención del blanqueo de capitales. En conjunto, los 28 principios básicos analizados engloban 216 criterios esenciales y 17 criterios adicionales.
  55. El PESF nacional de Bélgica se concluyó antes que el PESF de la zona del euro. Incluía recomendaciones que también afectan al MUS, en particular en el contexto de la supervisión de los conglomerados financieros, la supervisión de los modelos internos, la clasificación de los préstamos y sus provisiones, así como la necesidad de una transición cauta hacia la unión bancaria.
  56. Dictamen del Banco Central Europeo, de 22 de agosto de 2018, sobre la revisión del tratamiento prudencial de las empresas de servicios inversión (CON/2018/36); Dictamen del Banco Central Europeo, de 22 de agosto de 2018, acerca de una propuesta de directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la emisión de bonos garantizados y la supervisión pública de los bonos garantizados, y por la que se modifican la Directiva 2009/65/CE y la Directiva 2014/59/UE, y una propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 575/2013 en lo que respecta a las exposiciones en forma de bonos garantizados (CON/2018/37); Dictamen del Banco Central Europeo, de 12 de julio de 2018, sobre una propuesta de reglamento relativo a la cobertura mínima de pérdidas derivadas de exposiciones dudosas (CON/2018/32); Dictamen del Banco Central Europeo, de 7 de diciembre de 2018, sobre una propuesta modificada de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican el Reglamento (UE) nº 1093/2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), y otros actos jurídicos conexos (CON/2018/55).
  57. Dictamen de la Autoridad Bancaria Europea sobre la preparación para la retirada del Reino Unido de la Unión Europea, ABE, 25 de junio de 2018.
  58. Véase el apartado Model valuation del sitio web de la ABE.
  59. Artículo 16 del Reglamento (UE) nº 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), se modifica la Decisión nº 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/78/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 12).
  60. ECB compliance with EBA guidelines and recommendations, sitio web de supervisión bancaria del BCE.
  61. Conforme al artículo 6.7 del Reglamento Interno del Consejo de Supervisión, las decisiones pueden adoptarse también por procedimiento escrito, salvo que se opongan al menos tres miembros del Consejo de Supervisión con derecho de voto, en cuyo caso, el asunto se incluirá en el orden del día de la siguiente reunión del Consejo de Supervisión. Normalmente, el procedimiento escrito requerirá que se concedan al menos cinco días hábiles a los miembros del Consejo de Supervisión para examinar el asunto.
  62. El Comité Administrativo de Revisión se compone de cinco miembros: Jean-Paul Redouin (presidente), Concetta Brescia Morra (vicepresidenta), Javier Arístegui, André Camilleri y Edgar Meister, y dos suplentes: René Smits e Ivan Šramko.
  63. Áreas operativas del BCE que dan soporte a las actividades de supervisión.
  64. Véase la definición de misiones con equipos transfronterizos y mixtos en la sección 1.6.
  65. Los contratos ESCB/IO (Sistema Europeo de Bancos Centrales y Organizaciones Internacionales, por sus siglas en inglés) son contratos de trabajo de corta duración en el BCE que están abiertos exclusivamente a personal de los 28 bancos centrales del SEBC, las autoridades nacionales competentes, instituciones y agencias públicas europeas y organizaciones internacionales de derecho público (como el FMI, el Banco de Pagos Internacionales y el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo).
  66. La Decisión BCE/2014/39 contiene asimismo disposiciones relacionadas con aspectos organizativos.
  67. FINREP (marco de información financiera) y COREP (marco de información común) forman parte de las normas técnicas de ejecución (NTE) de la ABE y se incluyen en el Reglamento de Ejecución (UE) nº 680/2014 de la Comisión, de 16 de abril de 2014, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en relación con la comunicación de información con fines de supervisión por parte de las entidades, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. FINREP es el marco para la recogida de información financiera de las entidades bancarias y la presentación de sus cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias y anexos detallados) en un formato normalizado. COREP es el marco para la recogida, también en un formato normalizado, de información relativa al cálculo del Pilar 1, es decir, datos sobre fondos propios, deducciones y requerimientos de capital (riesgo de crédito, de mercado y operacional), así como sobre grandes exposiciones.
  68. Artículo 140, apartado 4, del Reglamento Marco del MUS.
  69. El «enfoque secuencial» es el marco para la transmisión de información supervisora de las entidades a las ANC, de las ANC al BCE y del BCE a la ABE.
  70. RIAD es un conjunto de datos compartido que utiliza una plataforma compartida por todo el SEBC y el MUS. Se ha diseñado para almacenar datos de referencia sobre entidades jurídicas y otras unidades institucionales (estadísticas) (fundamentalmente, sucursales) y las relaciones entre ellas.
  71. El fundamento jurídico es el Reglamento (CE) nº 2533/98 del Consejo, sobre la obtención de información estadística por el Banco Central Europeo, modificado por el Reglamento (CE) nº 951/2009 del Consejo y por el Reglamento (UE) nº 2015/373 del Consejo.
  72. El fundamento jurídico es el Reglamento (UE) nº 2016/867 sobre la recopilación de datos granulares de crédito y de riesgo crediticio (BCE/2016/13) y la Orientación BCE/2017/38.
  73. El fundamento jurídico es el Reglamento (UE) nº 1333/2014 del BCE de 26 de noviembre de 2014 (BCE/2014/48), modificado por el Reglamento (UE) nº 1599/2015 del BCE de 10 de septiembre de 2015 (BCE/2015/30).
  74. De conformidad con el artículo 29 del Reglamento del MUS.
  75. Estos servicios incluyen equipamiento y mantenimiento, gestión de recursos humanos, servicios administrativos, presupuesto y control, contabilidad, servicios jurídicos, comunicación y servicios de traducción, auditoría interna, estadística y sistemas de información.
  76. Decisión (UE) 2018/667 del Banco Central Europeo, de 19 de abril de 2018, sobre el importe total de las tasas anuales de supervisión para 2018 (BCE/2018/12).
  77. Artículo 9 del Reglamento (UE) nº 1163/2014 del Banco Central Europeo, de 22 de octubre de 2014, sobre las tasas de supervisión (BCE/2014/41).
  78. Para las entidades significativas de menor tamaño cuyos activos totales sean inferiores a 10 mm de euros, el componente mínimo de la tasa se divide por la mitad.
Denuncia de infracciones